Viernes, 26 de abril de 2024

Asamblea quiere designar autoridades sin asumir toda la responsabilidad

Autor:

Estefanía Celi

Actualizada:

3 Dic 2019 - 0:03

Autor: Estefanía Celi

Actualizada:

3 Dic 2019 - 0:03

La Comisión de Enmiendas sesionó el 29 de noviembre de 2019 para aprobar el informe para primer debate. - Foto: Asamblea

La Comisión de Enmiendas del Legislativo plantea un sistema para la designación de autoridades que le da protagonismo. El Consejo de Participación mantiene los concursos, pero la Asamblea es la que decide.

El informe para primer debate de las enmiendas a la Constitución deja una serie de vacíos por llenar. De momento, la propuesta de la Asamblea es que las autoridades de control sean designadas por el pleno, con la mayoría absoluta (la mitad más uno) de sus integrantes.

La Asamblea avanza en su propósito de quitarle al Consejo de Participación su atribución de nombrar autoridades. La primera semana de diciembre se espera tener el primer debate, dentro del proceso de enmienda constitucional para realizar este cambio.

El principal objetivo de la enmienda es que la designación de autoridades se haga en la Asamblea. Sin embargo, esta iniciativa no busca la eliminación del Consejo de Participación Ciudadana, como sí propone el Comité por la Institucionalización.

La propuesta no es clara todavía. El informe que la Comisión de Enmiendas presentó para el primer debate deja una serie de preguntas sin responder. La principal: ¿cómo será el proceso de selección de las autoridades de control?

Ese es un tema que prevé analizarse durante todo el próximo año. El trámite de la enmienda contempla que el segundo debate de las enmiendas -en el que se aprueban- debe realizarse en los 45 días después de un año de cerrado el primer debate.

Designación en la Asamblea pero con el Consejo de Participación

El informe propone que todas las autoridades de control sean seleccionadas por el pleno de la Asamblea Nacional con mayoría absoluta, es decir, la mitad más uno de los todos asambleístas (70 votos).

La comisión sugiere que se incluya dentro del artículo que habla de las potestades de la Asamblea la designación de:

  • Procurador General del Estado
  • Defensor Público
  • Defensor del Pueblo
  • Fiscal General del Estado
  • Contralor General del Estado
  • Miembros del Consejo Nacional Electoral
  • Jueces del Tribunal Contencioso Electoral
  • Miembros del Consejo de la Judicatura
  • Superintendentes
  • Jueces de la Corte Constitucional

Los procesos para cada uno de estos, en cambio, no están tan claros en el informe.

En los casos de las autoridades que son seleccionadas de ternas (Procuraduría, superintendencias y Consejo de la Judicatura), lo único que cambiaría es que la Asamblea las designaría, en lugar del Consejo de Participación.

Las otras autoridades (Defensores Público y del Pueblo, Fiscal General, Contralor y miembros del CNE y TCE) actualmente son nombradas mediante concursos de méritos y oposición, realizados por el Consejo de Participación. Eso no cambiaría con la enmienda tal como está planteada.

El informe señala que el Consejo de Participación Ciudadana "escogerá a quien tenga la mejor puntuación en el respectivo concurso e informará a la Asamblea Nacional para la posesión". El texto no establece que es el Legislativo el que va a hacer los concursos, ni cuál será el mecanismo.

La idea de momento es que el proceso para la designación de autoridades se detalle en una ley. Actualmente, esto se encuentra definido en la Ley del Consejo de Participación Ciudadana, que debería cambiar en el caso de que la enmienda sea aprobada.

La designación de la Corte Constitucional, otro tema a medias

El informe pretende cambiar la Constitución para que, entre las facultades de la Asamblea Nacional, se encuentre también la designación de los nueve jueces de la Corte Constitucional. Sin embargo, no hace ningún cambio a los artículos de la Carta Magna que hablan sobre ese proceso.

Los jueces de la Corte son actualmente seleccionados por una comisión integrada por delegados de las funciones Ejecutiva, Legislativa y de Transparencia y Control Social. La Asamblea solo se encarga de su posesión.

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