Sábado, 11 de mayo de 2024

Reforma tributaria de Daniel Noboa se publicó en el Registro Oficial y ya está vigente

Autor:

Evelyn Tapia

Actualizada:

20 Dic 2023 - 15:09

La reforma tributaria aprobada el 19 de diciembre de 2023 en la Asamblea Nacional ya fue publicada en el Registro Oficial el 20 de diciembre de 2023.

Comisión de Desarrollo de Asamblea analizando la reforma tributaria el 5 de diciembre de 2023.

Autor: Evelyn Tapia

Actualizada:

20 Dic 2023 - 15:09

Comisión de Desarrollo de Asamblea analizando la reforma tributaria el 5 de diciembre de 2023. - Foto: Cuenta X Comisión de Desarrollo Económico.

La reforma tributaria aprobada el 19 de diciembre de 2023 en la Asamblea Nacional ya fue publicada en el Registro Oficial el 20 de diciembre de 2023.

La reforma tributaria denominada Ley de Eficiencia Económica y Generación de Empleo, que fue aprobada el 19 de diciembre de 2023 en la Asamblea Nacional, fue publicada en el Registro Oficial la tarde del 20 de diciembre de 2023. Con esto, la ley ya entró en vigencia.

Con esta nueva ley se realizará una nueva amnistía o condonación de intereses, multas y recargos a los deudores del Servicio de Rentas Internas (SRI).

Así, los contribuyentes que paguen la totalidad de las deudas vencidas recibirán la condonación del 100% de los intereses, multas y recargos.

Para acceder a esta condonación tributaria, el contribuyente debe pagar el capital de su deuda en máximo 150 días contados desde el 20 de diciembre de 2023.

Además, la nueva ley incluye incentivos tributarios, como mayores deducciones de gastos para pagar menos Impuesto a la Renta, para las empresas que creen nuevas plazas de empleo.

Algunos de los incentivos son:

  • El contribuyente que genere incremento neto de plazas de trabajo para jóvenes de entre los 18 y 29 años, así como para las personas obligadas a pagar pensiones alimenticias, tendrá una deducción adicional de 50% respecto del gasto de salarios sobre los que se haya aportado a la seguridad social.
  • La deducción adicional será del 75% si las nuevas plazas de trabajo son de jóvenes graduados o egresados de universidad públicas e institutos superiores técnicos, tecnológicos, pedagógicos, de artes y conservatorios superiores o de instituciones educativas públicas, municipales o fiscomisionales.
  • El contribuyente que reporte un incremento neto de plazas de trabajo para el sector de la construcción y la agricultura tendrá una deducción adicional de 75% respecto del gasto de sueldos sobre los que se haya aportado a la seguridad social.
  • La empresa que genere incremento neto de plazas de trabajo para personas que hayan cumplido con una pena privativa de la libertad superior a un año tendrán una deducción adicional del 75% respecto del gasto de sueldos sobre los que se haya aportado a la seguridad social.