Caso Grillete: Corte Nacional de Justicia ratificó el rechazo de hábeas corpus a Aquiles Alvarez
La audiencia de juicio contra el alcalde de Guayaquil por incumplir el uso del dispositivo electrónico ya tiene fecha. Las fiestas julianas serán el marco de dos juicios para Aquiles Alvarez.

La Corte Nacional de Justicia es el primer filtro para solicitar y otorgar extradiciones, según la ley aprobada por la Asamblea.
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PRIMICIAS.
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Redacción Primicias
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La Corte Nacional de Justicia (CNJ) ratificó la decisión tomada por la Corte de Justicia de Santa Elena que le negó el recurso de hábeas corpus presentado por el alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez, en el caso Grillete, que le juzga por incumplir el uso del dispositivo electrónico.
La resolución de la CNJ se publicó el 16 de julio de 2026 y con ella se diluyó la posibilidad de que Aquiles Alvarez obtenga su libertad, como lo había solicitado a la jueza Karen Alarcón. La magistrada resolvió el 11 de junio pasado que no procedía la fianza para el alcalde, quien luego presentó el hábeas corpus, posteriormente rechazado.
No obstante, la defensa técnica del funcionario apeló ante la CNJ, entidad que admitió a trámite su reclamo, pero decidió rechazarlo luego de analizar los informes y audios del proceso y considerar que “no estima necesaria la celebración de una audiencia”.
En su sentencia, la CNJ analizó si la detención ordenada contra el alcalde fue una violación a sus derechos fundamentales y si por ello la prisión fue “ilegal, ilegítima y arbitraria, considerando la negativa de (la jueza) de fijar la caución (fianza)” pedida por Aquiles Alvarez.
Los abogados del alcalde habían argumentado que la prisión se volvió ilegal luego de que la jueza Alarcón negara la fianza a pesar de admitir que se cumplía con todos los requisitos para ser aceptada, pero que no podía concederla debido a que no garantizaba la presencia del alcalde en un posible juicio, pues el grillete, medida más restrictiva, no se había respetado.

Una vez descartadas todas las causales legales de inadmisibilidad, señalaron los defensores del alcalde, “correspondía aplicar el artículo 545 del COIP, determinar la modalidad y el monto de la caución. Sin embargo, la jueza resolvió negar la solicitud argumentando que la fianza no sería idónea para neutralizar el riesgo de fuga”.
La sentencia de la CNJ siguió la misma línea de la Corte de Santa Elena y de la jueza Alarcón, pues señaló que en la orden de prisión contra el alcalde “se han respetado las garantías normativas” y que el hábeas corpus “únicamente analiza si la detención es ilegal, arbitraria o ilegítima”, más no la procedencia o negativa de una fianza.
La CNJ concluyó que no hubo violaciones a los derechos del alcalde, pues la jueza Alarcón hizo un análisis de sus razones para negar la fianza, “descartando que haya creado una causal no prevista en la ley para negar la caución”.
“No se determina que la privación de libertad haya sido al margen de la regulación ilegítima”, sentenció la CNJ y agregó: “Se han observado las garantías al debido proceso”.

Dos juicios en fiestas julianas
Las fiestas de Guayaquil serán el marco en el que el alcalde Aquiles Alvarez enfrentará dos juicios, los casos Triple A y Grillete. En el primer caso, la audiencia de juicio está fijada para el 18 y 19 de julio y su reinstalación será el 24, 25 y 26 de julio.
Mientras que, en el caso Grillete, la jueza Smirnova Calderón, del Tribunal de Garantías Penales de Durán fijó para el 27 de julio de 2026 la convocatoria para la audiencia de juicio. En un escrito judicial, Calderón citó al alcalde, ya sea virtual o presencialmente.
Aquiles Alvarez se encuentra recluido en la cárcel del Encuentro en Santa Elena desde el 8 de marzo y ha solicitado su traslado, pero no ha sido aceptado por los jueces.
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