Sábado, 20 de abril de 2024

El comiso sin sentencia, otro caso de 'pirotecnia' que nace de la Asamblea

Autor:

Adriana Noboa

Actualizada:

26 Sep 2019 - 0:49

El comiso sin sentencia fue creado con las reformas penales aprobadas por la Asamblea, la figura espera el veto del Ejecutivo.

Autor: Adriana Noboa

Actualizada:

26 Sep 2019 - 0:49

El comiso sin sentencia fue creado con las reformas penales aprobadas por la Asamblea, la figura espera el veto del Ejecutivo. - Foto: Primicias

El comiso penal implica que los procesados pierden la propiedad de los bienes envueltos en un caso judicial y pasan a manos del Estado. Pero, en el legislativo nadie contempló qué sucederá con esas propiedades y bienes si, al final, el acusado es declarado inocente.

El debate sobre las reformas penales continúa, pero fuera del Legislativo. Una de las discusiones más acaloradas es sobre la aplicación de nueva figura del comiso sin sentencia y su verdadero alcance.

El artículo 69,1 -que el Legislativo agregó al Código Integral Penal (COIP)- establece en qué delitos y bajo qué condiciones un juez podrá ordenar el comiso de los bienes, fondos y activos sin que exista una sentencia judicial en firme.

Sin embargo, como está redactado el texto, esta figura no podrá ser aplicada en los casos de cohecho, concusión, peculado, enriquecimiento ilícito, delincuencia organizada y testaferrismo. Para esos delitos solo se permite el comiso con una sentencia previa.

Pero, además, los asambleístas dejaron a medias la nueva norma penal: no establecieron el proceso que tendría que seguir el Estado para devolver esos bienes en caso de que procesado sea declarado inocente.

En el siguiente vídeo, PRIMICIAS explica cómo funcionará esta nueva figura si es que es ratificada por el presidente de la República y sus problemas:

El artículo 69 del COIP, que está vigente, tiene que ver con las penas restrictivas de los derechos de propiedad. El comiso es una pena, no una medida cautelar, como sí lo es la incautación.

Por eso, el debate coyuntural sobre el comiso sin sentencia está atado a la figura de la incautación. El proyecto de reformas planteaba modificarla para especificar que los bienes y valores incautados por delitos trata de personas, tráfico ilícito de migrantes, peculado, enriquecimiento ilícito, cohecho, concusión, enriquecimiento privado no justificado y testaferrismo también pasen a administración estatal.

Esto implicaba que la administración podía determinar la subasta de dichos bienes antes de que exista una sentencia definitiva. Pero esa reforma fue rechazada.

El Ejecutivo anunció que revisará el proyecto de reformas, especialmente en lo que respecta a estos dos temas, antes de devolverlo a la Asamblea Nacional.

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