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Política

Constitucionalistas rechazan la suspensión impuesta a la vicepresidente Verónica Abad

Ricardo Vanegas y José Chalco, especialistas en Derecho, consideran que la sanción de cinco meses contra Verónica Abad atenta contra la Constitución. 

Verónica Abad, vicepresidenta de la República, en un cambio de guardia Presidencial en el Palacio de Carondelet, en Quito, el 28 de noviembre 2023.

Verónica Abad, vicepresidenta de la República, en un cambio de guardia Presidencial en el Palacio de Carondelet, en Quito, el 28 de noviembre 2023.

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Autor:

Redacción Primicias

Actualizada:

09 nov 2024 - 12:50

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La suspensión por cinco meses de la vicepresidente Verónica Abad generó críticas entre los especialistas en Derecho constitucional. La segunda mandataria no podrá ejercer su cargo por la sanción administrativa impuesta por el Ministerio del Trabajo, algo polémico.

  • Ministerio de Trabajo suspende por 150 días a la vicepresidenta Verónica Abad

Ricardo Vanegas, exasambleísta y abogado constitucionalista, menciona que la sanción a Abad es una “violación grosera a la Constitución”. Según el jurista, esta medida responde a la rivalidad que existe entre la funcionaria y el presidente de la República, Daniel Noboa.

“No se puede violar tan groseramente la constitución sólo para que el presidente candidato (Noboa) impida que la vicepresidente lo reemplace cuando deba pedir licencia por la campaña”, dijo.

‼️# EL FIN JUSTIFICA LOS MEDIOS. Una autoridad electa (Vicepresidente) sólo puede ser sancionada con destitución por la @AsambleaEcuador no con suspensión temporal de su cargo. Esta resolución atenta sentencias de la CIDH y los derechos políticos de Verónica Abad. No se puede… pic.twitter.com/QVS0W7m47W

— Ricardo Vanegas (@Ricardo_Vanegas) November 9, 2024

La razón de la suspensión, según el ministerio, fue el “abandono injustificado del trabajo por tres o más días laborables”. Esto ocurrió cuando la funcionaria no llegó en la fecha indicada a Turquía, en el contexto de la escalada bélica en Israel, donde desempañaba sus funciones.

Vanegas extendió que una autoridad electa, como la vicepresidente, no podría ser suspendida de forma temporal. Por esta razón, considera que la sanción atenta contra las directrices de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y contra los propios derechos políticos de Verónica Abad.

📌La suspensión de 150 días de la Vicepresidenta Veronica Abad por el MDT tiene otras implicaciones de orden constitucional:

1️⃣ El Presidente de la República ante esta ausencia temporal nombrará directamente a una Ministra de Estado como Vicepresidenta (Art. 150 CRE).

2️⃣ La… pic.twitter.com/nmTdnzZ3sR

— André Benavides (@AndreBenavidesM) November 9, 2024

Con él coincidió José Chalco, también constitucionalista. “Si es que hubiera razones sobre la vigencia o ausencia de un presidente o vicepresidente, sería mediante un juicio político y previo al control de la Corte Constitucional, según el artículo 129 de la Constitución”, explicó.

Calificó además de “ridícula” la suspensión impuesta a Abad y como una “violación absurda a la Constitución”. Según su criterio, las acciones a este nivel deberían estar por encima de simpatías o antipatías, pues se generan consecuencias y antecedentes garrafales.

Debido a esta suspensión, Abad estaría inhabilitada para recibir la Presidencia de la República el próximo 5 de enero de 2025, cuando Noboa se vea obligado a encargar su puesto por el inicio de su campaña por la reelección.

Si faltas tres días al trabajo👉🏻entonces, te sanciono con que faltes 150 días más (suspendo)😂 ¡Seamos serios! Constitución dispone expresas causas de ausencia temporal de un vicepresidente y jamás es sanción por sumario👆🏻Esto no es de afectos, es de orden constitucional🤔 pic.twitter.com/GEG33rWUhF

— José Chalco-Salgado (@jchalco) November 9, 2024

Chalco mencionó que el caso de Abad debería llevarse a la Justicia Contenciosa Administrativa, instancia que tendría el derecho de conocer la impugnación al sumario y a través de esta elevar la consulta sobre la constitucionalidad de la norma, ante la Corte Constitucional.

Reconoce que será un proceso demorado, sin embargo, recomienda que las entidades de justicia le den la celeridad y prioridad al proceso, considerando los tiempos electorales previamente establecidos.

  • #Política
  • #Verónica Abad
  • #Ministerio del Trabajo
  • #Vicepresidencia
  • #Daniel Noboa

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