Sábado, 20 de abril de 2024

Los patrimonios en el exterior pagarán un impuesto único

Autor:

Mónica Orozco

Actualizada:

11 Nov 2021 - 10:33

El proyecto de reforma tributaria prevé recaudar USD 200 millones de residentes en Ecuador, locales y extranjeros, que no han declarado aún sus patrimonios en el exterior.

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Autor: Mónica Orozco

Actualizada:

11 Nov 2021 - 10:33

La Comisión de Desarrollo Económico, en sesión de este 10 de noviembre de 2021. - Foto: Asamblea

El proyecto de reforma tributaria prevé recaudar USD 200 millones de residentes en Ecuador, locales y extranjeros, que no han declarado aún sus patrimonios en el exterior.

Con la reforma tributaria, el Gobierno busca recaudar USD 200 millones de los residentes en Ecuador que no han declarado sus patrimonios en el exterior.

Las personas con patrimonios individuales superiores a USD 225.000 y en sociedad conyugal de más de USD 450.000 deben declarar cada año estos bienes y activos al Servicio de Rentas Internas (SRI).

En ese documento, los contribuyentes están llamados a incluir todos sus bienes y activos, pero no siempre detallan los patrimonios que tienen fuera del país, lo cual está sujeto a sanciones.

El proyecto de reforma tributaria, en análisis en la Asamblea, permite que las personas que hayan omitido esta información puedan hacer una declaración sustitutiva para incorporar esos bienes.

Para poder realizar el trámite, los contribuyentes deberán pagar un impuesto único.

Quienes opten por el mecanismo, que es voluntario, no estarán sujetos a multas, pero solo podrán acogerse a esta suerte de "amnistía" hasta el 31 de diciembre de 2022.

El patrimonio que las personas tienen que declarar incluye el dinero, las acciones, los inmuebles, las inversiones y los fondos en el exterior.

El mecanismo de pago

El impuesto, que se pagará por una sola vez, va del 3,5% al 5,5% sobre los activos de los contribuyentes en el exterior.

La norma no obliga a los residentes en Ecuador a repatriar sus activos, pero el tributarista René Sánchez cree que la Asamblea podría incluir incentivos para que lo hagan.

Durante la pasada administración, del gobierno de Lenín Moreno, se intentó introducir este tributo.

Ese primer intento se hundió al ser parte del proyecto de Ley de Crecimiento Económico en 2019, que fue archivado por la Asamblea.

¿Y los activos de dudosa procedencia?

En la actual reforma tributaria se corrigieron vacíos, dice Sánchez, para evitar que el pago de este impuesto sea utilizado como mecanismo para blanquear bienes producto de la corrupción o del lavado de activos.

Por ello, la iniciativa de reforma tributaria señala que no podrán acogerse a este beneficio cuatro tipos de contribuyentes:

  • Las personas con sentencia por delitos económicos, en contra del régimen de desarrollo económico y la administración pública o aduanera.
  • Los funcionarios públicos, incluidos sus cónyuges, parejas de hecho o familiares hasta el segundo grado de consanguinidad y segundo de afinidad. Tampoco los servidores estatales con participación accionaria mayor al 10% en empresas.
  • Las personas con activos en países catalogados como de alto riesgo por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
  • Los contribuyentes con rentas o ingresos en litigio ante las autoridades judiciales

La tarifa para declaración de activos en el extranjero es la más baja entre cinco países de la región, según el Ministerio de Finanzas.

¿Qué pasa si no declaran?

Si un contribuyente no se acoge al beneficio tributario para declarar sus activos en el exterior, el Servicio de Rentas Internas (SRI) podrá imponerle multas y sanciones.

Los bienes y activos en el exterior no declarados serán considerados por el SRI como incremento patrimonial no justificado y gravados con la tarifa máxima del Impuesto a la Renta que actualmente llega al 35%.

Esa entidad ya ha firmado acuerdos para el intercambio de información tributaria con 130 jurisdicciones, incluido Estados Unidos.