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Política

Asambleísta Viviana Veloz multada con USD 9.000 por juez del TCE

Viviana Veloz es sancionada por campaña anticipada en elecciones de 2023. Juez del TCE concluye que la asambleísta del correísmo usó redes sociales para hacer proselitismo antes del plazo legal.

Viviana Veloz, asambleísta de la Revolución Ciudadana, durante un discurso en el Pleno de la Asamblea, el 11 de marzo de 2025.

Viviana Veloz, asambleísta de la Revolución Ciudadana, durante un discurso en el Pleno de la Asamblea, el 11 de marzo de 2025.

- Foto

Asamblea Nacional

Autor:

Redacción Primicias 

Actualizada:

02 jul 2025 - 21:06

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Un juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) sancionó este miércoles, 2 de julio del 2025, a la asambleísta del correísmo Viviana Veloz Ramírez por incurrir en campaña anticipada en las elecciones de 2023.

Joaquín Viteri, juez del TCE le impuso una multa de USD 9.000 a Veloz. El monto equivalente a 20 salarios básicos unificados (SBU) vigentes a la fecha que incurrió en esta infracción.

La sentencia enfatiza que este tipo de conductas afectan la integridad del sistema democrático y la igualdad de condiciones entre candidaturas. Se trata de una infracción electoral grave prevista en el artículo 278, numeral 7, del Código de la Democracia.

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La denuncia fue presentada por el ciudadano César Wilfrido Cárdenas, quien aportó pruebas que demostraban que Veloz difundió contenido proselitista en redes sociales antes del inicio oficial del periodo de campaña para las elecciones anticipadas de 2023.

Entre las pruebas presentadas se incluyeron videos publicados en la cuenta de Instagram “@vivianavelozoficial”, los días 13 de julio y 3 de agosto de 2023, en los que se la observa participando en caravanas, repartiendo café y utilizando frases como #MiVotoEsPorVivianaVeloz y #Todo5, identificativas del movimiento Revolución Ciudadana.

La defensa de Veloz negó ser titular de la cuenta y alegó posible suplantación de identidad. Sin embargo, el peritaje digital y las certificaciones notariales confirmaron la autenticidad de las publicaciones y su relación directa con la denunciada.

El juez Viteri concluyó que los actos de proselitismo se realizaron fuera del periodo legal de campaña, vulnerando el principio de equidad electoral. Por tanto, dijo, se confirmó la existencia de la infracción y la responsabilidad directa de la candidata.

La sentencia sienta un precedente respecto al uso de redes sociales para la difusión de mensajes políticos antes del periodo permitido.

  • Reformas electorales amenazan la supervivencia de los partidos y movimientos y crean nuevas reglas de control financiero
  • #Revolución Ciudadana
  • #sanciones
  • #TCE
  • #Multas
  • #correísmo

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