ANT recuerda sanciones ante supuesta advertencia de suspensión del servicio de buses interprovinciales
El pronunciamiento de la ANT se da tras la circulación de mensajes sobre una eventual suspensión del servicio de transporte interprovincial. El gremio plantea un ajuste de tarifas.

Imagen referencial de pasajeros en la Terminal Terrestre de Carcelén, en el norte de Quito.
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Quito Informa
Autor:
redacción Primicias
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La Agencia Nacional de Tránsito (ANT) difundió un comunicado este 2 de julio de 2026 en el que recordó las sanciones vigentes por la interrupción del servicio de transporte público en Ecuador.
El pronunciamiento se da en un contexto en el que circularon mensajes atribuidos a la Federación Nacional de Cooperativas de Transporte Público de Pasajeros del Ecuador (Fenacotip), en los que se anunciaba una supuesta suspensión de operaciones.
La medida habría contemplado su inicio a las 00:00 de este 3 de julio a escala nacional; sin embargo, posteriormente habría sido descartada, según informó el canal Ecuavisa.
El medio señaló que los representantes del gremio acordaron instalar una mesa técnica con autoridades del Ministerio de Transporte y la ANT, con el objetivo de analizar un posible ajuste de tarifas.
PRIMICIAS intentó contactar a Miguel Bonilla, presidente de la Fenacotip, para confirmar la postura del gremio, pero no obtuvo respuesta.
En mayo pasado, tras el anuncio del Gobierno sobre la ampliación de compensaciones a los transportistas por el retiro del subsidio al diésel, Bonilla ya había señalado la necesidad de revisar las tarifas, aunque considerando tanto la situación económica de los usuarios como la sostenibilidad del sector.
En esa ocasión, el vocero de la Fenacotip indicó que, si no se alcanzan acuerdos con el Gobierno, una paralización del servicio público sería una opción de “último recurso”.
ANT advierte sanciones
Aunque no se ha confirmado una eventual suspensión de actividades del transporte intra e interprovincial, la ANT recordó que este tipo de acciones constituye una infracción administrativa muy grave, según la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
Esta conducta se sanciona con una multa equivalente a ocho remuneraciones básicas unificadas.
Además, la entidad puede disponer medidas cautelares como la intervención de la operadora, la suspensión de rutas o unidades, la revisión técnica extraordinaria y la reevaluación de conductores.
“De acuerdo con la gravedad de la infracción, también podrán aplicarse sanciones que incluyan la reversión de rutas y frecuencias o del título habilitante, conforme a la normativa vigente”, añadió la ANT.
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