El juez del Tribunal Contencioso Electoral, Fernando Muñoz, dejó sin efecto la resolución del Consejo Nacional Electoral del pasado 19 de julio, en la que se dispuso suspender a cuatro movimientos políticos.
El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) resolvió dejar sin efecto la decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE) de suspender a cuatro movimiento políticos del registro electoral, entre ellos al correísta Fuerza Compromiso Social.
La lista la completan Libertad es Pueblo, Justicia Social y Juntos Podemos.
El 19 de julio de 2020, el CNE había decidido suspender esos cuatro movimientos políticos. Pese a que la Contraloría había recomendado su eliminación del registro electoral.
En su investigación, la Contraloría había determinado que ninguno de los cuatro movimientos políticos completó las firmas (suficientes) para la inscripción, debido que habrían presentado al menos cuatro supuestas irregularidades:
- Registros repetidos
- Firmas de menores de edad
- Firmas de personas fallecidas
- Números de cédula incompletos
Es así que, el juez del TCE, Fernando Muñoz, aceptó el recurso interpuesto por Manuel Castilla, director Nacional del Justicia Social (Listas 11), movimiento de Jimmy Salazar.
Castilla había planteado que la resolución del CNE es ilegal y carece de fundamentos válidos para suspender a los movimientos políticos antes citados.
El TCE concluyó que la resolución del organismo electoral “vulnera los derechos de organización política de miles de ciudadanos que presentaron su apoyo para la conformación de una organización política”.
En la sentencia se deja claro que, el TCE es el órgano jurisdiccional electoral encargado de “garantizar los derechos de participación” de los ciudadanos adherentes, en este caso, del Movimiento Justicia Social.
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