Domingo, 28 de abril de 2024

Defensa fija nueve requisitos para que los civiles porten armas

Autor:

Mario Alexis González

Actualizada:

14 Abr 2023 - 11:52

Tras 15 días desde la emisión del Decreto Ejecutivo No. 707, con el que el presidente Guillermo Lasso dio paso al porte de armas para civiles y su uso en defensa propia contra la delincuencia. El Ministerio de Defensa emitió el Acuerdo Ministerial que ejecuta los cambios.

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Autor: Mario Alexis González

Actualizada:

14 Abr 2023 - 11:52

Rueda de prensa de Luis Lara, ministro de Defensam sobre el acuerdo ministerial para el porte y tenencia de armas. Quito 14 de abril del 2023. - Foto: API

Tras 15 días desde la emisión del Decreto Ejecutivo No. 707, con el que el presidente Guillermo Lasso dio paso al porte de armas para civiles y su uso en defensa propia contra la delincuencia. El Ministerio de Defensa emitió el Acuerdo Ministerial que ejecuta los cambios.

Luis Lara, ministro de Defensa, comunicó los detalles del documento, que se espere que se publique y entre en vigencia la tarde del 14 de abril de 2023.

Los requisitos para obtener el permiso para el porte de armas para personas naturales son:

  • Ser mayor de 25 años.
  • Solicitud que justifique el requerimiento del permiso.
  • Factura o contrato de compraventa del arma.
  • Certificado biométrico que lo emitirá la Policía.
  • Certificado actualizado de antecedentes penales.
  • Certificado de no tener denuncias o procesos por violencia intrafamiliar.
  • Certificado psicólogo
  • Certificado toxicológico
  • Certificado de destreza en el manejo del arma.

Sobre la factura o contrato de compraventa, Defensa aclaró que esto no significa que la persona ya va a tener el arma antes del permiso, sino que es un documento comercial, que certifica que el solicitante está comprando un arma. Sin embargo, la entrega será solo cuando ya haya sido emitido el permiso.

En cuanto a los certificados psicológicos y toxicológicos, Dávila explicó que estos documentos deben ser validados por casas de la Red Pública de Salud, es decir, del Ministerio de Salud y del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS)

Además, el ministro Lara aclaró que se mantiene la prohibición para portar armas de fuego en casas de salud, públicas y privadas. Así como en instituciones educativas, deportivas y dependencias públicas.

Reglas para las empresas

Otro de los aspectos que forman parte del nuevo Acuerdo Ministerial tiene que ver con los permisos para fabricantes, importadores, comerciantes y consumidores de armas. Todos deberán acreditarse ante las Fuerzas Armadas antes de incursionar en este mercado.

Manuel Dávila, director de Control de Armas de las Fuerzas Armadas, explicó que Ecuador, al ser parte de varias convenciones internacionales, tiene la obligación de determinar la trazabilidad de las armas y explosivos de Ecuador.

Por esta razón, solo se podrá comprar armas directamente de las fábricas y se eliminan los intermediarios.

Otro cambio es que los permisos ya no tendrán un límite territorial o provincial. Ahora la justificación del porte de armas es nacional. Por lo que más personas que ya lo tienen pueden acercarse a las dependencias militares a cambiar.

Gas pimienta

Se ha considerado, en la normativa, la tenencia y porte de armas letales y no letales. Por lo que hay requisitos diferenciados para cada grupo. Esto está especificado en el documento

Finalmente, las autoridades comunicaron que partir de la publicación del Acuerdo Ministerial, todas las personas naturales y jurídicas que compren o comercialicen gas pimienta deben cumplir con los requisitos de esta norma.

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