Viernes, 29 de marzo de 2024

Sube empleo pleno, pero no todos reciben décimos ni están asegurados

Autor:

Mónica Orozco

Actualizada:

4 Jul 2022 - 0:04

En Ecuador, 23 de cada 100 trabajadores no reciben los beneficios de Ley ni están asegurados, pese a tener un empleo adecuado donde ganan, al menos, el salario básico y laboran 40 horas a la semana.

Personas caminan en las calles del Centro Histórico de Cuenca, el 28 de abril de 2022.

Autor: Mónica Orozco

Actualizada:

4 Jul 2022 - 0:04

Personas caminan en las calles del Centro Histórico de Cuenca, el 28 de abril de 2022. - Foto: API

En Ecuador, 23 de cada 100 trabajadores no reciben los beneficios de Ley ni están asegurados, pese a tener un empleo adecuado donde ganan, al menos, el salario básico y laboran 40 horas a la semana.

Que una persona tenga un empleo adecuado o pleno no significa necesariamente que acceda a todos los beneficios legales o al aseguramiento.

Las razones que explican esa realidad van desde la falta de cumplimiento de la ley hasta el aumento de trabajadores independientes o autónomos.

El Instituto Nacional de Estadística y Censos (Inec) clasifica en el empleo pleno a quienes ganan, al menos, el salario básico, que es de USD 425 al mes, y laboran 40 horas semanales.

En el país, alrededor de 2,8 millones de personas tenían un empleo adecuado o pleno en mayo de 2022. Frente a igual mes de 2021, significa un incremento de 274.000 trabajadores.

Pero en mayo de 2022, 23 de cada 100 personas con empleo pleno no reciben vacaciones.

Sin décimos

De igual modo, un 23% de personas con empleo adecuado tampoco accede al decimotercero y decimotercera remuneración.

Estos beneficios son un derecho para los trabajadores que están en relación de dependencia.

Y, 23 de cada 100 personas con empleo adecuado no tiene seguro social.

Más trabajadores autónomos

Hay factores que explican que no todos quienes tienen empleo adecuado cuenten con los beneficios de Ley.

Una de las causas es que en el país el aseguramiento no es obligatorio para las personas sin relación de dependencia, sino solo voluntario.

De hecho, la Corte Constitucional publicó en 2005 una resolución en la que echó abajo la obligatoriedad de afiliación para trabajadores independientes, que constaba en la Ley de Seguridad Social.

El argumento fue que no puede ser obligatorio un derecho que debe ser garantizado por el Estado, explica Patricia Borja, experta en seguridad social.

En el Ecuador, 25 de cada 100 trabajadores con empleo pleno son independientes, autónomos o por cuenta propia a mayo de 2022, según el INEC.

Es un número mayor frente a mayo de 2021, cuando eran 21 de cada 100 personas.

Los décimos y vacaciones también son derechos de los asalariados o trabajadores en relación de dependencia

Más barreras

Existen otras barreras que impiden que más trabajadores independientes se afilien al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).

Lo dice un estudio de abril de 2022 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Según ese informe, esta población no tiene ingresos fijos, pero debe pagar una tasa de aportación al IESS sobre el salario básico.

La normativa en Ecuador obliga a los trabajadores independientes "a pagar la totalidad de las tasas de contribución, sin ningún subsidio estatal o similar", apunta la OIT.

Según ese mismo estudio de la OIT, un 28% de trabajadores independientes en Ecuador considera que la tasa de aporte al IESS es costosa.

Otras barreras para la afiliación de trabajadores independientes son que no existe confianza en la calidad de los servicios que presta el IESS ni incentivos para asegurarse, dice Borja.

"Hay profesionales en libre ejercicio que, pese a tener los recursos para afiliarse, no lo hacen, porque no ven un beneficio. Hay corrupción e ineficiencia en los servicios del IESS. Hace falta fortalecer el sistema y promover la afiliación", añade Borja.

La OIT agrega que el Estado podría diseñar una tasa de aporte al IESS progresiva y flexible, que considere que los trabajadores independientes tienen ingresos mensuales variables.

¿Falta control?

Para Vanessa Velásquez, abogada laboral, se debe considerar que los décimos son derechos que adquieren desde el primer día, pero el decimocuarto o bono escolar se paga en marzo (Costa e Insular) y agosto (Sierra y Amazonía); y el decimotercero, en diciembre. El trabajador puede pedir el pago mensualizado de estos beneficios.

Por lo que puede existir población que aún no cobra el beneficio.

Sin embargo, dice Velásquez, también deben mejorar los controles a los empleadores por parte del Estado, pues existen patronos que no afilian a sus trabajadores ni pagan los décimos.

El artículo 244 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) sanciona con cárcel de tres a siete días al empleador que no afilie a sus trabajadores al IESS dentro de 30 días, contados a partir del primer día de labores.