Lunes, 29 de abril de 2024

Policía detiene a personas que extorsionaban por WhatsApp y llamadas en Guayas y Manabí

Autor:

Redacción Primicias

Actualizada:

30 Mar 2024 - 14:22

La extorsión es un delito que se sanciona con hasta siete años de cárcel en Ecuador, según el COIP.

Cuatro detenidos por extorsión en Guayas, el 29 de marzo de 2024.

Autor: Redacción Primicias

Actualizada:

30 Mar 2024 - 14:22

Cuatro detenidos por extorsión en Guayas, el 29 de marzo de 2024. - Foto: Policía Nacional

La extorsión es un delito que se sanciona con hasta siete años de cárcel en Ecuador, según el COIP.

La Policía Nacional detuvo, en las provincias de Guayas y Manabí, a siete personas que extorsionaban a través de llamadas, mensajes y WhatsApp.

Se lo hizo a través de los operativos Libertad 27 y Libertad 28.

El primero ocurrió el 28 de marzo, cuando, a través de la Fuerza de Investigación contra la Extorsión (FICE), se detuvo a tres personas en la provincia de Manabí. Dos de ellas son Emily M., y  Karla C., de 22 y 28 años de edad. También se determinó que Jeferson G., quien está en la cárcel El Rodeo por el delito de asesinato, era parte de las extorsiones.

Los supuestos delincuentes solicitaban USD 5.000 a cambio de brindar seguridad a sus víctimas, caso contrario atentarían contra ellas y sus propiedades.

Un día después, el 29 de marzo, fueron aprehendidas otras cuatro personas en el sector de Bastión Popular al norte de Guayaquil, en Guayas, también por el supuesto delito de extorsión.

Se trata de: Manuel A., Emilio C., Nelly M. y Elbia Ch. 

"Los aprehendidos exigían a sus víctimas la cantidad de USD 5.000", sostiene la Policía.

Según una de las víctimas, "desde el 26 de marzo del 2024, habría empezado a recibir varias llamadas y mensajes de carácter extorsivo a través de la aplicación de WhatsApp, en los que un sujeto desconocido exigía la cantidad de USD 5.000 a cambio de su seguridad, caso contrario atentarían en contra de su vida y la de sus familiares".

Se entiende como extorsión cuando "una persona que, con el propósito de obtener provecho personal o para un tercero, obliga a otra, con violencia o intimidación, a realizar u omitir un acto o negocio jurídico en perjuicio de su patrimonio o el de un tercero", según el Código Orgánico Integral Penal (COIP).

El delito se sanciona con entre tres y cinco años de cárcel. Y la pena puede incrementar a siete años de prisión si se verifican alguna de las siguientes circunstancias:

  1. Si la víctima es una persona menor a 18 años, mayor a 65 años, mujer
    embarazada o persona con discapacidad, o una persona que padezca enfermedades que
    comprometan su vida.
  2. Si se ejecuta con la intervención de una persona con quien la víctima mantenga relación laboral, comercio u otra similar o con una persona de confianza o pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.
  3. Si el constreñimiento se ejecuta con amenaza de muerte, lesión, secuestro o acto del cual pueda derivarse calamidad, infortunio o peligro común.
  4. Si se comete total o parcialmente desde un lugar de privación de libertad.
  5. Si se comete total o parcialmente desde el extranjero.