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Política

Suspensión del correísmo | Estos son los argumentos del embrollo legal entre la Fiscalía, el TCE y la RC

Por primera vez una organización política es suspendida por una investigación de lavado de activos. El pedido de la Fiscalía General y la sanción definida por el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) dejarán a la Revolución Ciudadana fuera de la inscripción de candidaturas para las elecciones seccionales de 2027.

Gabriela Rivadeneira y otras figuras de la Revolución Ciudadana durante una rueda de prensa sobre la suspensión ordenada por el TCE en su contra, el 6 de marzo de 2026, en Quito.

Autor:

Redacción Primicias

Actualizada:

10 mar 2026 - 06:05

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El artículo 374 del Código de la Democracia, que establece las tres causales para sancionar a las organizaciones políticas, entró en vigencia en abril de 2009. Ahora, 17 años después sirvió para suspender a la Revolución Ciudadana (RC) del registro electoral.

El numeral 3 establece que, por pedido del Fiscal General, los partidos y movimientos pueden ser suspendidos hasta 24 meses cuando la entidad realice una investigación por el delito de lavado de activos, que involucre directamente a la organización.

Esa norma fue redactada por la mayoría correísta que dominó la Comisión Legislativa y de Fiscalización, entre 2008 y 2009. El organismo, más conocido como Congresillo, elaboró 30 leyes derivadas del mandato de la Constitución de Montecristi.

Y esa es la Ley que utilizó el fiscal encargado Carlos Alarcón, el 4 de marzo, para notificar al Tribunal Contencioso Electoral (TCE) sobre la investigación previa del caso Caja Chica. Ahí se acusa ocho figuras de la agrupación de supuesta delincuencia organizada con fines de lavado de activos, por presuntamente ingresaron "dinero ilícito (en efectivo) desde Venezuela para financiar la campaña presidencial de 2023".

#AHORA | #CasoCajaChica: #FiscalíaEc lidera un operativo, en el marco de una investigación por presunta #DelincuenciaOrganizada con fines de #LavadoDeActivos. Se presume que ingresaban dinero ilícito (en efectivo) desde Venezuela para financiar la campaña presidencial de 2023. pic.twitter.com/SRIFW2QWma

— Fiscalía Ecuador (@FiscaliaEcuador) January 28, 2026

La respuesta de Gabriela Rivadeneira, expresidenta de la Asamblea Nacional y actual presidenta de la Revolución Ciudadana, fue que "Ecuador vive en dictadura", porque acusan al gobierno de Daniel Noboa de injerir tanto en el Ministerio Público como en las instituciones electorales.

La dirigente habló de una persecusión sistemática a su tendencia política y un atraco a la democracia, de judicialización de las figuras políticas de oposición, de obstáculos administrativos electorales, de "un autócrata tomando decisiones y manipulando a las funciones del Estado para su conveniencia".

Rivadeneira afirmó que el proceso es ilegal, porque la RC no ha sido notificada por la Fiscalía de ninguna investigación en su contra, y acusó al juez Viteri de operador político de Carondelet. Agregó que se trata de una aberración jurídica y que, por principio, no puede haber sanción durante una investigación previa. 

Sin embargo, esa lógica en Ecuador aplica para el ámbito penal. El articulado utilizado por la fiscal Bonilla ha estado vigente en el Código de la Democracia durante 17 años, desde que la mayoría correísta de ese entonces lo puso ahí, para permitir una sanción durante un proceso investigativo.

¿Cuál es el escenario en la 'cancha' electoral?

El abogado de la Revolución Ciudadana y exlegislador correísta, Gabriel Rivera, argumentó que la petición de la Fiscalía no tiene sustento, puesto que en el caso Caja Chica solo se investiga a ocho ciudadanos y que en ningún momento se ha involucrado a la personería jurídica del partido.

Rivera también aclaró que el proceso de la Fiscalía se abrió por presunta delincuencia organizada, con fines de lavado de activos, no por lavado de activos directamente. Por lo tanto, sostiene que la suspensión del TCE no tiene cabida.

El abogado reclamó, además, que el Código de la Democracia establece que la petición de suspensión tiene que ser firmada por el Fiscal General, quien debe llevar la investigación y que en este caso sería Carlos Alarcón. Sin embargo, como consta el pronunciamiento del TCE, el oficio de la Fiscalía está firmado por la agente fiscal de la Unidad de Fuero de Corte Nacional, Judith Bonilla Estrada.

Sin embargo, cuando la causa recayó sobre el juez electoral Joaquín Viteri este aceptó la petición y dictó la suspensión dos días después. Pero el magistrado reconoció que no existe una regulación específica que detalle "la vía, etapas y actos procesales aplicables" en estos casos. Y repitió constantemente que el futuro del partido que abandera el correísmo está en manos del Fiscal General.

Legalmente, la suspensión podría levantarse antes solo si es que Alarcón, que participa a la vez en el concurso para seleccionar al próximo Fiscal General, comunica al TCE su petición de retiro de la medida o si es que la investigación del caso Caja Chica concluye, es archivada o cesa.

Pero, al mismo tiempo, el juez del TCE explica que la investigación previa de la Fiscalía es reservada, por lo que deben suspenderse los tiempos de tramitación de la causa electoral hasta que deje de serlo. Eso puede tomar hasta dos años, según el Código Integral Penal (COIP). Pero, en la práctica, ese plazo es meramente simbólico y se supera con creces.

Pero la resolución advierte que "solo en ese momento" el correísmo podrá ejercer su derecho a la defensa en el Tribunal Electoral. Además, el juez Viteri explica que, cuando se apliquen los plazos electorales en esta causa, deberán ceñirse a la velocidad marcada por el calendario vigente de las seccionales 2027, en marcha desde el 14 de febrero de 2026.

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Calendario electoral para las elecciones seccionales 2027 aprobado por el CNE:CNE

Es por eso mismo que la presidenta de la Revolución Ciudadana denunció que el objetivo de estos procesos es evitar que participen en las próximas elecciones de gobiernos locales, en las que se presentan prácticamente como el único rival de Acción Democrática Nacional (ADN). 

Esto debido a que el lapso de nueve meses, elegido por el juez Viteri, cubre todas las etapas del calendario electoral en que las organizaciones políticas participan hasta la inscripción de sus candidaturas para alcaldes, prefectos, concejales y presidentes de juntas parroquiales. Es decir, una vez que termine la suspensión, el correísmo ya no tendrá oportunidad de participar con su bandera en la contienda.

Esto pese a que el mismo juez Viteri afirma en su escrito que dicha suspensión no implica que la Revolución Ciudadana sea culpable de algún delito o infracción, sino que la medida busca "resguardar la integridad del sistema de organizaciones políticas, la transparencia del financiamiento y la confianza pública en el régimen democrático".

Además, Rivadeneira contó que ya enviaron pedidos de nulidad al despacho del juez electoral, también una solicitud de revocatoria del pedido de la Fiscalía y acudirán a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y a las Naciones Unidas.

Y, de todas formas, el correísmo ya anticipó que su participación electoral podría verse truncada, por lo que prepararon planes alternativos para poder inscribir a sus candidatos en la contienda electoral, aunque sea bajo otras listas, que podrían ser las de sus anteriores aliados, como el movimiento Renovación Total (RETO) o el Partido Socialista (PSE).

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