Declaración y pago del ISD se realiza en abril de 2026, cuál es la base imponible y cómo hacer el trámite
Conozca cuál es la base imponible para pagar el ISD o Impuesto a la Salida de Divisas en consumos de tarjetas de crédito y débito realizados en el exterior.

Imagen referencial de una persona con una factura y tarjetas de crédito en sus manos.
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Una de las obligaciones tributarias que se deben cumplir en Ecuador entre el 10 y el 28 de abril de 2026 es el pago del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD).
Se trata de un impuesto que deben pagar quienes sacan dólares de Ecuador, ya sea billetes físicos en viajes o a través de envío de remesas, así como en compras con tarjetas de crédito o débito en el exterior, o en tiendas virtuales, como Uber, Netflix, Spotify, con sede en el exterior.
A través de un decreto ejecutivo, se dispuso una tarifa diferenciada del ISD, con montos exentos en ciertas categorías atados al Salario Básico Unificado (SBU) de USD 482.
Esto es lo que debe saber del pago del ISD en 2026, según el Servicio de Rentas Internas (SRI):
¿Quiénes realizan el pago del ISD?
- Todas las personas naturales y sociedades privadas, nacionales y extranjeras que realicen transferencias, envíos y traslados de dinero
- Las empresas de courier que envíen divisas al exterior por orden de sus clientes
¿Sobre qué se paga?
- Todas las operaciones y transacciones monetarias que se realicen al exterior
- Transacciones sobre el sistema financiero o pagos con tarjetas de crédito o débito
- En el caso de las tarjetas de crédito o débito se incluyen los pagos por compras en línea en tiendas o servicios de empresas extranjeras como Amazon, Netflix, Spotify, Uber, entre otras.
¿A partir de qué monto debe pagar el ISD? Para 2026, la tarifa del ISD es del 5%.
- En el traslado de divisas o cuando saca dinero del país, hay un monto exento equivalente a tres salarios básicos unificados o USD 1.446. Quienes traspasen esta base imponible, deben pagar el ISD.
- Por uso de tarjetas de crédito o de débito, el valor exento en 2026 quedó estipulado en USD 5.188,26.
- Los emisores de dichas tarjetas de crédito o débito deberán verificar que los consumos o retiros se realizaron en el exterior y que estos no superen, en su conjunto, el monto máximo anual exento permitido.
¿Cómo realizar el pago del ISD?
- Ingresar al portal del SRI en línea, con su usuario y clave
- Escoger la opción de formulario múltiple de pagos o código 4580, para cancelar los montos no declarados del ISD
- Completar el documento y enviar su declaración a través del sistema
¿Cuál es el plazo máximo para pagar el ISD?
- En el caso de quienes sacan dólares de Ecuador y superan las bases, la declaración del ISD se realiza en los puntos de control de Aduana y el pago es en ventanillas de la entidad.
- En el caso de las tarjetas de crédito o débito, los bancos actúan como agentes de retención y el pago se cubre en las cuotas o se descuentan de forma automática.
- Si una persona natural o sociedad supera el monto exento anual en las tarjetas de crédito, deberá hacer la declaración de acuerdo con el noveno dígito de la cédula entre el 10 y el 28 de abril.
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