Viernes, 26 de abril de 2024

Cinco puntos para entender el proyecto de ley para el aborto por violación

Autor:

Redacción Primicias

Actualizada:

29 Jun 2021 - 12:16

La propuesta de la Defensoría del Pueblo establece que no habrá un requisito como denuncia o examen para que las mujeres puedan optar por la interrupción de su embarazo.

Autor: Redacción Primicias

Actualizada:

29 Jun 2021 - 12:16

Colectivos de mujeres piden la despenalización del aborto en casos de violación en las afueras de la Corte Constitucional, el 28 de abril de 2021. - Foto: API

La propuesta de la Defensoría del Pueblo establece que no habrá un requisito como denuncia o examen para que las mujeres puedan optar por la interrupción de su embarazo.

El proyecto de ley para garantizar el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo en caso de violación llegó este 28 de junio de 2021 a la Asamblea Nacional. El Legislativo deberá comenzar su trámite para viabilizar el dictamen de la Corte Constitucional, que despenalizó el aborto en casos de violación.

A continuación, PRIMICIAS le explica las claves de este proyecto de ley y los pasos que vienen en los próximos meses.

  • De dónde nace el proyecto de Ley

    La Corte Constitucional despenalizó en abril pasado el aborto por violación. Esto quiere decir que las mujeres que decidan interrumpir su embarazo voluntariamente después de una violación no serán procesadas penalmente ni encarceladas.

    La sentencia de la Corte también establece que el Estado debe garantizar el derecho a decidir a las mujeres que hayan sido víctimas de este delito.

    Por ello delegó a la Defensoría del Pueblo la redacción del proyecto de ley que fue entregado ayer, que debe establecer las "normas para que las mujeres víctimas de violación puedan terminar un embarazo".

  • El papel de la Asamblea

    La Asamblea tiene que entrar a revisar este proyecto y puede cambiarlo, aumentar y eliminar algunas partes.

    Lo que no puede, de ninguna manera, es no aprobarlo o intentar volver a penalizar el aborto en casos de violación. Las sentencias de la Corte Constitucional son definitivas e inapelables. Por lo que tampoco cabe una consulta popular, como han propuesto algunos legisladores.

    El proyecto de ley enviado por la Defensoría del Pueblo será la base para el trabajo de la Asamblea. Durante los debates en la comisión y en el Pleno, los legisladores pueden resolver cambios en el texto que finalmente sea aprobado.

  • No se necesitaría denuncia ni examen clínico

    El punto principal del proyecto de ley es el trámite que deberán seguir las mujeres que hayan sido víctimas de violación y que deseen abortar.

    La iniciativa en este caso propone que no se requerirá dictámenes de medicina forense, órdenes judiciales, exámenes de salud innecesarios, autorización por parte de familiares, curadores, asesores jurídicos, auditores y pluralidad de médicos.

    Las mujeres mayores de 12 años que deseen acceder al aborto solo deberán llenar una solicitud. Las menores de 12 años no deberán llenar ese documento.

    "Bajo ningún concepto se requerirá la denuncia a la persona gestante que desee interrumpir su embarazo", dice el texto.

    Junto con la solicitud, la víctima de violación deberá otorgar su consentimiento informado.

    Una vez completados esos papeles, la institución de salud tendrá seis días plazo para realizar la intervención.

    El proyecto establece que en todos los casos se deberá brindar a la víctima, en forma previa a la intervención médica, información completa sobre los posibles riesgos y consecuencias del aborto, para garantizar que la decisión de la víctima sea una decisión informada.

    La propuesta también determina el respeto a la objeción de conciencia del personal de salud y de enfermería encargados del procedimiento.

  • La sentencia de la Corte Constitucional señalaba que era necesario establecer límites objetivos y técnicos dentro de los cuales puede ser efectuada legalmente la interrupción del embarazo. Específicamente, la Corte pide que se fije un tiempo máximo de gestación permitido (en semanas).

    El proyecto de la Defensoría del Pueblo, sin embargo, no habla de este tema. Por lo que la discusión deberá ser dentro de la Asamblea, pues la sentencia obliga a establecer un límite.

  • El primer paso del trámite en la Asamblea será la revisión en el Consejo de la Administración Legislativa (CAL). Ese organismo debe remitir el proyecto a una de las 15 comisiones especializadas permanentes para su tratamiento.

    La comisión determinada deberá hacer un informe para primer debate, para que pase al Pleno. Superado esto, la comisión elaborará un informe para segundo debate, también para el Pleno. En esta etapa es en donde los cambios y modificaciones se irán introduciendo.

    Si el proyecto es aprobado en segundo debate en el Pleno, deberá pasar a manos del presidente Guillermo Lasso, para su objeción. De ahí, vuelve a la Asamblea.

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