Panamá sale del listado de paraísos fiscales de Ecuador: Estos son los cambios para quienes han invertido en ese país
Ahora, el SRI contará con más información sobre los patrimonios no declarados de los ecuatorianos en Panamá, con lo que se esperarían sanciones.

Vista panorámica del Canal de Panamá, archivo.
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Sitio web Canal de Panamá.
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Con la salida de Panamá, en el listado de paraísos fiscales de Ecuador aún quedan 78 países o jurisdicciones consideradas como tal.
Panamá salió de la lista luego de que el Servicio de Rentas Internas (SRI) de Ecuador y la Dirección General de Ingresos de Panamá firmaron un acuerdo de intercambio de información tributaria el pasado 14 de agosto de 2025.
Hoy la mayoría de paraísos fiscales que quedan están en zonas de El Caribe y América Central, en islas del Pacífico y Oceanía, así como en algunos países de Europa e incluso en África y Asia.
Así, siguen en la lista, por ejemplo Puerto Rico, Bahamas, Curazao, Islas Caimán, Islas Vírgenes Británicas, Albania, Armenia, Hong Kong, entre otros, como muestra la tabla:
Qué implica que un país salga del listado
¿Pero qué significa que un país sea considerado paraíso fiscal por Ecuador y que luego salga del listado?
Según el SRI, los paraísos fiscales son países o territorios donde se aplican impuestos muy bajos o inexistentes. Y, añade, esto abriría la puerta para simular operaciones y evadir o eludir obligaciones, debilitando la recaudación de impuestos en Ecuador.
De ahí que la ley de Ecuador establece varios "castigos" para esos países.
Por ejemplo, cuando una empresa ecuatoriana tiene que pagar alguna factura a una empresa en un paraíso fiscal, la ley dispone que la compañía ecuatoriana retenga el 37% del monto de la factura y no el 25%, como ocurre con empresas en otros países, explica la abogada tributaria Yael Fierro.
Además, las empresas ecuatorianas que tienen accionistas domiciliados en paraísos fiscales pagan una tarifa de Impuesto a la Renta de 28%; es decir tres puntos más que el resto de empresas.
¿Por qué Panamá era considerado paraíso fiscal?
La Ley de Régimen Tributario Interno establece que se consideran paraísos fiscales aquellos regímenes o jurisdicciones en los que se cumplan al menos dos de las siguientes condiciones:
Tener una tasa efectiva de Impuesto a la Renta inferior a 15%, o que dicha tarifa sea desconocida.
Permitir que el ejercicio de actividades económicas, financieras, productivas o comerciales no se desarrolle sustancialmente dentro de la respectiva jurisdicción.
Ausencia de un efectivo intercambio de información conforme estándares internacionales de transparencia, tales como la disponibilidad y el acceso a información por parte de las autoridades competentes sobre la propiedad de las sociedades.
El abogado tributario José María Espinosa, explica que Panamá ya no cumple la condición 2.
Y, con la firma del acuerdo del 14 de agosto, Panamá ya no cumple con la condición tres del listado, añade.
La vocera de Gobierno, Carolina Jaramillo, dijo el pasado 18 de agosto, que la decisión se tomó luego de un riguroso análisis técnico y destacó que hay importantes oportunidades para que la relación con Panamá se fortalezca, porque está en camino la firma de un acuerdo comercial.
¿Qué cambia para las empresas?
Ahora que ya no es paraíso fiscal, las empresas ecuatorianas que tengan personas naturales como accionistas domiciliados en Panamá no pagarán Impuesto a la Renta de 28%, sino de 25%, explica Fierro.
Pero hay otros cambios que dependerán del tipo de empresa, aclara la especialista tributaria.
Es que Panamá tiene una tasa de Impuesto a la Renta para empresas que va desde 0% hasta 25%, pues hay exoneraciones y casos especiales en los que organizaciones todavía pagan Impuesto a la Renta menor a 15%, explica Fierro.
De ahí que, cada vez que una empresa ecuatoriana realice un pago a Panamá por algún servicio o bien, se deberá identificar primero qué tarifa de Impuesto a la Renta paga la empresa panameña, para que se libre de los "castigos", dice Fierro.
Igual, en el caso de empresas panameñas que figuren como accionistas de empresas ecuatorianas, se deberá hacer el mismo análisis.
El economista Gonzalo Cucalón menciona que este beneficio es importante porque hay muchas empresas exportadoras de productos estrella ecuatorianos, como banano y camarón, que trabajan con empresas de trading en Panamá, porque por su ubicación, y por ser un hub financiero, resulta más ágil hacer pagos desde ese país a China y otros mercados grandes.
¿Qué cambiará con el intercambio de información?
El camino de Panamá para ser más transparente con la información de los extranjeros que tienen bienes ahí comenzó hace tres años. En abril de 2022, Panamá incluyó a Ecuador entre los 71 países con los que compartiría información financiera con fines fiscales.
Y otro paso importante para transparentar la información de bienes de ecuatorianos en Panamá se dio en 2022, cuando el Gobierno del entonces presidente Guillermo Lasso implementó el Régimen de Regularización de Activos en el Exterior.
El Gobierno buscaba que, por voluntad propia, quienes tuvieran bienes en el exterior, los declararan y pagaran Impuesto a la Renta en Ecuador y para eso puso incentivos, que era una tarifa de impuesto más baja y sin multas, intereses ni recargos.
Así, en 2022 se declararon USD 1.874 millones en activos en el exterior, el 11% estaba en Panamá.
Fierro explica que con el nuevo acuerdo firmado en agosto de 2025, el intercambio de información entre los dos países será automática y más amplia.
Fierro añade que, con esto, ya no hará falta que Ecuador haga pedidos formales o específicos de información. Ahora, la autoridad financiera de Panamá informará a Ecuador, a través de sistemas automatizados, los bancos en los que ecuatorianos tienen cuentas o inversiones, por ejemplo.
Además, el registro de la propiedad entregará información de ecuatorianos propietarios de bienes como casas o departamentos y el Registro Mercantil entregará el listado de los ecuatorianos que figuren como socios, accionistas o beneficiarios de fideicomisos de empresas panameñas, añade Fierro.
Con esta información, un primer efecto es que el SRI identificará a los contribuyentes que no hayan declarado sus patrimonios en el exterior.
En Ecuador, las personas que tienen activos en el país o en el exterior que sumen más de 20 fracciones básicas desgravadas (USD 241.620 en 2025) deben presentar su declaración patrimonial ante el SRI.
Y, en el caso de una sociedad conyugal o unión de hecho, quienes tengan patrimonios de más de 40 fracciones básicas desgravadas (USD 483.240.00 en 2025) deben hacer su declaración patrimonial.
Una vez que el SRI conozca esa información patrimonial no declarada, identificará qué impuestos debió pagar el contribuyente, con lo que vendrían incluso procesos de control que podrían terminar en acciones legales, porque la evasión tributaria es un delito.
"El SRI podrá calcular todos los rendimientos que se han generado, por ejemplo, en las inversiones en bancos, que debieron ser considerados como ingresos gravados de Impuesto a la Renta. Con eso, cobrará no solo cobrar el impuesto, sino también los intereses por mora, multas y un recargo de 20%", añade Fierro.
Además, en el caso de quienes tengan acciones en empresas en Panamá y no lo hayan declarado, el SRI podría cobrar el Impuesto Único a la Compra y Venta de Acciones, también añadiendo los intereses, las multas y el recargo de 20%.
Un tercer caso tiene que ver con el Impuesto a la Salida de Divisas (ISD), pues si un ecuatoriano compró bienes en Panamá, se presume que sacó dinero de Ecuador para hacer esa transacción, con lo que debió pagar el ISD. El SRI también calculará el impuesto que debió haber pagado el contribuyente, las multas, intereses y recargo de 20%, explica Fierro.
No obstante, Fierro recuerda que quienes no hayan pagado esos impuestos, tienen oportunidad de enmendar el error sin pagar las multas, intereses y recargos, debido a que está vigente una remisión tributaria, dispuesta en la Ley de Integridad Pública.
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