Consulta popular y referendo | Corte Constitucional frena propuesta de reducir asambleístas, pero da paso a otras dos preguntas
La Corte Constitucional tumba propuesta de Daniel Noboa para reducir el número de asambleístas, mientras que la contratación por horas y el financiamiento a partidos políticos tienen luz verde, con modulaciones, de cara a nuevo referendo y consulta popular.

Policías y militares a las afueras de la sede de la Corte Constitucional, en Quito, el 12 de agosto de 2025.
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La Corte Constitucional se pronunció este lunes, 15 de septiembre de 2025, sobre las propuestas del presidente Daniel Noboa para eliminar el financiamiento público a los partidos políticos, contratación por horas y reducción de asambleístas, con miras a un nuevo referendo en Ecuador.
De esas tres propuestas, la Corte no dio paso "por falta de transparencia" a reducir el número de integrantes de la Asamblea Nacional, que actualmente tiene 151 curules. A pesar de que, en un primer momento, había señalado que esto si se lo puede realizar mediante una enmienda a la norma suprema.
Las sentencias y dictámenes llegaron 10 días después de que cuatro preguntas del referendo y consulta popular no lograran la aprobación del alto tribunal, en los términos que pretendía el jefe de Estado.
Financiamiento público a partidos políticos
Después de que la Asamblea Nacional, con una mayoría oficialista, aprobó la propuesta de Noboa para eliminar el financiamiento estatal a los partidos políticos, la reforma parcial a la Constitución está lista, con modulaciones de la Corte, para ser sometida a las urnas
En el segundo momento de control, la Corte Constitucional analizó los considerandos, la pregunta y los anexos de la propuesta de reforma constitucional que busca eliminar la obligación del Estado de entregar recursos del Presupuesto General a las organizaciones políticas.
Tras este análisis, la Corte declaró constitucional la propuesta, pero, para garantizar los principios de claridad y lealtad hacia el elector, dispuso la supresión de aquellos considerandos inconstitucionales que contenían valoraciones o afirmaciones ajenas al objeto de la consulta, informó en un comunicado.
Asimismo, la Corte excluyó el texto normativo contenido en el anexo que proponía reformar el artículo 115 de la Constitución, por cuanto dicha modificación no constaba ni en la pregunta ni en los considerandos, lo que impedía que el electorado se pronunciara de manera informada sobre ese cambio.
De esta manera, la ciudadanía se pronunciará sobre la reforma al artículo 110 de la Constitución, que propone que los partidos y movimientos políticos se financien exclusivamente con los aportes de sus afiliados y simpatizantes.
Contratación por horas y reducción de asambleístas
A su vez, la Corte resolvió el control previo de constitucionalidad de la convocatoria a referendo de dos propuestas de enmienda presentadas por el presidente de la República:
Contratación por horas en el sector turístico: Se declaró constitucional la propuesta, siempre que se trate de la primera relación laboral y se respeten los derechos adquiridos de los trabajadores. Se excluyeron dos considerandos por contener información que podía inducir al voto.
Reducción del número de asambleístas: Se declaró que no procede la propuesta, pues omitía datos fundamentales, como el hecho de que la Asamblea Nacional pasaría de 151 a aproximadamente 73 integrantes.
Según la Corte, esa ausencia de información dificultaba que el electorado comprenda con precisión el alcance de la propuesta y sus efectos en la representación democrática por provincia, lo que no satisface plenamente los principios de claridad y lealtad previstos en los artículos 103 y 104 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional (LOGJCC).
La Corte recordó que el Ejecutivo podrá presentar una nueva propuesta sobre este tema si así lo decidiese, respetando los requisitos de claridad y lealtad que permitan un pronunciamiento ciudadano informado y responsable.
Con esta decisión, el proceso de referendo avanzará únicamente respecto a la contratación por horas en el sector turístico.
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