Viernes, 26 de abril de 2024

Multa por no usar mascarilla en Quito será de USD 100 y se duplicará si hay reincidencia

Autor:

Redacción Primicias

Actualizada:

8 Abr 2020 - 16:38

Vendedores en el Mercado Mayorista de Quito, el 21 de marzo de 2020, durante la emergencia sanitaria por el coronavirus.

Autor: Redacción Primicias

Actualizada:

8 Abr 2020 - 16:38

Vendedores en el Mercado Mayorista de Quito, el 21 de marzo de 2020, durante la emergencia sanitaria por el coronavirus. - Foto: José Jácome / EFE

El Municipio de Quito aprobó el 7 de abril de 2020 la ordenanza que establece las sanciones que aplicará en esa ciudad para sancionar a quienes salgan a la calle sin portar mascarilla.

El Comité de Operaciones de Emergencia (COE) dispuso el 6 de abril que todas las personas que salgan a la calle deberán portar, obligatoriamente una mascarilla.

Esto con el propósito de evitar posibles contagios. COE dispuso que sean los municipios quienes fijen las multas para quienes incumplan este mandato.

Según la ordenanza aprobada en Quito, la primera ocasión que una persona sea multada deberá pagar USD 100, mientras que el valor se duplicará si hay reincidencia.

La entidad agregó que "si la multa no se satisface oportunamente, el órgano competente podrá imponer una multa compulsoria de entre cuatro y 20 remuneraciones básicas unificadas". Es decir, entre USD 1.600 y USD 8.000.

El Municipio de Quito también señaló que la Agencia Metropolitana de Control será la entidad de sancionar a la ciudadanía de esta forma:

  • Informar verbalmente a la persona sobre la infracción
  • Recoger la evidencia física y fotográfica
  • Verificar reincidencia por medio de la consulta en línea de la base de datos correspondiente
  • Entregar la notificación a la persona infractora
  • Reportar al órgano competente para el registro y emisión de la orden de pago.

El Municipio de Quito informó que las personas que deban salir de sus casas deberán llevar su cédula y mantener una distancia de dos metros con quienes se encuentren a su alrededores para evitar un posible contagio.

La entidad también dijo que las personas que hayan sido diagnosticadas con Covid-19 deberán permanecer en sus domicilios, por lo que "están inhabilitadas para el uso de los espacios públicos"

"Se pueden trasladar únicamente a establecimientos de salud para recibir tratamiento", según la ordenanza.

El Municipio recordó que las personas portadoras de Covid-19 y que violen las disposiciones emitidas en la Ordenanza serán sancionadas con entre uno y tres años de prisión, según el artículo 282 del Código Integral Penal.

El objetivo de evitar la propagación del coronavirus llevó a que el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) obligue a que las personas usen una mascarilla en los espacios públicos.