¿Ley para un Día Nacional de la Oración en Ecuador? CNE da paso a recolección de firmas de respaldo a la propuesta
Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) autoriza recolección de firmas para iniciativa que busca crear el Día Nacional de la Oración en Ecuador.

El Pleno del CNE se reunió el 11 de junio para elegir a José Cabrera como presidente del organismo.
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PRIMICIAS.
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El Consejo Nacional Electoral (CNE) autorizó este viernes 10 de julio de 2026, con cuatro votos a favor y una abstención, la entrega de formularios para la recolección de firmas que respalden una iniciativa popular normativa que propone crear el Día Nacional de la Oración en Ecuador.
La propuesta deberá reunir el respaldo del 0,25 % del registro electoral utilizado en los últimos comicios nacionales, equivalente a más de 34.000 firmas, sobre un padrón de más de 13,6 millones de electores.
El presidente del CNE, José Cabrera, señaló que la solicitud, presentada por Alexandra Peralta Marín en representación del comité promotor, cumple con los requisitos establecidos en la normativa sobre mecanismos de democracia directa, por lo que votó a favor de iniciar la fase de recolección de apoyos.
"Establecer un Día Nacional de la Oración brindaría un espacio valioso para que los ecuatorianos, desde sus diversas creencias y convicciones, puedan unirse en un clamor por la paz, la justicia, la reconciliación y la protección divina".
Propuesta entregada al CNE
La única abstención fue de la consejera Elena Nájera, quien sostuvo que Ecuador enfrenta problemas más urgentes, como la inseguridad, la crisis económica y el desempleo, y cuestionó que se impulse una iniciativa de este tipo. También argumentó que ya existe un Día Mundial de la Oración, por lo que, a su juicio, no sería necesario crear una fecha mediante una ley ya que sería como "crear otro Día del Trabajo".
La aprobación del CNE no implica la creación del Día Nacional de la Oración, sino únicamente el inicio del proceso para recoger las firmas requeridas. Si el respaldo ciudadano es suficiente, la ley determina un plazo máximo de 180 días para que la Asamblea trate el proyecto; si no lo hace, la propuesta entra en vigencia automáticamente.
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