Lunes, 29 de abril de 2024

Superintendencia multa con casi USD 1 millón a empresa de televentas por publicidad engañosa

Autor:

Redacción Primicias

Actualizada:

11 Abr 2024 - 12:31

La Superintendencia de Competencia Económica (SCE) sancionó a la empresa Marketing Worldwide Ecuador. La empresa reconoció haber realizado publicidad engañosa sobre sus productos Colageterna y Helix Original, en 2019.

Fachada de la Superintendencia de Competencia Económica.

Autor: Redacción Primicias

Actualizada:

11 Abr 2024 - 12:31

Fachada de la Superintendencia de Competencia Económica. - Foto: Cortesía Superintendencia de Competencia Económica.

La Superintendencia de Competencia Económica (SCE) sancionó a la empresa Marketing Worldwide Ecuador. La empresa reconoció haber realizado publicidad engañosa sobre sus productos Colageterna y Helix Original, en 2019.

La Superintendencia de Competencia Económica (SCE) sancionó a la empresa Marketing Worldwide Ecuador con USD 945.472 por prácticas de engaño y acoso en la publicidad de sus productos Colageterna y Helix Original.

La compañía se dedica al telemercadeo y televentas, según su información detallada en la Superintendencia de Compañías.

La sanción fue aplicada por la Comisión de Resolución de Primera Instancia de la Superintendencia a la empresa Marketing Worldwide Ecuador tras presuntamente haber incumplido con el compromiso de cese que aceptó el 27 de agosto de 2019.

En ese compromiso de cese, la compañía reconoció haber realizado "prácticas desleales de actos de engaño y prácticas agresivas de acoso, coacción e influencia indebida en la publicidad de sus productos Colageterna (colágeno hidrolizado) y Helix Original (suplemento nutricional)", explica la entidad de control.

Una vez aceptado el compromiso de cese en 2019, la Comisión impuso a la firma una subsanación de USD 65.674. Y como medidas correctivas, el retiro de la publicidad objeto de investigación.

De igual manera, ordenó la realización de una auditoría de competencia, la implementación de un programa de 'compliance' en competencia, y la presentación de un informe semestral, respecto a la publicidad de sus productos.

Sin embargo, transcurrido el plazo para el cumplimiento, la empresa no reportó los medios de verificación que permitan constatar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del compromiso de cese, explica la Superintendencia en un comunicado.