Lunes, 29 de abril de 2024

Contrato por horas: ¿cuál sería el valor por hora de aprobarse esta modalidad?

Autor:

Patricia González

Actualizada:

5 Feb 2024 - 5:59

El Gobierno busca impulsar el empleo a través del contrato por horas y otras formas de contratación, sobre las que consultará a los ecuatorianos mediante referendo.

Trabajadores de una cervecería en el norte de Quito, 18 de enero de 2024.

Autor: Patricia González

Actualizada:

5 Feb 2024 - 5:59

Trabajadores de una cervecería en el norte de Quito, 18 de enero de 2024. - Foto: PRIMICIAS

El Gobierno busca impulsar el empleo a través del contrato por horas y otras formas de contratación, sobre las que consultará a los ecuatorianos mediante referendo.

El contrato por horas podría aplicarse nuevamente en Ecuador, de ser aprobado por los ecuatorianos mediante referendo. Con esta modalidad, el Gobierno busca impulsar el empleo formal en el país. Pero, ¿cuál sería el valor que recibirían los trabajadores por hora laboral?

El 30 de enero, en entrevista con PRIMICIAS, la ministra de Trabajo, Ivonne Núñez, dijo que el valor mínimo de la hora sería de USD 1,92, en el que todavía no se consideran los beneficios de ley.

Ese valor resulta de dividir el salario básico unificado, de USD 460, entre 240 horas laborables al mes, incluidos fines de semana, es decir, por 30 días. Aunque el sábado 3 de febrero, en redes sociales, la funcionaria aclaró que "aquello es considerando jornada normal de trabajo. El contrato por horas es especial".

El abogado laboral Iván Nolivos explica que en el contrato por horas deben considerarse solo 160 horas laborables, es decir, la jornada de 40 horas a la semana, pero para un mes.

Según Nolivos, el Código de Trabajo solo hace referencia a 240 horas al mes para el cálculo del monto a pagar por horas extras. "Si la norma no es clara, siempre se debe aplicar lo que sea más favorable para el trabajador", dice.

Entonces, lo correcto sería dividir el total del salario básico para 160 horas laborables al mes, por lo que el valor de la hora quedaría en USD 2,88, sin incluir los beneficios sociales, como son la afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), el pago de décimos o vacaciones.

Así lo reconoció también la ministra:

Luego, al calcular la aportación de 9,45% del trabajador al IESS e incluir el pago de la decimotera y decimocuarta remuneración, el monto mínimo de la hora laboral sería de USD 3,09.

El pago de los décimos debe realizarse de forma mensual, con excepción de aquellos trabajadores que soliciten por escrito al empleador recibirlos de manera acumulada.

Y, según Núñez, al incluir el valor correspondiente por vacaciones; más los recargos por horas extras y extraordinarias, "llegamos por encima de los $5,00 la hora".

La Ministra de Trabajo también dijo que se tomará en cuenta para el valor de la hora laboral la última tabla de salarios mínimos sectoriales.

Informalidad al alza

Núñez explicó que con el contrato por horas se busca incorporar al mercado laboral a las personas que están en el desempleo y formalizar a los trabajadores que están en el sector informal.

Para diciembre de 2023, la tasa de desempleo en Ecuador se ubicó en 3,4%, por encima del mismo mes de 2022, cuando estaba en 3,2%, según el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC).

Mientras que el empleo informal llegó al 55,7%, es decir, más de la mitad de los trabajadores del país laboran para empresas sin Registro Único de Contribuyentes (RUC).

Esto quiere decir que también son personas con empleos precarios porque, bajo esas condiciones, no pueden acceder a un contrato de trabajo con los beneficios que estipula la ley.

El director del Centro de Estudios de la Política Laboral, Gabriel Recalde, señala que el contrato por horas beneficiará, en especial, a los jóvenes, uno de los grupos más afectados por el desempleo:

"Pero hay que cuidar muy bien la técnica para que no genere problemas, como pasó con el contrato emergente en la pandemia de Covid-19".

A su juicio, esta propuesta es diferente al contrato por horas que existió años atrás en el país, puesto que la Constitución actual tiene principios de protección para los trabajadores mucho más fuertes, lo que evitaría la precarización laboral.

¿Es realmente necesario?

El abogado laboral Iván Nolivos considera que no hay necesidad de implementar este tipo de contratos porque, bajo la forma que se está presentando, sería igual a utilizar la figura de 'jornadas parciales permanentes', estipulada en el artículo 82 del Código del Trabajo.

Las 'jornadas parciales permanentes' se utilizan para jornadas de trabajo menores a ocho horas y se pueden establecer en cualquier tipo de contrato para el cálculo de la remuneración, que en esos casos es proporcional a las horas trabajadas y debe incluir los beneficios de ley.

Nolivos dice que uno de los sectores que recurre a esta modalidad es el comercial. Por ejemplo, locales de centros comerciales que prefieren tener jornadas por turnos y así bajar los costos por horas extras, dado que la atención en esos lugares suele superar las ocho horas diarias.

Sectores beneficiados

El contrato por horas podría ser aplicado por cualquier tipo de empresa. El director del Centro de Estudios de la Política Laboral, Gabriel Recalde, considera que uno de los sectores que serían más beneficiados sería el comercial, por la cantidad de trabajadores que concentra y su participación en la economía.

De igual manera en servicios como el turismo y la organización eventos, que por la naturaleza de sus actividades pueden requerir trabajadores para jornadas menores a ocho horas o actividades puntuales de pocos días.

Al cuarto trimestre de 2024, la tasa de desempleo en el sector de servicios era de 9,6% y el empleo informal llegaba al 31,2%, según el INEC.

El presidente de la Federación de Cámaras de Turismo del Ecuador, Holbach Muñetón, dice que este tipo de contratos podría incrementar el empleo en el turismo en alrededor de 10.000 personas.

Sin embargo, espera que la aplicación de este contrato no termine siendo "complicada" para un sector que está siendo golpeado por la crisis de inseguridad que atraviesa el país.

Añade que actualmente la ocupación hotelera está apenas entre 5% y 10%. A su juicio, este tipo de contrato podría ser útil para etapas como estas, porque les permitiría contratar a trabajadores por jornadas más reducidas.

Para la Agremiación de Restaurantes de Pichincha (Agrepi), la flexibilización laboral que ofrecería este contrato no implica precarización.

Por el contrario, "permite ajustar los recursos humanos a las demandas del mercado, asegurando la sostenibilidad de los negocios y la continuidad de los empleos en momentos de incertidumbre", dice el gremio en un comunicado.