El secretismo en las acciones del Gobierno se acentúa bajo la administración de Daniel Noboa
El Ejecutivo acumula decisiones bajo la clasificación de reserva, que dificultan el acceso a la información pública. La última medida incluye la agenda del Mandatario.

El presidente Daniel Noboa en el evento de la firma del contrato con Palantir para el servicio de control aduanero, el 29 de mayo de 2025, en Quito.
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La reserva de la información se ha vuelto una herramienta recurrente del Ejecutivo, pese a que impide la transparencia y rendición de cuentas sobre el manejo de los recursos públicos. Incluso, el último viaje del presidente Daniel Noboa, ha sido declarado "confidencial".
Así lo señaló el secretario de Integridad Pública, José Julio Neira, quien formó parte de la comitiva oficial que se desplazó a Estados Unidos, bajo un hermetismo absoluto y coincidió con la derrota electoral en la consulta popular y referendo.
El país sigue sin saber dónde estuvo o qué hizo el Mandatario desde el lunes 17 de noviembre hasta el domingo 23. Solo existe el Decreto Ejecutivo No. 218 que habla de un viaje sin destino ni objetivo específicos en ese país norteamericano durante tres días.
Ante la ola de críticas y cuestionamientos crecientes en la opinión pública, Neira dio la cara por el presidente Noboa, como lo había hecho el oficialista Niels Olsen, presidente de la Asamblea Nacional, para enfrentar tibiamente el revés en las urnas.
Y el 24 de noviembre intentó sostener el secretismo por haberse tratado supuestamente de reuniones en materia de seguridad y comercial en Nueva York, "su agenda obviamente fue categorizada como confidencial", dijo en una entrevista televisiva.
Sin embargo, no resulta obvio, puesto que es algo que no había sucedido en ninguno de los 22 viajes anteriores de Noboa al exterior, ni en los 26 desplazamientos de Guillermo Lasso, ni los 33 de Lenín Moreno, ni los 140 de Rafael Correa. Esta es la primera vez en la que una agenda oficial se clasifica como confidencial.
Y Neira tampoco justificó legalmente esa clasificación de la información, solo se limitó a decir que "cada presidente tiene la decisión de categorizar su tipo de reuniones". Pero, pese a las importantes reuniones que habrían sostenido, ninguna autoridad del área de seguridad los acompañó.
La canciller Gabriela Sommerfeld tampoco pudo en responder. Señaló que ella no fue al viaje y que su cartera no maneja información reservada, secreta o secretísima, como si lo hacen entidades como el Ministerio de Defensa. Pero dijo que la Presidencia puede clasificar la información cuando se trata de la seguridad del Estado o del mismo Presidente.
¿Información confidencial o reservada?
En Ecuador, la Ley de Transparencia es la que regula las excepciones que permiten clasificar la información pública y cuáles son los requisitos que deben cumplir para poder hacerlo. Ahí se explica claramente que la información confidencial y la reservada son distintas:
Confidencial: se deriva de los derechos personalísimos y fundamentales. Es decir, contiene datos que al revelarse podrían dañar intereses privados, como el derecho a la privacidad, al honor y a la propia imagen; los intereses comerciales y económicos; derechos de autor y secretos comerciales.
Reservada: es la información cuya publicidad podría derivar en un riesgo claro, probable y específico de daño a intereses públicos. Y corresponderá únicamente a:
- Planes y órdenes de defensa nacional, militar, movilización, de operaciones especiales y de bases e instalaciones militares ante posibles amenazas contra el Estado.
- Inteligencia, específicamente los planes, operaciones e informes de inteligencia y contrainteligencia militar, siempre que existiera conmoción nacional, declarado mediante estado de excepción.
- Ubicación del material bélico, cuando esta no entrañe peligro para la ciudadanía.
- Fondos de uso reservado exclusivamente destinados para fines de la defensa nacional.
- Información que reciban las instituciones del Estado, expresamente con el carácter de reservado o confidencial, por otro u otros sujetos de derecho internacional, siempre que no se sacrifique el interés público.
- Información expresamente establecida como reservada en leyes orgánicas vigentes.
Además, la Ley establece que para esta declaración excepcional hay unos requisitos y procedimiento específicos. El principal es la emisión de una resolución de clasificación de la información, con la firma la máxima autoridad responsable, en la que se establezcan los motivos de la reserva.
Y toda resolución debe contener las normas legales que autorizan la reserva; el señalamiento expreso del derecho, bien jurídico o interés público que se busca proteger; un análisis de riesgos o perjuicios que implicaría para el Estado, la sociedad o ciudadanos; el señalamiento expreso de las ventajas o beneficios que obtiene el Estado, sociedad o ciudadanos, demostrando la proporcionalidad de la medida; el tiempo que durará la reserva.
El Ejecutivo, la función con mayor reserva
Según el informe anual de cumplimiento del derecho de acceso a la información, que emite la Defensoría del Pueblo, el Ejecutivo concentró en 2024 las declaratorias de información reservada, con 1.471 documentos, el 82% del total del Estado.
Y la entidad que más utiliza esta figura que debería ser excepcional no pertenece al sector de la seguridad. Se trata de la Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT), con 680 documentos, un 38%, seguida por el Ministerio de Defensa con el 18%.
Bajo ese argumento, la CNT ha negado el acceso a información pública a PRIMICIAS en diversas ocasiones. Por ejemplo, en el transcurso de 2025, clasificaron los contratos y convenios firmados con HealthBird, Palantir y Google, que el presidente Noboa había anunciado como soluciones tecnológicas clave.
PRIMICIAS solicitó acceso a estos documentos por primera vez el 27 de marzo y la Corporación respondió recién el 2 de octubre, pese a que la Ley de Transparencia establece un plazo máximo de 15 días para hacerlo.
En esa respuesta, CNT explicó que la información había sido declarado confidencial y reservada un mes antes, el 2 de septiembre, mediante resolución NTEP-GGE-2025-0036-R. Esto pese a que la misma Ley, en el artículo 15, ordena que "la clasificación de reserva no podrá efectuarse de manera posterior a la solicitud de acceso a la información pública".
CNT señaló que está facultada a proteger su competitividad y secretos comerciales. Pero esta información también fue contradicha desde la Secretaría Jurídica de Carondelet, que confirmó a PRIMICIAS que ni el proceso ni el contrato pueden ser reservados por completo, ya que la medida debe aplicarse solamente a las cláusulas o documentos que se requiere restringir.
Además, la Ley de Transparencia, en su artículo 17, advierte que la clasificación de información que incumpla sus mandatos "se presumirá fraudulenta de pleno derecho, y las personas que la realicen serán responsables administrativa, civil y personalmente por los perjuicios".
La misma confidencialidad se utilizó también con los contratos con las empresas Conecel (Claro) y Otecel (Millicom) para la renovación de la concesión del servicio de telefonía celular, firmados el 30 de octubre de 2025, según la Agencia de Regulación de Telecomunicaciones (Arcotel).
Sin embargo, en una primera respuesta a PRIMICIAS, el 7 de noviembre, la entidad citó su Reglamento para Otorgar Títulos Habilitantes y explicó que estaba transcurriendo el plazo de 20 días para que las empresas suscriban los contratos y estos sean inscritos en el Registro Público de Telecomunicaciones, tras lo cual podría accederse a la información.
- Contratos de las operadoras móviles Claro y Millicom en Ecuador son confidenciales, según la Arcotel
Pero, en su segunda respuesta, del 20 de noviembre, la Arcotel echó para atrás y se contradijo. Obviando la Ley de Transparencia, la Agencia atribuye su facultad de declarar la información como confidencial bajo el mismo Reglamento.
Esa discreción para escoger la información pública que se clasifica como reservada o secreta ha ido en aumento, pero sus justificaciones y requisitos legales no se reflejan en las páginas de transparencia de todas las instituciones públicas.
Por ejemplo, según los registros de CNT, pese a su gran número de documentos clasificados, solamente constan dos resoluciones hasta el cierre de octubre, una de 2022 y una de 2025, que no especifica sobre qué tema trata. Mientras que en la información de la Arcotel no hay ninguna resolución en lo que va del año.
El caso contrario es el Ministerio de Defensa, que tiene un archivo de 731 archivos reservados de los últimos dos gobiernos, algunos con la descripción de qué se trata y otros sin detalles. Desde su llegada al poder, la entidad ha clasificado 633 documentos (87%), mientras que con Lasso se clasificaron apenas 98 (13%).
Así, Defensa refleja el secretismo que mantiene el Gobierno de Noboa sobre la información pública. Desde marzo de 2024, la institución declaró como reservada toda la contratación del área y de las Fuerzas Armadas. Es decir, mientras la medida se mantenga, los gastos militares del Ejecutivo permanecerán ocultos hasta 2034.
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