¿Qué pasará con los USD 450 millones en carros, celulares y útiles escolares abandonados en la Aduana de Ecuador? Nueva ley define su destino
La nueva reforma al Código de Producción incluye a los carros abandonados o decomisados en Aduana dentro de los bienes que pasarán a manos del Estado. Lea un informe de todos los cambios.

Personal del Senae frena el ingreso de artículos escolares y juegos didácticos provenientes de China en el puerto de Guayaquil.
- Foto
Cuenta de X del Senae
Autor:
Actualizada:
Compartir:
El Estado podrá quedarse de forma definitiva con mercancías abandonadas, robadas, recuperadas tras un naufragio, que no salieron del país cuando debían, o productos que ingresaron por contrabando, según una reforma legal aduanera en vigencia desde el 29 de julio de 2026. Esto ocurrirá en cinco casos
Se trata de la Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico de la Producción, que incluyó artículos para resolver el problema de las mercancías que permanecen durante años almacenadas sin un destino definido, generando costos para el Estado y pérdida de valor de los bienes.
Según el asambleísta Sergio Peña, ponente de la ley, más de 12.000 contenedores ingresan cada año a régimen de abandono, valorados en unos USD 450 millones.
¿Cuándo puede el Estado quedarse con una mercancía?
Para ello, la nueva norma cambia la figura del decomiso administrativo, establecida en el artículo 123. Uno de los cambios más relevantes es que ahora ya no se necesita el dictamen de un juez, sino que ahora estos bienes pasarán al Estado solo por resolución definitiva aduanera, explicó Yael Fierro, experta en temas tributarios y aduaneros.
A continuación se detallan las cinco situaciones específicas en las que el Estado puede apropiarse de la mercancía, detallados en el artículo 123 de la reforma:
Productos abandonados o rezagados
- Cuando se desconoce quién es el propietario, quién envió la mercancía (consignante) o quién debía recibirla (consignatario), incluso si los bienes permanecen dentro de la zona primaria aduanera.
Contenedores recuperados tras un naufragio
Mercancías robadas dentro de los recintos Aduaneros y luego recuperadas
Mercancías cuyo reembarque no se realizó
- Cuando la autoridad ordenó que los bienes fueran reembarcados y regresen al país de origen y esa obligación no se cumplió dentro del plazo establecido. El decomiso no elimina el pago de las tasas por los servicios aduaneros utilizados.
Vehículos o medios de transporte que ingresaron evadiendo controles aduaneros
- Si fueron aprehendidos por ingresar al país sin pasar por los controles y, tras notificar al país del que presuntamente provienen, nadie los reclama dentro de los 90 días siguientes, podrán ser decomisados por el Estado.
Carros abandonados también pasarán al Estado
Para la experta, el principal cambio en este artículo es que se incorpora de forma expresa a los medios de transporte, como carros, que ingresen al país evadiendo los controles aduaneros.
Antes, cuando estos vehículos eran retenidos, permanecían durante años en los patios de Senae porque no existía un procedimiento claro para disponer de ellos.
Con la reforma, una vez que el vehículo es aprehendido, el Senae debe notificar al país de origen a través de la Cancillería. Si en un plazo de 90 días nadie lo reclama, el vehículo pasa legalmente a ser propiedad del Estado, que podrá subastarlo o asignarlo para uso público, explicó Fierro.
La experta considera que este cambio brinda seguridad jurídica, ya que establece un plazo definitivo para resolver la situación de los carros y evita que permanezcan abandonados en las bodegas aduaneras.
¿Qué hará el Estado con los bienes decomisados?
La reforma también cambia el destino de las mercancías que pasan a manos del Estado. Una vez que el decomiso administrativo quede en firme, la Aduana deberá dar prioridad a su entrega gratuita a instituciones públicas, incluso si ya se había iniciado un proceso de subasta.
Hay tres posibles destinos para estos productos, según la tributarista Yael Fierro:
- Entregarlas gratuitamente a entidades públicas que puedan aprovecharlas.
- Si eso no es posible, se deben venderlas en subasta y transferir los recursos a la Cuenta Única del Tesoro.
- Y, si están deterioradas o ya no tienen valor comercial, destruirlas conforme a la normativa ambiental.
La norma anterior priorizaba mantener las mercancías almacenadas hasta que terminaran todos los trámites.
Con la reforma, se espera que el Estado reduzca los costos de almacenamiento y que esos bienes pierdan valor, agregó la experta.
Los cambios se aplicarán en un plazo de hasta tres meses: dos meses para la emisión del Reglamento y un mes más para que la Aduana ajuste sus procesos.
Compartir:






