Si ‘Pipo’ llega extraditado a Ecuador, España deberá ser informada antes de una sentencia por el caso Villavicencio
PRIMICIAS accedió al documento de la Audiencia Nacional de España que aprobó la extradición de alias ‘Pipo’, cabecilla de Los Lobos, a Ecuador. La resolución recoge el “principio de especialidad” del Tratado vigente, que establece que una persona extraditada solo puede ser juzgada por hechos distintos a los que motivaron su entrega si el Estado requerido lo autoriza previamente.

Wilmer Geovanny Chavarria Barre, alias 'Pipo', junto a agentes de Policía en España, el 16 de noviembre de 2025.
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'José Augusto'. Ese es el nombre que la Audiencia Nacional de España dio a Wilmer Chavarría, alias 'Pipo', en la resolución 587/2026, con la que consideró "procedente" la extradición del cabecilla de Los Lobos a Ecuador. La justicia del país europeo, generalmente, cubre los nombres de los procesados por seguridad.
La resolución a la que PRIMICIAS accedió revela que en el caso de este capo, detenido en Málaga el 17 de noviembre de 2025, se aplicó el artículo 14 del Tratado de extradición firmado entre Ecuador y España, que señala que para que la persona entregada sea juzgada y sentenciada por hechos nuevos -como el caso Villavicencio en relación a 'Pipo'- debe haber una autorización del país requerido.
El documento muestra que España aceptó las garantías carcelarias ofrecidas por Ecuador para que Chavarría sea recluido en la Cárcel del Encuentro, en Santa Elena, donde deberá cumplir el remanente de su pena original, es decir, cuatro años y 282 días, por un asalto que dejó muertos y heridos en 2010.
Sin embargo, la extradición todavía no es un hecho. Según las normas que rigen el proceso, resta por deliberar una apelación y que el Gobierno de España se pronuncie, como instancia definitiva.

Directo al Encuentro
El Tribunal de España, bajo la ponencia del magistrado Francisco Vieira Morante, dictó el Auto Nº 587/2026 en el Rollo de Extradición Nº 154/2025 para concretar la entrega de Wilmer Geovanny Chavarría Barre.
En la diligencia de extradición celebrada en Madrid, Chavarría estuvo representado por la procuradora Silvia Ayuso y asistido en su defensa técnica por el abogado Oscar Alario Escagedo.
Para lograr la aceptación de a la Justicia española, las autoridades ecuatorianas presentaron un informe detallado sobre el Centro de Privación de Libertad Santa Elena N.º 1, conocido oficialmente como Cárcel del Encuentro.
La información presentada por el Gobierno ecuatoriano detalla que esta prisión, operativa desde noviembre de 2025, cuenta con un sistema mixto de seguridad, donde la Policía Nacional realiza el control intramuros y las Fuerzas Armadas vigilan el perímetro externo.
El penal, según esos datos, cuenta con una capacidad para 800 personas y registra una población de 644 privados de libertad, lo que garantiza la inexistencia de hacinamiento y permite un monitoreo continuo de los internos mediante circuito cerrado de televisión.
La infraestructura del Encuentro, según las garantías, consta de cinco módulos de alta seguridad, con dos plantas y 20 celdas por módulo, diseñadas para cuatro personas bajo protocolos médicos, psicológicos y nutricionales.
Con este blindaje, Ecuador evitó el fracaso de extradiciones pasadas como la de William Joffre Alcívar Bautista, alias 'Negro Willy', líder de Los Tiguerones, quien quedó libre en España a finales de 2025. Alcívar esquivó su entrega porque el Estado ecuatoriano no presentó a tiempo las garantías carcelarias.
Faltan dos instancias
A partir de la notificación de esta decisión, la defensa de Chavarría Barre tuvo un plazo de tres días hábiles para interponer un recurso de Súplica ante el Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de España. Esto equivaldría a una apelación según las normas ecuatorianas. El recurso aún no se ha tramitado.
Si se confirma el fallo judicial, el trámite pasará a la fase gubernativa, donde el Consejo de Ministros de España tomará la decisión política sobre la entrega definitiva del cabecilla delincuencial. Lo resuelto por los jueces no es vinculante.
Tras la autorización del Gobierno español, Ecuador dispondrá de un plazo de 15 días para recibir al reo. Si no es retirado en la fecha pactada, el reclamado será liberado de inmediato en territorio de España.
Para calcular el cumplimiento de la pena en Ecuador, obligatoriamente se computará todo el tiempo que 'Pipo' ha permanecido en prisión provisional en España, tras ser capturado en Málaga en 2025.
La condena pendiente en Cuenca y el caso Villavicencio
El caso penal por el que 'Pipo' sería extraditado a Ecuador se remonta al asalto ejecutado el 3 de julio de 2010 en la sucursal de un banco privado en Cuenca, sustrayéndose USD 38.000.
Durante la huida en un Vitara rojo, la banda disparó contra civiles, provocando las muertes de Carlos S., Eddy S. y Eduardo C., además de causar heridas graves en otras personas.
Por este delito, el Segundo Tribunal de Garantías de lo Penal del Azuay dictó una condena de 16 años de prisión el 27 de octubre de 2010, de la cual a 'Pipo' le resta cumplir un lapso de cuatro años y 282 días.
El delincuente fingió su muerte por Covid-19 en 2021 en Santo Domingo, logrando la extinción de su pena, decisión judicial que fue declarada nula el 16 de noviembre de 2025 al comprobarse la falsedad de su deceso.
El cabecilla de Los Lobos fue ubicado en España bajo el nombre de Herminio con un pasaporte colombiano falso, tras haberse operado siete veces el rostro para no ser reconocido y dirigir bandas de narcotráfico en Europa.
Además del robo, la Fiscalía General del Estado vinculó al cabecilla en el asesinato del candidato presidencial Fernando Villavicencio en Quito, perpetrado en agosto de 2023, identificándolo como uno de los autores del crimen que recibió un pago de USD 1 millón.
En el complot habrían participado su hijastro Esteban Aguilar, alias 'Lobo Menor', y el operador Luis Arboleda, alias 'Gordo Luis', quienes habrían coordinado los sicarios. Según Fiscalía, Xavier Jordán y José Serrano habrían participado.
El 'principio de especialidad' para la extradición
Aunque 'Pipo' ya se encuentra procesado en Ecuador por el caso Villavicencio, la resolución de la Audiencia Nacional de España cita el artículo 14 del Tratado de extradición vigente desde 1989, que hace referencia al "principio de especialidad".
En su numeral 1, reza: "Para que la persona entregada pueda ser juzgada, condenada o sometida a cualquier restricción de su libertad personal por hechos anteriores y distintos a los que hubieren motivado su extradición, la Parte requirente deberá solicitar la correspondiente autorización a la Parte requerida".
El penalista Felipe Rodríguez explica que esto se debe a que la extradición solicitada por Ecuador solo se relaciona con el caso del robo del banco de 2010. Por lo que, para que haya una nueva sentencia, una vez concretada la extradición, el país debería ponerla previamente en conocimiento de España.

La única forma de esquivar ese trámite, según el Tratado, es que, una vez que 'Pipo' cumpla los más de cuatro años pendientes de cárcel por el primer caso, permanezca voluntariamente en el país por 45 días o que regrese luego de haberlo abandonado.
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