Martes, 23 de abril de 2024

Ley limita la participación accionaria en las empresas fintech

Autor:

Gabriela Coba

Actualizada:

16 Dic 2022 - 12:59

La Alianza para el Emprendimiento e Innovación (AEI) cree que la nueva Ley Fintech limita el acceso a financiamiento para estas empresas.

Imagen referencial de una persona usando la aplicación de una fintech.

Autor: Gabriela Coba

Actualizada:

16 Dic 2022 - 12:59

Imagen referencial de una persona usando la aplicación de una fintech. - Foto: Reuters

La Alianza para el Emprendimiento e Innovación (AEI) cree que la nueva Ley Fintech limita el acceso a financiamiento para estas empresas.

La Ley para el Desarrollo, Regulación y Control de los Servicios Financieros Tecnológicos, aprobada por la Asamblea Nacional, prohíbe a bancos, mutualistas y cooperativas tener participación accionaria en empresas Fintech.

Se entiende como fintech a las empresas que utilizan la tecnología para proveer productos y servicios financieros innovadores, según el Banco Central.

"Las entidades financieras privadas no podrán participar en el capital de estas compañías", ordena la nueva ley, que fue aprobada por la Asamblea Nacional el 14 de diciembre de 2022.

En ese contexto, la Alianza para el Emprendimiento e Innovación (AEI) emitió un comunicado en el que cuestiona la legislación.

"Al incluir esas barreras, empresas del sector financiero no podrían desarrollar aplicaciones o canales tecnológicos para realizar cobros y pagos".

AEI

Agrega que la ley "corta el financiamiento para emprendedores tecnológicos que tienen innovaciones para el sistema financiero que podrían permitir la inclusión financiera de poblaciones históricamente excluidas".

Eso en un contexto en el que las startups, entre las que figuran las empresas fintech, tienen problemas para conseguir fondos de financiamiento.

Los inversionistas están redireccionando hacia otros negocios los fondos que destinaban a las startups, ante un escenario económico mundial incierto.

Servicios bursátiles

Dentro de las actividades económicas que son parte del ecosistema fintech, según la nueva ley, están medios de pago centrados en tecnología y servicios financieros tecnológicos, como concesiones digitales de crédito, neobancos y finanzas personales y asesoría financiera.

También están los servicios especializados en depósitos y pagos electrónicos, servicios tecnológicos de seguros y los servicios tecnológicos del mercado de valores.

El sector empresarial también ha cuestionado la forma en la que se va a regular a los servicios tecnológicos del mercado de valores.

La nueva ley establece cuatro tipos de empresas fintech que podrán operar en el mercado bursátil, entre las que figuran aquellas dedicadas a 'crowdfunding' digital.

A través de ese servicio se busca "financiamiento colectivo de capital, préstamos, donaciones o compraventa anticipada de bienes y servicios", sostiene la ley.

Para la AEI, el 'crowdfunding' no debería considerarse en la nueva normativa, teniendo en cuenta que es un servicio que ya es regulado por la Ley Orgánica Emprendimiento e Innovación, aprobada el 10 de agosto de 2021.

Los otros negocios que podrán ofrecer servicios fintech en bolsa son: sistemas auxiliares de transacción, infraestructura para el mercado de valores, desarrolladores de soluciones basadas en 'blockchain' y otros que sean determinados por la Junta de Política y Regulación Monetaria.

Regulación y control

Para dedicarse a una de las actividades definidas como fintech, las empresas en Ecuador deberán constituirse como una Sociedad Anónima, sostiene la nueva ley.

Además, esas empresas deberán obtener una autorización de funcionamiento de la Superintendencia de Bancos, la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS) o el Banco Central.

La regulación de las empresas fintech en el país estará a cargo de esas instituciones, así como de la Junta de Política y Regulación Monetaria, Junta de Política y Regulación Financiera y Superintendencia de Compañías.

A partir de la publicación de la ley en el Registro Oficial, las dos juntas tendrán 180 días para desarrollar normativa secundaria.