Testimonio de empleo en Ecuador: "Trabajo 10 horas al día de lunes a sábado por un salario básico y sin contrato laboral"
El empleo precario domina Ecuador. Nancy, una madre soltera, relata que trabaja de lunes a sábado, durante más de 10 horas al día, por un salario básico y bajo un contrato civil en el que ni si quiere se le pide emitir facturas por sus servicios.

Foto referencial. Personas hacen fila para una convocatoria laboral en Manta, en 2024.
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Redacción Primicias
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El empleo precario domina el mercado laboral en Ecuador. Según el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), con corte a mayo de 2026, apenas 36 de cada 100 ecuatorianos con empleo tienen un trabajo adecuado o pleno.
Eso significa que cumplen una jornada de ocho horas y reciben al menos el salario básico unificado (SBU), fijado en USD 482 para 2026. El resto de ecuatorianos se encuentra en condiciones laborales más vulnerables, como el subempleo, el empleo no pleno o el empleo no remunerado.
Entre estos trabajadores está Nancy (nombre protegido) una mujer de 36 años que pidió mantener en reserva su identidad por temor a perder el empleo en un negocio dedicado al comercio. La mujer empezó en este trabajo hace casi tres meses en Quito.
Llegó de una pequeña ciudad de la Sierra a la capital después de que su esposo abandonara el hogar y su situación cambiara por completo. Ella relata que estudió hasta el segundo semestre de Administración de Empresas, pero tuvo que dejar la universidad por problemas económicos de la familia.
Desde entonces ha trabajado en varios empleos informales, donde nunca ha recibido un salario básico completo ni la han afiliado al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).
Este es su testimonio:
"Cuando me llamaron para este trabajo sentí que, por fin, mi vida podía cambiar. Después de tantos años de empleos mal pagados y sin afiliación al IESS, pensé que había llegado la oportunidad que esperaba. Pero me equivoqué.
"Pensé que había llegado la oportunidad que esperaba. Pero me equivoqué".
Primero me hicieron una prueba de tres días sin pagarme. Había otras dos chicas postulando al mismo puesto y, cuando me dijeron que había sido elegida, me puse muy feliz. Mi horario es de 08:00 a 19:00 de lunes a sábado. Son 10 horas al día, seis días a la semana.
Empecé a trabajar emocionada, pero con los días todo cambió. Mis compañeros me contaron que nunca pagan horas extras y yo lo confirmé cuando me pagaron mi primer salario.
Lo que más me decepcionó fue que me dijeron que tampoco me iban a afiliar al IESS durante los tres primeros meses porque estaba en otro período de prueba. Solo si me quedaba me afiliarían. Sé que eso es ilegal, pero me toca seguir, al menos hasta conseguir otro trabajo. Lo hago principalmente por mis hijos, que tienen 3 y 11 años.
"Lo que más me decepcionó fue que me dijeron que tampoco me iban a afiliar al IESS".
Aquí sí me pagan el salario básico, pero no hay una fecha establecida para el pago, cada uno cobra en distintos días. A veces el jefe simplemente se olvida de pagarnos y somos nosotros quienes debemos recordarle que ya trabajamos un mes para que nos cancele.
En el local hago de todo: atiendo clientes, peso y despacho productos, cobro en caja, limpio el establecimiento, organizo la bodega y también cargo bultos.
Después de varias semanas de trabajo, todavía en esa supuesta etapa de prueba, me hicieron firmar un contrato civil de prestación de servicios, pero no es un contrato en el que me pidan que emita facturas.
El documento dice que presto mis servicios 'de manera autónoma e independiente' y que no existe relación de dependencia.
Aunque no entiendo muy bien todo lo que implica un contrato civil, lo firmé porque necesito el trabajo. Lo que sí tengo claro es que no tengo derecho a beneficios laborales como décimos, fondos de reserva o utilidades. Además, el contrato incluye una cláusula que contempla un descuento de USD 25 por inasistencia injustificada.
"No tengo derecho a beneficios laborales como décimos, fondos de reserva o utilidades"
Espero que cuando cumpla los tres meses de prueba me hagan firmar el contrato laboral que me dijeron.
Por ahora, sigo aquí, yo tengo dos hijos y no puedo quedarme sin empleo. Unos familiares los cuidan, pero sé que no podrán hacerlo gratis para siempre".
Diferencias entre contrato laboral y contrato civil
Omar Vaca, docente de Business School de la UIDE, explicó que la principal diferencia entre un contrato laboral y uno civil de prestación de servicios es la existencia de una relación de dependencia.
En un contrato laboral, el trabajador está subordinado al empleador, es decir tiene un jefe, debe cumplir un horario, recibe una remuneración mediante rol de pagos y tiene afiliación obligatoria al IESS, además de acceder a beneficios como décimos, vacaciones y otros derechos laborales.
En cambio, en un contrato civil de prestación de servicios no hay un jefe. El profesional tiene autonomía para organizar su trabajo, cobra mediante factura por honorarios y puede prestar servicios a varios clientes al mismo tiempo.
De ahí que en el caso de Nancy, al estar con un contrato civil, sí debería estar emitiendo facturas a la empresa que la contrató por sus servicios.
Esto significa que hay una irregularidad en su relación laboral.
¿Cuándo un contrato de servicios puede ocultar una relación laboral?
El experto explica que si una persona tiene un horario fijo, recibe órdenes de un jefe, cumple funciones permanentes dentro de la empresa y está sujeta a controles, en la práctica existe una relación de dependencia, aunque haya firmado un contrato civil de prestación de servicios.
En esos casos, el empleador debería afiliar al trabajador al IESS y cumplir con todas las obligaciones previstas en el Código del Trabajo. Mantener a un empleado bajo un contrato civil para evitar esos deberes puede derivar en sanciones y multas, que pueden ir desde USD 50 hasta 20 SBU, USD 9.640 para 2026.
¿Qué puede hacer el trabajador?
La recomendación inicial, agrega el docente universitario, es dialogar con el departamento de Talento Humano o con el empleador para solicitar la regularización de su situación. Si no obtiene una respuesta, el trabajador puede presentar una denuncia ante el Ministerio del Trabajo para que la empresa sea inspeccionada.
El especialista señala que siempre es preferible intentar resolver el problema mediante el diálogo antes de acudir a instancias legales, aunque reconoce que muchos trabajadores aceptan estas condiciones por la escasez de empleo.
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