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Política

Revolución Ciudadana quiere introducir reforma para 'tumbar' sentencia de Correa

El 15 de febrero de 2024, la Asamblea debatirá un nuevo paquete de reformas al Código Integral Penal (COIP). El correísmo incluyó un cambio polémico de última hora.

Rafael Correa en una entrevista con la AFP en el barrio Coyaocán de la Ciudad de México el 13 de abril de 2021

Rafael Correa en una entrevista con la AFP en el barrio Coyaocán de la Ciudad de México el 13 de abril de 2021

AFP

Autor:

Mario Alexis González

Actualizada:

14 feb 2024 - 17:27

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La iniciativa legal por la que votará el 15 de febrero de 2024 la Asamblea nació de la unificación de 38 proyectos de reforma al Código Orgánico Integral Penal (COIP), lleva más de tres años en trámite y tiene 87 artículos.

Pero en ese largo trámite y a días del debate final, el correísmo pidió la inclusión de un polémico cambio.

El 19 de enero de 2024, mientras la Comisión de Justicia elaboraba el informe para el segundo debate, José Agualsaca, asambleísta por la Revolución Ciudadana (RC), presentó dos observaciones para que sean incluidas en el texto final de la reforma.

Agualsaca planteó un texto alternativo para el artículo 658 del COIP, que habla sobre la procedencia de un recurso para revisar una sentencia. Y también sobre una disposición general sobre la forma de aplicar este artículo.

Ambas sugerencias fueron aprobadas por unanimidad en la Comisión de Justicia e incluidas en el texto para segundo debate. El Pleno votará por ratificarlas o desecharlas y, además, el presidente Daniel Noboa podría cambiar ese texto a través de un veto.

  • El Código Integral Penal va para su decimosexta reforma

Dos cambios polémicos

Según el COIP, un recurso de revisión puede ser presentado sin importar el tiempo que ha pasado desde que se dictó la sentencia, pero se debe cumplir -al menos- una de tres causales. Estas son:

  • Si se comprueba la existencia de la persona que se creía muerta.
  • Cuando existen, simultáneamente, dos sentencias condenatorias por una misma infracción contra diversas personas.
  • Si la sentencia se generó con base en documentos, testigos falsos o informes periciales maliciosos o errados.

Para comprobar una de las tres causales, el sentenciado debe presentar pruebas nuevas. Si estas pruebas son acogidas, el tribunal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) puede ratificar la inocencia de una persona sin importar si ya cumplió su sentencia.

Pero en el nuevo paquete de reformas, con base en la propuesta del correísmo, la Asamblea podría incluir dos nuevas causales para que proceda un recurso de revisión:

  • Si se comprueba que los hechos que fundamentaron la sentencia fueron establecidos mediante vicios de procedimiento o violaciones al debido proceso.
  • Cuando la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) o comités de derechos humanos de las Naciones Unidas identifiquen violaciones a los derechos humanos o errores en el debido proceso en las sentencias.

Además, se establece que para estas nuevas causales no se necesita que el sentenciado presente pruebas nuevas. Ya que, en la disposición general propuesta por Agualsaca se indica que la Corte Nacional debería actuar "de oficio y sin demora" en la revisión del fallo.

El penalista Pablo Encalada explicó que el cambio propuesto, respecto a la CorteIDH, no tiene sentido, ya que actualmente las decisiones de ese organismo ya son de obligatorio cumplimiento para Ecuador.

Lo realmente preocupante -para Encalada- es que se quiera incluir al Comité de Derechos Humanos de la ONU, ya que este organismo no tiene el mismo valor que una corte internacional.

A través de un comunicado oficial, la Fiscalía también señaló que no se puede equiparar a la CorteIDH con comités internacionales y que se pretende "irrespetar la institución de cosa juzgada".

¿Un recurso a la medida de Correa?

Bancadas legislativas como las de Construye y el Partido Social Cristiano (PSC) y varios abogados han alertado sobre los riesgos de que se aprueba esta reforma al recurso de revisión. Ya que, se estaría allanando el camino para favorecer al expresidente Rafael Correa.

El exmandatario tiene una sentencia de ocho años de cárcel por el caso Sobornos. Es prófugo de la justicia y está impedido de volver a ser candidato o funcionario público para toda su vida.

Pero, desde que ese proceso empezó, Correa ha hablado reiterativamente de violaciones al debido proceso y a sus derechos humanos. También ha manifestado su intención de acudir a instancias internacionales, lo que ha sido ratificado por sus coidearios.

A inicios de 2021, durante la campaña presidencial, Andrés Arauz señaló que si llegaba a ser presidente no indultaría a Correa. La intención era que la sentencia sea revisada, tras los pronunciamientos de organismos como la CorteIDH o el Comité de Derechos Humanos de la ONU.

Además, en diciembre de 2022, tras la concesión del asilo a favor de María de los Ángeles Duarte -también sentenciada en el caso Sobornos- por parte de Argentina, Paola Pabón, prefecta de Pichincha y una de las principales dirigentes del correísmo, dio detalles de lo que se venía.

La funcionaria dijo en una entrevista con radio Sonorama que el asilo "da cuenta de que hay un reconocimiento internacional de que esos procesos fueron al margen de la ley y no han cumplido el debido proceso".

Por esta razón, Pabón anunció que presentarán el caso Sobornos ante la Organización de Naciones Unidas (ONU) buscando una declaratoria de violación de los derechos de los sentenciados.

Según Pabón, es el mismo camino que tomó Luiz Inácio Lula Da Silva, presidente de Brasil, para que se anulen las sentencias por corrupción en su contra y puedan volver al poder.

  • #Rafael Correa
  • #corrupción
  • #correísmo
  • #recurso de revisión

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