"No salí del país ni realicé compras por Internet, y el SRI me está cobrando ISD", dice contribuyente
El SRI está realizando controles por pagos pendientes del ISD de 2022 y 2023. Los contribuyentes tienen hasta el 30 de junio para cancelar. ¿Qué debe hacer si no está de acuerdo con el cobro?

Una funcionaria del SRI ofrece información tributaria a una persona, durante una brigada móvil de la entidad en la parroquia de Chillogallo, en Quito, el 2 de junio. Imagen referencial.
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El 22 de mayo de 2025, muchos contribuyentes fueron sorprendidos con la notificación del Servicio de Rentas Internas (SRI), vía correo electrónico, de que tenían pagos pendientes de Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) por consumos con tarjetas de crédito o débito en el exterior o compras realizadas en páginas internacionales de comercio electrónico, en los años 2022 y 2023.
Según la Resolución NAC-DGERCGC25-00000009, publicada en el Registro Oficial un día antes, el 21 de mayo, los contribuyentes tienen plazo hasta el 30 de junio de 2025 para pagar de forma acumulada los montos de ISD no declaradores de los años 2022, 2023 y 2024. Por lo pronto, la entidad está realizando controles de 2022 y 2023, mediante notificaciones personalizadas.
Algunos usuarios consultados por PRIMICIAS no reconocen o tienen dudas sobre los montos de consumos en el exterior que, de acuerdo a la notificación del SRI, hicieron en esos años.
Uno de ellos es Sebastián, a quien el SRI le informó que durante 2022 y 2023 superó los consumos o retiros exentos de ISD, por lo que "mantiene valores pendientes de pago". En esos años, el monto exento del impuesto fue de USD 5.109,79.
Para 2022, la tarifa de ISD, que se genera sobre cada transacción, comenzó en 4,75% y en el último trimestre del año llegó a 4%. En 2023, arrancó en 4% y bajó a 3,50% a partir de julio. Actualmente, la tarifa de ISD para personas y empresas es de 5%.
Según la Administración tributaria, Sebastián realizó gastos con tarjetas de crédito o débito en el exterior por USD 5.724,06 en 2022, superando el monto exento del impuesto en USD 614,27. Eso implica que debía pagar USD 24,59 de ISD, monto que no fue retenido por ninguna entidad financiera ni cancelado directamente por él.
"Durante ese año, ni siquiera salí del país ni hice compras por Internet. Es imposible que haya gastado más de USD 5.000. El único gasto que tuve fuera del país es un seguro internacional por el que pago USD 70 al mes (USD 840 anual) con la tarjeta", asegura Sebastián.
Adicionalmente, el SRI asegura que, en 2023, este mismo contribuyente registró consumos por USD 10.113,53, por lo que debía cancelar de USD 175,05, de los cuales, solo pagó o le retuvieron USD 59. Es decir que aún adeuda USD 116,05. En total, el SRI le está cobrando a este contribuyente USD 140,64 por pagos de ISD pendientes de los años 2022 y 2023.
En ese año, además del seguro internacional, el contribuyente tuvo un viaje al exterior que le representó gastos por alrededor de USD 4.000 con la tarjeta de crédito. De todas formas, considera "exagerado" que registre consumos en el exterior por más de USD 10.000, durante 2025.
María José, otra contribuyente, también recibió un correo del SRI el 22 de mayo, en el que le indican que en 2023 tuvo consumos en el exterior por USD 6.965, por lo que al haber superado el monto exento de ISD, adeuda USD 64 al SRI, que tampoco le retuvieron en su momento. Si bien ese año, realizó un viaje a Europa con su esposo y su hija, María José no recuerda haber alcanzado ese monto en gastos.
Sin embargo, desconoce si por la compra de los pasajes, que realizó con la tarjeta de crédito en la página de una aerolínea europea desde Ecuador, le cobraron ISD.
¿Qué pueden hacer los contribuyentes?
El SRI explicó a PRIMICIAS que los valores de ISD pendientes de pago, que se han notificado a los contribuyentes, son resultado de un cruce de información con entidades financieras. El proceso de control que realiza la Administración Tributaria corresponde a los años fiscales 2022 y 2023.
"Si un contribuyente no reconoce el impuesto pendiente de pago notificado, debe verificar sus estados de cuenta e identificar los consumos que han realizado desde o hacia el exterior", señaló la entidad. Además, recordó que los pagos efectuados a empresas como Amazon, Uber, Spotify, y similares, son considerados pagos al exterior.
"Una vez identificados todos los consumos por año, debe sumar estos valores y verificar que no sobrepasen el monto exento. Si los consumos o retiros anuales superaron el monto señalado, se genera un valor de ISD sobre cada transacción", detalló la Administración Tributaria.
Sin embargo, añadió el organismo de control, si después de revisar los estados de cuenta, el contribuyente considera que existen inconsistencias con los valores informados por la Administración Tributaria, puede acercase a las oficinas del SRI para revisar el detalle de sus consumos. Esto podrá realizarlo en el departamento de gestión tributaria.
El director general del SRI, Damián Larco, explicó el 22 de mayo, por medio de un comunicado del SRI, que muchas de las diferencias detectadas se deben a que los contribuyentes usan múltiples tarjetas de crédito o débito de diferentes entidades bancarias para realizar consumos en el exterior.
"Cuando se excede el límite con una entidad, esta aplica la retención correspondiente; sin embargo, los otros emisores no cuentan con esa información, por lo que no retienen el impuesto", señaló Larco. Es decir, si la persona supera el monto exento por consumos entre varias tarjetas, las entidades financieras no lo detectan porque no hay un cruce de información y no realizan la retención.
¿Cómo realizar el pago?
En caso de que efectivamente adeude pagos de ISD al Servicio de Rentas Internas (SRI), puede declarar el impuesto y cancelar el monto correspondiente siguiendo estos pasos:
- Ingrese al portal del SRI en línea, con su usuario y clave.
- Marque la opción 'Declaraciones' en el menú de la izquierda. Luego, 'Declaraciones de impuestos: Elaboración y envío de declaraciones'.
- Escoja la opción Formulario múltiple de pagos, código 4580, que le permitirá hacer los pagos de los años 2022 y 2023.
- Complete la información solicitada en el documento y envíe su declaración a través del sistema.
- Antes de pagar, verifique el valor del ISD que registre el sistema.
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