Miércoles, 24 de abril de 2024
Economía y Desarrollo

¿Flexibilización laboral para generar empleo?

Andrés Mideros Mora

Andrés Mideros Mora

Doctor en Economía, máster en Economía del Desarrollo y en Política Pública. Director general académico de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador.

Actualizada:

28 May 2019 - 18:50

La carta de intención negociada por el gobierno ecuatoriano con el Fondo Monetario Internacional (FMI) incluye el compromiso de realizar reformas laborales que aumenten el periodo de prueba, que reduzcan los costos de contratación y de despido y que generen modalidades contractuales con mayor flexibilidad.

El Ministro de Trabajo anunció el 15 de mayo tres medidas acordadas en el Consejo Nacional de Trabajo y Salarios con representantes de trabajadores y empleadores. Sin embargo, el Frente Unitario de Trabajadores (FUT) y otras centrales sindicales no tardaron en desconocer el supuesto acuerdo e incluso anunciaron que convocarán a una huelga nacional en los próximos días.

Las medidas anunciadas parten del argumento de que el país pierde competitividad debido a los costos de contratación y de despido de trabajadores.

Es así que se propone:

  • Establecer una modalidad de contrato de emprendimiento que aumente el periodo de prueba de 3 meses a hasta 3 años.
  • Eliminar el recargo de 35% del que se benefician contratos ocasionales.
  • Manteniendo la jornada máxima semanal de 40 horas, permitir que esta se distribuya en hasta seis días (incluyendo fin de semana sin pago de horas extraordinarias) y hasta 12 horas diarias (superando la jornada de 8 horas sin pago de horas extras).

En la práctica las medidas reducen los costos laborales de producción y los riesgos de emprender, ampliando el margen de ganancia de los empleadores, al reducir salarios por horas extras y extraordinarias, contratos ocasionales y eliminando la liquidación en los contratos de emprendimiento.

La contrapartida es una reducción del ingreso de los trabajadores y, por ende, de la capacidad de consumo de los hogares y de la demanda agregada.

Se argumenta que de esta manera se generarán nuevas plazas de empleo, pero no se indica ninguna meta ni compromiso concreto del Estado ni del sector empresarial.

En la práctica se podría estar “legitimando” formas de trabajo informal, que actualmente existen, con sobrecargas de jornada laboral y menores salarios.

En el debate hay que considerar que la jornada de ocho horas diarias, el pago de liquidación y el pago de horas extras y extraordinarias son derechos adquiridos de los trabajadores y que las propuestas son un retroceso en derechos, poniendo en duda su constitucionalidad.

Además de la pérdida de productividad y el aumento de riesgos de los trabajadores por incrementar la jornada laboral más allá de las ocho horas. Está comprobado que las largas jornadas de trabajo llevan a la pérdida de concentración y a cometer errores involuntarios.

Se debe reconocer, sin embargo, que es necesario tomar acciones para reactivar la producción y generar empleo de calidad.

Pero la respuesta a este problema está en medidas estructurales que permitan aumentar la productividad y competitividad, y no en la explotación laboral que, a la larga, produce problemas sociales como la pérdida de bienestar, el aumento de la pobreza y el incremento de la desigualdad.

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