Viernes, 26 de abril de 2024

El país da los primeros pasos para reducir el desperdicio de alimentos

Autor:

Jonathan Machado

Actualizada:

3 May 2022 - 0:05

En Ecuador se desperdician unas 939.000 toneladas de alimentos al año, lo que equivale a USD 334 millones, según el último informe de la FAO.

Pandemia comida

Autor: Jonathan Machado

Actualizada:

3 May 2022 - 0:05

Dos voluntarias del Banco de Alimentos preparan los kits de comida, el 29 de octubre de 2020. - Foto: API

En Ecuador se desperdician unas 939.000 toneladas de alimentos al año, lo que equivale a USD 334 millones, según el último informe de la FAO.

La gran cantidad de alimentos que se desperdician cada año en el país llevó a que la Asamblea Nacional apruebe la Ley para reducir la pérdida y el desperdicio de perecibles, y así mitigar el hambre en personas vulnerables.

La norma se aprobó a finales de abril de 2022 y su objetivo principal es que todos los actores de la cadena productiva de alimentos implementen estrategias para evitar el desperdicio de comida.

En el país, según la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), se botan 939.999 toneladas de alimentos cada año.

Y la ley tiene como meta que los alimentos lleguen a las personas con dificultad para acceder a ellos.

Uno de los puntos más importantes de la ley establece que "toda persona natural o jurídica, nacional o extranjera, que se dedique a la producción, procesamiento, distribución, comercialización e importación de productos alimenticios aptos para el consumo estarán obligadas a no destruirlos".

Por ello, la norma señala que las empresas deberán donar los alimentos o productos que "hayan llegado al final de su comercialización, que estén próximos a expirar o expirados y que sean aptos para el consumo humano".

Para que los alimentos lleguen desde las empresas hasta las personas en situaciones de vulnerabilidad, se dispone un proceso logístico que incluye a tres actores:

  • Donantes: las empresas que entregan los alimentos o productos.
  • Organizaciones receptoras: entidades no gubernamentales sin fines de lucro, cuyo función es recolectar y distribuir los alimentos donados. Entre estas destacan los bancos de alimentos
  • Facilitadores: personas naturales o jurídicas que colaboran con equipamiento o infraestructura a las organizaciones receptoras para que alcancen sus objetivos. Por ejemplo, conductores de camiones que trasladan los alimentos.

Sanciones e incentivos

La ley establece tres tipos de sanciones, bajo este detalle:

  • Infracciones leves. Se sancionará con el 50% del salario básico cuando las organizaciones receptoras no:
    • Recuperen, recepten y acopien los alimentos donados.
    • Seleccionen, clasifiquen y almacenen los alimentos.
    • Distribuyan y entreguen los alimentos a las instituciones de ayuda social que atiendan a los beneficiarios.
    • Cuenten con datos, informes y no realicen la verificación y constatación de que la ayuda llegue a las personas en situación de vulnerabilidad alimentaria.
    • Publiquen en su página web institucional la información de los procesos de donación.
  • Faltas graves. Son infracciones graves las siguientes acciones y se aplicará una sanción de un salario básico cuando:
    • Se destruya la producción de alimentos aptos para el consumo humano por parte de los donantes.
    • Los receptores vendan los productos donados.
  • Infracciones muy graves. Se consideran infracciones cuando las organizaciones receptoras reincidan en la venta de los alimentos donados. La sanción será de dos salarios básicos.

Sin embargo, la ley también plantea incentivos para las empresas donantes y para los facilitadores. En el caso de los donantes, la ley dice que tendrán:

  • Reconocimiento público por parte del Estado con productos comunicacionales
    que fomenten la donación de alimentos.
  • Realización de ferias para promocionar de forma exclusiva sus productos,
    así como las actividades de responsabilidad social.
  • Programas de capacitación sobre agricultura sustentable y mejoramiento de la
    producción agrícola, así como para mejorar los procesos de producción,
    procesamiento, distribución, comercialización e importación de productos
    alimenticios.

Mientras que para los facilitadores habrá estos incentivos:

  • Los conductores profesionales tendrán beneficios para recuperar puntos en la licencia de conducir.
  • Las instituciones de educación superior tendrán un puntaje adicional para sus procesos de acreditación.

Además, la iniciativa legal dice que los gobiernos autónomos descentralizados "consideren la creación de incentivos tributarios para los tres actores de la cadena logística".

No todos están contentos 

El presidente de la Asociación Nacional de Fabricantes de Alimentos y Bebidas, Christian Wahli, es crítico con la ley.

Sostiene que "la norma prácticamente obliga a las empresas a que donen sus productos, sin hacer una distinción clara sobre los que se pueden y los que no".

Y se pregunta. "¿Qué pasa con productos como golosinas o bebidas azucaradas? Si las empresas donan esos productos, seguramente recibirán críticas y esa no es la idea".

Wahli plantea, entonces, que esas compañías deberían tener la posibilidad de donar sus materias primas que puedan convertirse en alimentos.

Otro problema que el representante empresarial pone sobre la mesa es la necesidad que tendrán las empresas de construir espacios para almacenar las donaciones, antes de que sean transportados por los facilitadores.

"De las 85 empresas que conforman nuestra asociación, el 20% son grandes empresas que hacen donaciones. El problema será para las micro, pequeñas y medianas empresas que deberán hacer una fuerte inversión en la construcción de galpones para guardar sus productos", señala.

Sobre la creación de incentivos tributarios, el representante empresarial espera que se concreten, pues "la ley es ambigua y únicamente pide que los municipios consideren esa posibilidad. No es nada seguro", agrega.

En esto coincide la directora ejecutiva del Banco de Alimentos de Cuenca, María Susana Rivadeneira.

Ella dice que "la ley no plantea incentivos tributarios reales que motiven a que las empresas donen y eso siempre es importante, pues el sector productivo hace un esfuerzo para que sus productos lleguen a los bancos de alimentos.".

¿Una ley para combatir la desnutrición infantil?

El combate a la desnutrición infantil es uno de los objetivos que persigue la ley. Sobre todo porque en Ecuador, el 27% de niños menores de edad la padece. Y, según la Secretaría Ecuador Crece Sin Desnutrición Infantil, la cifra podría llegar al 30% en los próximos años.

Su titular, Erwin Ronquillo, explica, sin embargo, que la desnutrición infantil, no es un problema relacionado solamente con la falta de alimentos. "Es un problema que nace, por ejemplo, de la falta de agua segura, saneamiento y controles oportunos de salud de niños y niñas menores de dos años y en madres gestantes".

El funcionario dice que la ley, más bien, busca que los alimentos sean "almacenados adecuadamente en bancos de alimentos y que sumen a la disminución del hambre en población que se encuentran en situación de vulnerabilidad".

María Susana Rivadeneira, del Banco de Alimentos de Cuenca, concuerda con Ronquillo en que esta ley no reducirá la desnutrición infantil totalmente.

"En algo puede ayudar, pero la desnutrición en niños es un problema bastante más complejo que hay que prevenir desde el embarazo", sostiene.