Viernes, 26 de abril de 2024

253.000 contratos laborales se han terminado desde el 1 de marzo

Autor:

Wilmer Torres

Actualizada:

16 Jul 2020 - 15:12

Según el último reporte del Ministerio del Trabajo, entre el 1 de marzo y el 12 de julio se registraron 252.998 contratos laborales terminados.

protesta

Autor: Wilmer Torres

Actualizada:

16 Jul 2020 - 15:12

Profesionales de salud, trabajadores de la Prefectura de Azuay, maestros y estudiantes protestaron en Cuenca, el 25 de mayo de 2020. - Foto: API

Según el último reporte del Ministerio del Trabajo, entre el 1 de marzo y el 12 de julio se registraron 252.998 contratos laborales terminados.

Ni la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario, que entró en vigencia el 22 de junio de 2020, evita que se pierdan las plazas de empleo por efectos económicos de la crisis y de la emergencia sanitaria.

En los primeros 21 días de vigencia de la norma, es decir, entre el 22 de junio y el 12 de julio, en el país se registraron 52.955 nuevas desvinculaciones.

"No se ha determinado ningún cambio en registro de las actas de finiquito", dice el Ministerio de Trabajo al ser consultado por PRIMICIAS respecto a un posible impacto positivo de la Ley Humanitaria.

En total, hubo 252.998 contratos terminados entre el 1 de marzo hasta el 12 de julio de 2020 por efectos de la pandemia, según el Ministerio de Trabajo.

La Ley Humanitaria contiene reformas laborales como la opción de los empleadores para finalizar un contrato laboral por caso fortuito o fuerza mayor, siempre y cuando se registre el cese total de la empresa.

En los primeros 21 días de vigencia de la norma, se registraron 2.872 despidos por fuerza mayor o caso fortuito. Hasta el momento, el Ministerio de Trabajo registra 21.010 contratos terminados por esa causal entre el 1 de marzo y el 12 de julio.

Según la ley, si un juez determina que hubo uso injustificado de la causal, el empleador tendrá que pagar una indemnización por despido intempestivo.

También hay 65.351 contratos finalizados por diferentes causas contractuales:

  • Por conclusión de la obra.
  • Por terminación del contrato dentro de la prueba.
  • Por causas legalmente previstas en el contrato.
  • Por desahucio.
  • Por muerte del trabajador.
  • Por muerte del empleador.
  • Por visto bueno.
  • Por terminación del contrato.
  • Por ser asumidos por otro empleador.

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