Referéndum 2025 | ¿Qué implica la eliminación del financiamiento estatal para partidos y movimientos políticos?
El presidente Daniel Noboa ha implementado una serie de reformas que cambian radicalmente el escenario electoral. Ahora, con el referéndum, busca la desaparición del Fondo Partidario Permanente.

Diseño gráfico de una bolsa de dinero tachada con una equis, con una fotografía de fondo del Consejo Nacional Electoral (CNE).
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Una de las cuatro preguntas del próximo referendo y consulta popular está relacionada con los recursos públicos que reciben cada año los partidos políticos y ciertos movimientos nacionales. El presidente Daniel Noboa plantea su eliminación.
La pregunta que irá a votación dice:
¿Está usted de acuerdo con que se elimine la obligación del Estado de asignar recursos del Presupuesto General del Estado a las organizaciones políticas, reformando parcialmente la Constitución de conformidad con el Anexo de la pregunta?
Se trata específicamente del Fondo Partidario Permanente (FPP), que permite que las organizaciones políticas no dependan solo de los aportes de sus afiliados o adherentes permanentes y les otorga con un incentivo estatal para capacitaciones y formación de su militancia, así como para su funcionamiento institucional, pero con el límite de máximo el 30% en ese rubro.
¿Qué exactamente es este fondo partidario? Es un monto general que se divide entre la mayoría de agrupaciones políticas nacionales (85%) y el Instituto de la Democracia (15%) y proviene de las multas recaudadas por el Consejo Nacional Electoral (CNE) y de contribuciones suplementarias del Presupuesto General del Estado.
La cantidad de recursos que recibe cada partido o movimiento cambia de año a año porque depende de dos factores. El 50% del fondo se divide entre todas las organizaciones y el otro 35% se reparte de manera proporcional al número de votos obtenido por cada una en las últimas elecciones. El 15% restante es para el Instituto de la Democracia.
Sin embargo, no todas las agrupaciones lo reciben. De acuerdo con el Código de la Democracia, sólo pueden acceder a estos recursos las que cumplan con los requisitos para mantenerse vigentes:
- Al menos el 5% de los votos válidos en dos elecciones pluripersonales consecutivas a escala nacional.
- Al menos tres representantes a la Asamblea Nacional.
- El 8% de alcaldías.
- O por lo menos un concejal en cada uno de, al menos, el 10% de los cantones del país.
Los motivos del presidente
En la propuesta original que el Primer Mandatario envió a la Corte Constitucional para su calificación, Daniel Noboa decía que su objetivo era "garantizar la participación ciudadana de manera equitativa y evitar el mal uso de los recursos públicos que son otorgados a los partidos y movimientos políticos; y que no son debidamente justificados".
A la vez, argumentaba la necesidad de utilizar esos fondos, de alrededor de USD 4 millones anuales, para "otras áreas de más envergadura como salud, educación, seguridad, entre otros". Mientras que la sola convocatoria a este referendo implica un gasto de USD 60 millones.
Sin embargo, una de las preocupaciones entre la opinión pública es que, en el momento que vive el Ecuador, invadido por el crimen organizado, esa decisión abra la puerta para que el financiamiento político, ya cuestionado, sea copado por recursos ilícitos. Puesto a que, ni siquiera con estas limitaciones legales, las autoridades electorales han sido capaces de controlar el origen y destino de los fondos, dentro y fuera de las campañas.
Además, el Gobierno buscaba también eliminar el Fondo de Promoción Electoral (FPE), que impide que los candidatos y agrupaciones políticas gasten indiscriminadamente en sus campañas electorales porque obliga que esos recursos salgan del mismo presupuesto establecido por el CNE, divididos en montos iguales, que son pagados directamente a los medios de comunicación y vallas.
Pero esto no prosperó en la Corte Constitucional (CC). Los magistrados aclararon que esa intención eliminaría la obligación que tiene el Estado de velar por la igualdad durante las contiendas electorales y su deber de asegurar, mediante la difusión, que el electorado pueda conocer las propuestas de todas las candidaturas.
El dictamen explicó que el Estado debe garantizar que el derecho al acceso a la información, como parte esencial de la democracia, se realice en igualdad de condiciones. Y que la propuesta del Gobierno eliminaría el límite para que los partidos contraten discrecionalmente publicidad, sin que el CNE controle la propaganda y establezca sus límites.
En el texto final que irá a votación, el Ejecutivo eliminó los considerandos que habían sido cuestionados por la Corte.
Otras reformas electorales clave
Las últimas reformas electorales, impulsadas por Acción Democrática Nacional (ADN) y la Revolución Ciudadana (RC) cambiaron el escenario electoral a futuro. La supervivencia de las organizaciones políticas será más difícil, al igual que su participación en los espacios de poder.
Dos de las principales medidas celebradas por el Gobierno fueron el nuevo cambio en el método de asignación de escaños y el endurecimiento de los requisitos para que los partidos y movimientos no desaparezcan tras cada elección.
El primer punto se trata sobre la fórmula matemática que se utiliza para determinar cuántos puestos consigue cada lista en cada provincia. Y ADN y el correísmo buscaron que el modelo de partidos hegemónicos, sin representación de las minorías, prevalezca. Uno donde predominen únicamente las organizaciones más fuertes; es decir, de momento, ellos mismos.
Escogieron regresar al método de D'Hondt, que se utilizó para ventaja del correísmo en 2013 y 2017, para reemplazar el de Webster, que había sido utilizado en 2021, 2023 y 2025. Ese cambio previo fue celebrado, en su momento, como un paso hacia un escenario más democrático y pluralista. Sin embargo, el gobierno de Noboa decidió volver atrás.
En cuanto a los requisitos legales para que las agrupaciones políticas mantengan su personería jurídica, que son los mismos para que reciban el Fondo Partidario Permanente, el cambio fue sutil pero letal: un 5% mínimo de votación en cada elección pluripersonal.
Previamente, el requisito era de 4% en dos elecciones pluripersonales consecutivas. Desde 2009, esto había mantenido abierta una ventana de 'redención' para que los partidos o movimientos nacionales puedan recuperarse de un mal resultado en la siguiente elección. Pero esa posibilidad dejó de existir.
Además, el presidente Noboa, en su veto, agregó otro obstáculo. Las alianzas ya no se beneficiarían del total de votos, sino que estos serán divididos a partes iguales. Esto implica que mientras más miembros tenga una alianza será menos conveniente para cada una el resultado que obtengan.
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