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Economía

ABC de la contribución especial en materia de patrimonio

Las personas con altos patrimonios que deben pagar al Estado una contribución especial en 2022 accederán a un descuento.

Atención a contribuyentes en la agencia del SRI en la calle Salinas, norte de Quito, el 8 de diciembre de 2021.

Atención a contribuyentes en la agencia del SRI en la calle Salinas, norte de Quito, el 8 de diciembre de 2021.

SRI

Autor:

Mónica Orozco

Actualizada:

30 dic 2021 - 11:50

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El reglamento de la reforma tributaria establece un descuento especial para los contribuyentes con altos patrimonios que deben pagar una contribución única en 2022, y que cumplan a tiempo con sus obligaciones tributarias.

La normativa también aclara las deducciones, los procesos de pago y la declaración de este aporte, que es de entre el 1% y el 1,5% del patrimonio declarado el primero de enero de 2021.

La contribución recaerá sobre 5.227 personas con patrimonios individuales de USD 1 millón en adelante y para sociedades conyugales con un patrimonio de USD 2 millones en adelante, según el Servicio de Rentas Internas (SRI).

A. Residentes y no residentes

En el caso de residentes fiscales en Ecuador, la contribución se calculará y será pagada sobre el patrimonio declarado.

Un residente fiscal es aquella persona que haya permanecido en el país más de 183 días, que viviendo en el exterior la mayor fuente de sus ingresos la haya obtenido en Ecuador o que su núcleo familiar viva en el país.

Esa definición también consta en el reglamento de la reforma tributaria, explica Javier Bustos, catedrático de Tributación de la Universidad de Especialidades Espíritu Santo (UESS).

Y para el resto, considerados no residentes fiscales en el país, el pago y cálculo del aporte será sobre los bienes y activos ubicados en Ecuador.

B. Incentivos y descuentos

Un aspecto nuevo que establece el reglamento es un mecanismo de incentivo y descuento para aquellos los 'buenos contribuyentes', es decir, aquellos que declaran y pagan a tiempo el Impuesto a la Renta.

Las personas naturales con alto patrimonio sujetas al pago podrán descontarse de la base imponible para el cálculo de la contribución un monto equivalente al 5% del promedio de su Impuesto a la Renta causado de los ejercicios fiscales de 2018, 2019 y 2020.

Ese descuento no podrá superar el 5% del valor total de la contribución a pagar.

Por ejemplo, si una persona tuviera que contribuir USD 40.000, el máximo a descontar de la base imponible (es decir, del monto del patrimonio) será USD 2.000.

Para ello, el contribuyente deberá cumplir con dos condiciones:

  • La persona deberá haber cumplido con su declaración patrimonial en 2018, 2019 y 2020.
  • Haber declarado y pagado oportunamente su Impuesto a la Renta en 2018, 2019 y 2020.

C. Deducciones

Según el reglamento no se considerarán para el cálculo de la contribución cuatro bienes o activos:

  • Las acciones que posea una persona en una empresa que haya realizado el pago de la contribución temporal para las grandes compañías. La deducción no tiene límite.
  • Propiedades que tengan bosques primarios y zonas de diversidad ecológica que, por preservación y conservación ambiental, cuentan con limitaciones para su
    explotación y la generación de ingresos. La deducción no tiene límite.
  • El valor patrimonial de la primera vivienda.
  • Tierras agrícolas improductivas.

La deducción de la primera vivienda y de las tierras agrícolas improductivas será de máximo USD 200.000.

Para el caso de la sociedad conyugal, ese descuento deberá prorratearse (dividirse de forma proporcional) entre los cónyuges.

D. Cómo se declara

Las personas que tengan sociedad conyugal o unión de hecho con un patrimonio común, igual o mayor a USD 2 millones, deberán presentar una declaración individual.

En el documento tributario cada cónyuge incluirá la porción patrimonial que le corresponda.

E. Plazo y pago

De acuerdo con el reglamento de la reforma tributaria, el aporte de las personas con altos patrimonios debe realizarse hasta el 31 de marzo de 2022. El pago es por una sola vez.

La Ley de Desarrollo Económico establece que los contribuyentes podrán acceder a planes de pago de hasta seis meses.

  • #Ecuador
  • #reforma tributaria
  • #empresas
  • #patrimonio
  • #reglamento
  • #Ley de Desarrollo Económico

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