Martes, 30 de abril de 2024

Se retendrá más impuesto a 'influencers', 'freelancers' y hasta a quienes arriendan oficinas

Autor:

Evelyn Tapia

Actualizada:

2 Mar 2024 - 5:59

Las tarifas de retención de Impuesto a la Renta van de 1% hasta el 10%. El SRI dice que busca reducir la evasión con estas medidas.

Gabriela Gómez, 'influencer' de actividades de restaurantes y estilo de vida, en Guayaquil.

Autor: Evelyn Tapia

Actualizada:

2 Mar 2024 - 5:59

Gabriela Gómez, 'influencer' de actividades de restaurantes y estilo de vida, en Guayaquil. - Foto: Cortesía Gabriela Gómez.

Las tarifas de retención de Impuesto a la Renta van de 1% hasta el 10%. El SRI dice que busca reducir la evasión con estas medidas.

A quienes ofrecen servicios profesionales o trabajan en modalidad 'freelance', como los abogados, los doctores, los contadores, los profesores e incluso los 'influencers', se les retendrá más Impuesto a la Renta cuando vendan sus servicios a otros contribuyentes.

El 29 de febrero de 2024, el Servicio de Rentas Internas (SRI) emitió una resolución con nuevas tarifas de retención que entran en vigencia desde marzo de 2024, apenas se publique el documento en el Registro Oficial.

Con esta resolución, el SRI, además, aumentó los porcentajes de retención que se les realizará a quienes arriendan bienes inmuebles, como casas, departamentos, oficinas o locales comerciales.

Es decir, cuando estas personas cobren sus facturas, recibirán menos efectivo, dice el experto tributario Javier Bustos.

Este mecanismo de pago anticipado de Impuesto a la Renta, conocido como retención en la fuente, consiste en que una empresa o una persona natural obligada a llevar contabilidad, retiene un porcentaje del tributo cuando hace una compra de un bien un servicio a otro contribuyente, explica Bustos.

Por lo general, a quienes se les retiene el impuesto son personas naturales no obligadas a llevar contabilidad o contribuyentes que prestan servicios profesionales.

Así, a la persona a la que se le retuvo el impuesto durante el año, al final del período, cuando tenga que declarar, pagará solo la diferencia que quede pendiente.

Pero, en otros casos, ya no pagará Impuesto a la Renta, pues hay situaciones en las que se les retuvo de más, explica el abogado tributario Ismael Vallejo.

Según el director del SRI, Damián Larco, el aumento de las retenciones es una medida para reducir los riesgos de evasión del impuesto entre algunos grupos de contribuyentes.

Larco dijo que se aumentó la tarifa para los grupos que son más numerosos: el SRI no cuenta con recursos suficientes para hacer controles posteriores "uno por uno".

La medida también dará más liquidez a la caja fiscal, pues las retenciones en la fuente se declaran mes a mes a través del formulario 103, con lo que el Presupuesto del Estado tendrá más dinero cada mes, dice Vallejo.

El experto explica que cuando las retenciones sean mayores a lo que le correspondía pagar al contribuyente, se puede pedir una devolución. Sin embargo, el trámite no siempre se concreta por problemas de tramitología, por revisión y formalidades o porque el Estado no tiene liquidez.

Esta es la segunda medida tributaria con la que el SRI hace cambios en las retenciones a la fuente. Desde febrero de 2024, las mayores empresas del país están obligadas a pagar al SRI un porcentaje de autorretención de Impuesto a la Renta.

La mayor parte de lo que recauda el SRI por Impuesto a la Renta se da mediante estas retenciones mensuales. En 2023, el SRI recaudó USD 4.068 millones mediante las retenciones a la fuente; esto es el 70% de todo lo recaudado por Impuesto a la Renta ese año.

Estos son los principales cambios que establece la resolución:

  • Empresas de servicios profesionales

    A las empresas que ofrecen servicios profesionales se les hará una retención de 3% desde marzo de 2024 y ya no de 2,75%.

    Se trata de servicios que, "para ser provistos, requieren el involucramiento de profesionales acreditados con un título", dice la resolución del SRI.

    En este grupo están por ejemplo los consultorios médicos, las empresas de auditorías contables o los estudios jurídicos, dice Bustos.

  • Honorarios profesionales

    La tarifa de retención para las personas naturales que prestan servicios profesionales en los que predomine el intelecto sobre la mano de obra, pasará de 8% a 10% en todos los casos.

    Antes de la resolución, se retenía el 8% cuando la persona brindaba un servicio que no estaba relacionado con el título profesional que tuviera.

    Y la retención era de 10% cuando el servicio profesional brindado estaba relacionado con el título profesional del contribuyente.

    Ahora a todos quienes cobren honorarios por servicios profesionales relacionados con el intelecto tendrán una tarifa de retención de 10%.

    La resolución dice que la tarifa se cobrará "indistintamente de que el prestador del servicio posea o no título profesional o la relación del título con la actividad realizada".

    En el grupo están todos aquellos que ejercen una actividad como 'freelance', es decir, no tienen una relación de dependencia con una empresa, sino que cobran por sus honorarios, por ejemplo: Contadores, doctores, ingenieros, arquitectos, abogados, periodistas y los profesores.

  • A los 'influencers' también se les retendrá

    La nueva resolución incluye como contribuyentes a los que se les debe retener el 10% de Impuesto a la Renta a los 'influencers'.

    Según el SRI, se considera influencer a quienes reciben ingresos por: "utilización o aprovechamiento de su imagen o renombre, incluidos artistas, deportistas, entrenadores, árbitros, miembros del cuerpo técnico y personas que tienen capacidad de influir en un número importante de seguidores a través de redes sociales".

    En 2023, el SRI comenzó una campaña para formalizar a estos contribuyentes e incluso incluyó a esta como una actividad económica en sus registros.

  • Menos ingreso a quienes arriendan inmuebles

    El SRI también dispuso que aumente de 8% a 10% la retención que se realice a las personas que arriendan bienes inmuebles, como casas, departamentos, oficinas o locales.

    Vallejo explica que esta disposición le restará liquidez sobre todo a quienes arriendan locales u oficinas, pues son las empresas las que contratan estos servicios y son las que podrían retener el impuesto.

    Esto contrasta con quienes arriendan viviendas a personas naturales.

  • Actividades agrícolas, avícolas y del campo

    La tarifa de retención sube de 1% a 1,75% para los comercializadores de bienes de origen agrícola, avícola, pecuario, apícola, cunícola, bioacuáticos, forestal y carnes, que se mantengan en estado natural.

    El SRI ha hecho una distinción en la nueva resolución, pues antes, tanto a productores como a comercializadores se les retenía 1%. Ahora, solo a los productores se les mantiene la tarifa de 1%.

  • Retención por regalías

    La retención por los cánones, regalías, derechos o cualquier otro pago por la titularidad, uso, goce o explotación de derechos de propiedad intelectual pasará de 8% a 10%.

  • Retención para medios de comunicación y agencias de publicidad

    La retención en la fuente para medios de comunicación y agencias de publicidad será de 2,75%, la normativa previa no especificaba una tarifa para estas empresas.

  • Actividades de construcción

    Antes de la nueva resolución, a los contribuyentes que realizaban actividades de construcción de obra material inmueble, de urbanización, de lotización o similares, se les retenía un 2,75%, explica Vallejo.

    Pero ahora, se reduce la retención a 1,75%.

    Esta se suma a las medidas de incentivo que el Gobierno de Daniel Noboa ha implementado para el sector de la construcción.

    También se dispuso la devolución del IVA para personas naturales y las sociedades que pagaron el IVA en las adquisiciones locales o importaciones de bienes y servicios para la construcción de proyectos inmobiliarios.

    Además, con la Ley para enfrentar el conflicto armado interno, el IVA para la construcción bajará de 12% a 5%.