Viernes, 26 de abril de 2024

Vence plazo para presentar formulario y pagar menos Impuesto a la Renta

Autor:

Evelyn Tapia

Actualizada:

30 Ene 2023 - 12:34

Para pagar menos Impuesto a la Renta, los trabajadores bajo relación de dependencia pueden hacer la proyección de gastos. Lea una guía.

Usuarios en la agencia del SRI de la Plataforma Financiera, en el norte de Quito, en junio de 2022.

Autor: Evelyn Tapia

Actualizada:

30 Ene 2023 - 12:34

Usuarios en la agencia del SRI de la Plataforma Financiera, en el norte de Quito, en junio de 2022. - Foto: Evelyn Tapia / PRIMICIAS

Para pagar menos Impuesto a la Renta, los trabajadores bajo relación de dependencia pueden hacer la proyección de gastos. Lea una guía.

Las personas que trabajan bajo relación de dependencia tienen hasta el martes 31 de enero de 2023 para entregar a sus empleadores el formulario de proyección de gastos personales.

Se trata de un formulario en el que los empleados proyectan cuánto gastarán durante 2023, para restar o descontar estos valores del Impuesto a la Renta y, así, tributar menos.

Con la proyección de gastos, los empleadores pueden hacer la retención mensual del Impuesto a la Renta a los trabajadores.

En 2023 están obligados a declarar y pagar Impuesto a la Renta las personas con ingresos anuales de USD 11.722 o USD 977 mensuales.

Sin embargo, al realizar la proyección de gastos personales, el contribuyente pagará menos Impuesto y, en algunos casos, incluso ya no tendrá que pagarlo.

Así funciona la proyección de gastos

El máximo de gastos que los trabajadores pueden proyectar en el formulario equivale a siete canastas básicas de diciembre de 2022; es decir, USD 5.344.

Así, la rebaja en el Impuesto a la Renta puede ser del 10% o del 20% de los gastos proyectados.

Las personas con ingresos de USD 2.080 al mes o menos, pueden descontar USD 1.068 de su Impuesto a la Renta o el equivalente al 20% de gastos proyectados.

Y los contribuyentes con ingresos superiores a USD 2.080 al mes pueden descontar hasta USD 534 del Impuesto a la Renta o el equivalente al 10% de los gastos proyectados.

¿Qué gastos declarar?

Los gastos personales que un contribuyente puede proyectar son aquellos por:

  • Vivienda.
  • Salud.
  • Alimentación.
  • Vestimenta.
  • Turismo.
  • Educación (incluye actividades de arte y cultura).

No hay límites o porcentajes máximos para cada tipo de gasto.

Lo anterior significa que puede proyectar la totalidad del gasto permitido para proyectar solo en salud, por ejemplo.