La entidad de control insiste que el incendio, ocurrido durante el paro nacional de octubre, fue resultado de un ataque organizado por grupos violentos.
La Contraloría apeló la decisión de la jueza, Ana Guerrón, de declarar parcialmente nulo el proceso penal que se lleva adelante por el incendio provocado en el edificio del organismo de control, ocurrido el 12 de octubre de 2019.
En eso caso, la Contraloría actúa como acusador particular.
El pasado lunes, la jueza declaró nulo todo lo actuado en el caso después del 5 de diciembre. ¿El argumento? La falta de una pericia antropológica para los acusados que forman parte de los pueblos y nacionalidades indígenas.
En un comunicado, la Contraloría aseguró que el incendio fue resultado de un ataque organizado por grupos violentos, que incursionaron en el edificio para destruir la memoria documental de la institución sobre auditorías en curso, romper la cadena secuencial del proceso de control y determinación de responsabilidades.
La agresión, añade la entidad, se concentró en áreas sustanciales para el cumplimiento de la misión institucional, evidenciando el intento de sabotear la actuación del organismo.
La Contraloría realizará todas las acciones legales necesarias para esclarecer los hechos y que se sancione a los culpables materiales e intelectuales, respetando la independencia judicial y el debido proceso.
Comunicado
El caso
En el proceso, en el que se investiga un concurso ideal de sabotaje, toma de instalaciones públicas y destrucción de registros, hay 27 investigados.
Hasta ahora, la Fiscalía ha dicho que cuenta con informes de pericias de audio, video y afines realizados por el Departamento de Criminalística de la Policía Nacional, en relación a los videos obtenidos en diferentes cámaras.
Además, está el análisis químico del contenido de varias botellas (bombas tipo molotov) que se encontraron como evidencias en poder de los ahora procesados, el cual dio positivo para un derivado de hidrocarburo.
También constan las versiones de los procesados, de los guardias de seguridad y de los agentes aprehensores.
Según el artículo 21 del COIP, el concurso ideal de infracciones procede cuando varios tipos penales son subsumibles a la misma conducta y se aplicará la pena de la infracción más grave
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