¿Cómo funcionará Jóvenes en Acción en su tercera etapa? Esto dice nuevo decreto de Noboa
El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, expide el Decreto Ejecutivo sobre el funcionamiento del programa Jóvenes en Acción, a un día de que termine el plazo para las inscripciones.

Jóvenes hacen fila para ingresar a una feria de empleo en la Universidad de Guayaquil, el 5 de julio de 2025. Imagen referencial.
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El presidente Daniel Noboa expidió este 30 de junio de 2026 el Decreto Ejecutivo 435 en el que detalla el funcionamiento de Jóvenes en Acción, al filo de que venza el plazo para las inscripciones en este programa enfocado en el empleo juvenil.
En el documento se dispone que el Ministerio de Finanzas entregue a la cartera de Desarrollo Humano los recursos necesarios para la transferencia monetaria a los beneficiarios, un monto que asciende a los USD 400 al mes, por un período de tres meses, para un total de USD 1.200.
El programa se lanzó en noviembre de 2024 y hasta ahora han participado cerca de 155.000 personas, en dos ediciones. Para la tercera fase, que arrancará el próximo 1 de julio, el Gobierno ha anunciado que integrará a 150.000 beneficiarios. La inversión será de USD 180 millones.
El Decreto Ejecutivo 435 especifica que el programa consiste en "una transferencia monetaria mensual de carácter temporal, dirigida a los ecuatorianos comprendidos entre los 18 y 29 años 11 meses de edad, con el propósito de contribuir al fortalecimiento de sus capacidades, promover su participación activa y fortalecer el desarrollo socioeconómico de la población joven del Ecuador".
Añade que las transferencias se harán directamente a la cuenta bancaria del beneficiario.
Mientras que el primer pago depende del registro y la vinculación , el segundo y tercer desembolso están estrictamente condicionados a la verificación del cumplimiento de las actividades asignadas. Si se detecta que el joven deja de cumplir los requisitos, quedará excluido de inmediato
Beneficiarios y requisitos de elegibilidad
Para acceder al beneficio, los jóvenes deben haberse registrado del 16 al 30 de junio de 2026 y cumplir con las siguientes condiciones:
- Tener entre 18 años y 29 años con 11 meses de edad al momento del registro.
- Estar en situación de pobreza o extrema pobreza según el Registro Social.
- No contar con seguridad social contributiva.
- No recibir otra transferencia monetaria regular del Ministerio de Desarrollo Humano (salvo bonos de contingencia por desastres naturales).
- No haber sido beneficiario del programa en su primer o segundo período.
- Poseer una cuenta en el sistema financiero nacional y cumplir con las capacitaciones del proyecto.
Asignación de cupos
Según el Decreto 435, las entidades encargadas de coordinar y definir las actividades para los jóvenes son el Ministerio de Infraestructura y Transporte, el Ministerio de Salud Pública, el Ministerio de Educación, Deporte y Cultura, y la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos.
La selección final estará limitada a la capacidad de vinculación de cada ministerio. En caso de que la demanda supere los cupos, se priorizará a los jóvenes con los índices más bajos en el Registro Social (mayor vulnerabilidad).
Como complemento integral, precisa, se implementarán espacios gratuitos enfocados en brindar herramientas para el fortalecimiento de habilidades laborales, el empleo y la autonomía económica de la juventud.
El presidente Daniel Noboa expidió el Decreto Ejecutivo 435 desde Paraguay, a donde viajó para participar de la cumbre de Mercosur.
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