Sábado, 20 de abril de 2024

El CNE deberá pronunciarse sobre el pedido de consulta de los Yasunidos

Autor:

Estefanía Celi

Actualizada:

26 Sep 2019 - 16:44

Autor: Estefanía Celi

Actualizada:

26 Sep 2019 - 16:44

Mujeres del colectivo Yasunidos se tomaron la entrada del CNE, en agosto del 2019. - Foto: Yasunidos

Lo dispuso el Tribunal Contencioso Electoral (TCE). El colectivo tiene a su favor la opinión del Consejo de Participación Transitorio que determinó que sus derechos fueron vulnerados por el organismo electoral cuando negó su petición de consulta.

El Consejo Nacional Electoral (CNE) ya no podrá dar más largas. El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) emitió una sentencia en la que determina que el organismo deberá dar una respuesta frente a las peticiones del colectivo Yasunidos.

Los ambientalistas buscan retomar su pedido de consulta popular para frenar la explotación petrolera en los bloques 31 e ITT, en la Amazonía ecuatoriana.

Los Yasunidos exigen una respuesta del CNE desde marzo de 2019. Ese mes, el Consejo de Participación Ciudadana Transitorio aprobó un informe de investigación, en el que determinó que el Consejo violó los derechos de participación de quienes firmaron en respaldo a la consulta popular.

En ese documento, “exhortó” a los miembros del organismo electoral “para que se repare los derechos de participación de los ciudadanos” que firmaron por la consulta.

Yasunidos solicitó un pronunciamiento del CNE por escrito en tres ocasiones. En agosto, miembros del colectivo ingresaron a las instalaciones de la institución y se “tomaron” la entrada.

Tras dos días, la medida se suspendió con una respuesta por escrito de la directora jurídica del CNE. En ella señala que el CNE no es una autoridad de la administración de justicia, por lo que no puede determinar reparaciones.

La sentencia del TCE, de fecha 16 de septiembre de 2019, dice que ese escrito de la Dirección Jurídica no es una respuesta a la petición de Yasunidos. Además, señala que el CNE ha “vulnerado su derecho a dirigir peticiones a las autoridades y a obtener de los destinatarios respuestas oportunas, motivadas y pertinentes”.

El TCE también dispone al Pleno del CNE que cumpla con la normativa y dé una respuesta ante la petición de Yasunidos.

De acuerdo con la normativa aplicable en 2014, de aprobarse el número de firmas necesario, el CNE debía remitir la pregunta a la Corte Constitucional. Con su dictamen favorable, se puede hacer la convocatoria a consulta popular.

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