Viernes, 03 de mayo de 2024

IESS: ¿Cómo pedir la extensión de cobertura de salud para cónyuges?

Autor:

Redacción Primicias

Actualizada:

17 Sep 2023 - 7:00

Los cónyuges de afiliados y jubilados pueden acceder a coberturas de salud por enfermedad o maternidad. Este es un paso a paso de cómo hacerlo.

Atención médica domiciliaria de parte de una funcionaria del IESS a una mujer embarazada. Foto de archivo del 2020.

Autor: Redacción Primicias

Actualizada:

17 Sep 2023 - 7:00

Atención médica domiciliaria de parte de una funcionaria del IESS a una mujer embarazada. Foto de archivo del 2020. - Foto: Cuenta de Twitter en X.

Los cónyuges de afiliados y jubilados pueden acceder a coberturas de salud por enfermedad o maternidad. Este es un paso a paso de cómo hacerlo.

Los beneficiarios de la extensión de cobertura de salud del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) para cónyuges de afiliados o jubilados viene aumentando.

Para julio de 2023, había 77.199 cónyuges con acceso al servicio de salud, lo que muestra un crecimiento de 18% con relación a igual mes de julio de 2021, de acuerdo con estadísticas del IESS.

Esta cobertura se financia con el aporte del afiliado o jubilado. Para afiliados, corresponde al 3,41% de su base de aportación, equivalente a la remuneración mensual.

Por su parte, los pensionistas del Seguro General y Riesgos del Trabajo deben cotizar con un aporte de 4,15% de su pensión o renta mensual.

¿Qué cubre y qué no?

Las prestaciones a las que pueden acceder los cónyuges o convivientes con derecho son:

  • Fomento y promoción de la salud.
  • Prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades no profesionales.
  • Recuperación y rehabilitación de la salud individual.
  •  Cobertura por maternidad, lo que comprende la protección del embarazo, parto y posparto, siempre que se registren 12 aportaciones consecutivas e ininterrumpidas antes del parto.
  • Medicinas.

La extensión de cobertura del servicio de salud no cubre subsidios monetarios de enfermedad y maternidad ni riesgos del trabajo.

El trámite para hacer la solicitud de extensión de cobertura de salud para cónyuges y convivientes con derecho de afiliados o jubilados, se hace línea.

Estos son los pasos a seguir:

  • Registro del dependiente

    El primer paso para acceder a este beneficio es el registro del cónyuge o conviviente como dependiente, el cual puede hacerse en línea:

      • Ingrese al portal www.iess.gob.ec, opción Trámites virtuales: Afiliado. En caso de ser pensionista, también debe marcar la opción Afiliado para hacer el trámite.

      • Diríjase a Historia Laboral, digite su número de cédula y clave. Se desplegará un menú, elija la opción Información, seleccione Registro de Dependiente (s).

      • Escoja Agregar dependiente y llene los datos solicitados por el sistema. Si ya se encuentra registrado, no duplique el registro.

  • Una vez realizado el registro, los afiliados y jubilados deben hacer la solicitud de extensión de salud en la página web del IESS, de esta manera:

      • Ingrese al portal www.iess.gob.ec, dirigirse a Trámites virtuales: Asegurados - Afiliados. En caso de ser pensionista también debe ingresar a la sección de Afiliados.

      • Dar clic en Extensión de Salud, e ingresar clave y contraseña.

      • Se desplegará un menú, en el que deberá elegir la opción Extensión de Cobertura de Salud para Cónyuges/Hijos.

      • Si cumple con los requisitos, precalifica la solicitud. Dar clic en enviar e imprimir.

  • Una vez aprobada la solicitud, el IESS procede con el descuento de la prima al afiliado o jubilado. Para acceder a la cobertura de salud, el cónyuge deberá esperar tres meses de aportes consecutivos.

    En caso de maternidad, debe haber 12 meses de aportes consecutivos e ininterrumpidos.

    Solo en caso de emergencia, el cónyuge o conviviente tiene derecho a recibir atención médica desde el primer día de aprobada la solicitud.