Sábado, 27 de abril de 2024

¿Pueden los viajeros traer televisores como artículo personal por vía terrestre?

Autor:

Evelyn Tapia

Actualizada:

20 Sep 2023 - 11:35

Los viajeros por vía terrestre tienen más restricciones para ingresar artículos tecnológicos, porque Aduana quiere reducir riesgos contrabando.

Dos viajeras en la frontera terrestre entre Ecuador y Perú, en julio de 2023.

Autor: Evelyn Tapia

Actualizada:

20 Sep 2023 - 11:35

Dos viajeras en la frontera terrestre entre Ecuador y Perú, en julio de 2023. - Foto: Cortesía Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

Los viajeros por vía terrestre tienen más restricciones para ingresar artículos tecnológicos, porque Aduana quiere reducir riesgos contrabando.

Por ahora, el Servicio Nacional de Aduana de Ecuador (Senae) ha decidido mantener sin cambios el listado de artículos personales que se puede traer vía terrestre al país sin pagar impuesto.

Según el director de la Aduana, Ralph Suástegui, el aumento de cupos para traer más productos por vía aérea, que rige desde el 15 de septiembre de 2023, fue factible porque por vía aérea hay menos problemas de contrabando.

En cambio, el contrabando por tierra tiene mucha más fuerza y es un problema que la autoridad aduanera está combatiendo, dijo Suástegui.

Es por eso que el listado de artículos que se pueden traer por tierra es más limitado que el de los objetos que se pueden traer por avión.

Por ejemplo, Aduana especifica que no se puede traer por tierra a Ecuador ningún tipo de televisor sin pagar impuestos. En cambio, por vía aérea se permite traer televisores de hasta 60 pulgadas.

Aduana todavía está analizando si es factible hacer actualizaciones al listado de artículos que pueden ingresar los viajeros por vía terrestre, sin pagar impuestos, añadió el director de la entidad.

Si va a ingresar a Ecuador por la frontera norte (con Colombia) o sur (con Perú), estos son los bienes que puede traer al país como artículos personales sin pagar impuestos:

Acceso de tecnología es limitado por vía terrestre

A diferencia de la lista de vía aérea, en donde se permite traer un artículo nuevo y uno usado, por vía terrestre solo se puede traer un artículo usado de los que están en el siguiente listado:

  • Cámara fotográfica y/o filmadora.
  • Teléfono celular o satelital.
  • Agenda electrónica u ordenador personal en tableta (tablet).
  • Equipo de posicionamiento global portátil (GPS).
  • Computador portátil (laptop) y sus periféricos (mouse, audífonos, cámaras, teclado y similares).
  • Calculadora electrónica.

No se incluye televisores, monitores, drones, ni relojes inteligentes, como sí ocurre en el listado de artículos permitidos vía aérea.

Más artículos personales puede traer vía terrestre

Estos son los artículos personales que Aduana permite ingresar por tierra sin pagar impuestos:

  • Prendas de vestir, para uso personal.
  • Artículos de tocador y elementos de aseo personal.
  • Joyas, bisutería, adornos personales y adornos para el hogar, en cantidades no comerciales.
  • Libros, revistas, material fotográfico y documentos impresos o manuscritos;
  • Alimentos procesados, debidamente sellados o empacados al vacío que acompañen al viajero y su grupo familiar, en cantidades no comerciales, según lo establecen los tratados y convenios internacionales.
  • Alimentos y artículos para niños que acompañen al viajero.
  • Bienes de uso profesional, herramientas y equipos necesarios para el desempeño de funciones o actividades laborales.
  • Vestuario de artistas, compañías de teatro, circos o similares.
  • Medicamentos de uso personal. Para el caso de medicamentos que contengan sustancias psicotrópicas deberán estar acompañados con su respectiva prescripción médica.
  • Ayudas técnicas para los viajeros con capacidades especiales, tales como: sillas de ruedas, muletas, aparatos ortopédicos y similares en cantidades exclusivas para su uso personal.
  • Un medidor de presión arterial, de temperatura y/o de glucosa, que porten consigo los viajeros.
  • Equipo de acampar.
  • Maletas, bolsos u otros que sirvan para transportar equipaje.
  • Unidades de almacenamiento de video, música o datos que puedan ser transportados normalmente por una persona.
  • Máximo 2 animales domésticos vivos como mascota.
  • Máximo 2 instrumentos musicales y/o sus respectivos accesorios.
  • Artículos deportivos y sus accesorios.
  • Juguetes y sus accesorios, que puedan ser transportados por una persona.
  • Tres cajetillas de cigarrillos.
  • Utensilios de cocina, siempre y cuando no sean eléctricos, que puedan ser transportados por una persona.
  • Tres aparatos de cocina eléctricos portátiles.
  • Instrumentos portátiles utilizados para jardinería.