Viernes, 03 de mayo de 2024

Corte declara inconstitucional decreto sobre consulta ambiental en Ecuador

Autor:

Redacción Primicias

Actualizada:

17 Nov 2023 - 19:27

La Corte echó abajo el Decreto Ejecutivo 754, que daba paso al proceso de consulta ambiental para proyectos de extracción y del sector productivo.

Jueces de la Corte Constitucional en una reunión en noviembre 2023

Autor: Redacción Primicias

Actualizada:

17 Nov 2023 - 19:27

Jueces de la Corte Constitucional en una reunión en noviembre 2023 - Foto: Corte Constitucional

La Corte echó abajo el Decreto Ejecutivo 754, que daba paso al proceso de consulta ambiental para proyectos de extracción y del sector productivo.

La Corte Constitucional declaró inconstitucional el Decreto Ejecutivo 754, que permitía realizar la consulta ambiental, necesaria para que el Gobierno otorgue licencias a proyectos de extracción de recursos naturales, como minas, pero también a proyectos del sector productivo con impacto ambiental.

Este nuevo dictamen de la Corte Constitucional fue emitido el 17 de noviembre de 2023, tras cinco meses desde que la Confederación de Nacionalidades Indígenas de Ecuador (Conaie) presentó la demanda de inconstitucionalidad del decreto.

¿Por qué se echa abajo el decreto?

El decreto 754, emitido por Guillermo Lasso el 31 de mayo de 2023, reformó el reglamento al Código Orgánico de Ambiente, para así establecer los parámetros de aplicación de la consulta ambiental.

Pero el 13 de junio de 2023, cuando ya habían comenzado varios procesos de consulta ambiental, la Conaie presentó la demanda de inconstitucionalidad del decreto.

El líder del movimiento indígena, Leonidas Iza, dijo en ese momento que "toda minería es ilegal" e insistió en que no permitirán que empresas mineras transnacionales operen en Ecuador.

De ahí que, mientras los jueces tomaban una decisión, la Corte Constitucional dispuso el 1 de agosto de 2023 que se suspenda temporalmente todo proceso de consulta ambiental.

Y, finalmente, la Corte se pronunció este 17 de noviembre y dictaminó que el decreto es inconstitucional, por su forma.

En el dictamen, la Corte estableció que el decreto es inconstitucional por transgredir el principio de reserva de ley, consagrado en los artículos 132, 133 y 138 de la Constitución.

La Corte, además, reconoció que la participación ciudadana, los sujetos consultantes, los sujetos consultados; así como los plazos, los criterios de valoración y los criterios de objeción de la consulta ambiental deben ser regulados a través de una ley orgánica.

¿Cuáles son las implicaciones de la decisión?

No fue una decisión que se tomara por unanimidad en la Corte. Los jueces Carmen Corral, Teresa Nuques y Enrique Herrería salvaron sus votos. Mientras, Jhoel Escudero y Alí Lozada presentaron votos concurrentes.

En la sentencia, la Corte dio efectos diferidos en el tiempo a la declaratoria de inconstitucionalidad, hasta que la nueva Asamblea Nacional emita una ley que regule el ejercicio del derecho a la consulta ambiental.

Lo anterior implica que la consulta ambiental conforme el decreto 754 puede seguir ejecutándose, hasta que se emita una ley que regule este proceso.

No obstante, la Corte determinó que para la aplicación del decreto el Estado tendrá que observar los estándares desarrollados por la Corte Constitucional sobre la consulta ambiental, y los lineamientos establecidos en su sentencia.

El organismo determinó, entre otras cosas, que:

  • La consulta ambiental no podrá efectuarse a comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, pues a ellos le corresponde una consulta previa, libre e informada.
  • Los registros y licencias ambientales deberán estar condicionados al cumplimiento de la consulta ambiental o al cumplimiento de la consulta previa.
  • Se respetarán las características propias de la consulta ambiental.
  • El Estado es quien tiene que realizar los procesos de consulta ambiental, pues dicha prerrogativa es indelegable a los operadores de los proyectos, obras o actividades a realizar.

¿Qué proyectos requieren consulta ambiental?

La suspensión temporal del decreto 754, que estableció en agosto la Corte Constitucional, retrasó la ejecución de tres proyectos mineros que requieren la consulta ambiental:

  • La mina La Plata, en Palo Quemado, Sigchos, en la provincia de Cotopaxi.
  • Y la mina Curipamba-El Domo, en Las Naves, en la provincia de Bolívar.
  • La planta de beneficio para metales, Bactech Bioambiental, en Tenguel, Guayas.

Pero también paralizó la construcción de otras 176 obras, del sector público y privado, que suman unos USD 2.000 millones, dijo en agosto pasado el Gobierno.