Elecciones seccionales: el escabroso camino de los precandidatos para llegar a la papeleta en Ecuador
Los nombres finales de los candidatos para alcaldes y prefectos se conocerán apenas semanas antes de las elecciones. Una precandidatura corre el riesgo de caerse en tres instancias, según la normativa electoral vigente. La inadmisión de una inscripción permite a los partidos políticos reemplazar candidaturas a medio camino.

Un precandidato para las elecciones seccionales acepta la precandidatura ante el CNE el 6 de julio de 2026.
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CNE.
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¿Son precandidatos o candidatos? ¿Cuándo dejan de ser lo uno y se convierten en aspirantes oficiales? Son algunas preguntas que surgen a casi cuatro meses de las elecciones seccionales del 29 de noviembre, y ya suenan varios nombres que buscan convertirse en alcaldes o prefectos en Ecuador.
Hasta el domingo 12 de julio, quienes fueron elegidos por los partidos y movimientos políticos en las primarias deben cumplir el requisito de aceptar sus precandidaturas ante los delegados provinciales del Consejo Nacional Electoral (CNE).
No hacerlo se convierte en una de las 16 prohibiciones e inhabilidades para inscribir ante el CNE las precandidaturas, proceso que, de acuerdo con el calendario aprobado por el organismo electoral, irá del 2 al 17 de agosto.
Sortear varios filtros
La inscripción ante el CNE tampoco garantiza que una persona que fue elegida en democracia interna de los partidos y movimientos políticos estará 100% seguro en la papeleta electoral de 29 de noviembre.
Una vez que las Juntas Electorales Provinciales tengan los listados de inscritos deberán notificar a los actores políticos, quienes podrán objetar las precandidaturas registradas ante esa instancia.
El proceso incluye la notificación al sujeto político objetado, su contestación y la resolución de la Junta Provincial que, de no satisfacer a alguna de las partes, puede ser elevada para que sea el pleno del Consejo Nacional Electoral el que falle.
Este primer filtro irá ente el 3 y 30 de agosto. Para entonces, aún se deberá seguir considerando a los aspirantes como precandidatos.
Intervención de la justicia electoral

El Pleno del CNE no tiene la última palabra. Si la inconformidad se mantiene, los actores políticos pueden presentar recursos subjetivos contenciosos ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE).
La justicia electoral tendrá hasta el 22 de septiembre para resolver y ejecutar las sentencias de los reclamos electorales. Si se demuestra que un precandidato incurrió en una falta, su inscripción será desestimada.
Esto abre la posibilidad de que las organizaciones políticas puedan reemplazarlos hasta el 24 de septiembre. Los nuevos precandidatos se someterán al mismo proceso de impugnación y objeción ante las instancias electorales.
Candidaturas irrenunciables
De acuerdo al reglamento aprobado por el CNE sobre la inscripción de candidaturas, estas se consideran inscritas oficialmente, solo luego de que la autoridad electoral competente emita una resolución al respecto.
Para que esto suceda, el organismo electoral deberá constatar que estén resueltos y en firme los reclamos presentados, tanto en instancias administrativas como en las contenciosas electorales.

Si una candidatura no recibe ningún tipo de reclamo, dentro de los plazos previstos por la Ley de Elecciones, tiene la posibilidad de quedar en firme antes que aquellas que sean cuestionadas en diferentes instancias.
Lo que no va a cambiar es la fecha en la que el CNE debe contar con el listado definitivo de candidaturas para enviarlas a la impresión de las papeletas electorales: 9 de noviembre de 2026.
La normativa electoral y el reglamento señalan que una vez calificada la inscripción, la candidatura se convierte en irrenunciable.
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