Viernes, 19 de abril de 2024

Lenín Moreno firmó decreto de estado de excepción en ocho provincias

Autor:

Redacción Primicias

Actualizada:

2 Abr 2021 - 8:25

Autor: Redacción Primicias

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2 Abr 2021 - 8:25

La vicepresidenta María Alejandra Muñoz acompañó al presidente Lenín Moreno en su visita al Hospital de la Policía, en Guayaquil, el 1 de abril de 2021. - Foto: API

El presidente de la República, Lenín Moreno, decretó el toque de queda en Pichincha, Guayas, Azuay, El Oro, Manabí, Santo Domingo, Esmeraldas y Loja recomendado por el COE nacional.

El presidente de la República, Lenín Moreno, firmó el Decreto Ejecutivo 1282 que declara el estado de excepción por calamidad pública en Azuay, Guayas, El Oro, Esmeraldas, Manabí, Pichincha, Loja y Santo Domingo de los Tsáchilas y que regirá por 30 días.

Así, el mandatario acogió la recomendación del Comité de Operaciones de Emergencia Nacional (COE), realizada la tarde del 1 de abril, cuyo objetivo es controlar el índice de contagios de Covid-19 en el país.

En el decreto, firmado cerca de la medianoche del 1 de abril, Moreno dispone restricciones de circulación por las vías y espacios públicos en las provincias declaradas en emergencia, desde las 20:00 a las 05:00, y limita el derecho a la libertad de asociación y reunión.

El objetivo es evitar reuniones y aglomeraciones que aceleren los contagios. "Por lo tanto, se prohíbe la realización de todos los eventos de afluencia y congregación masiva en las ocho provincias".

Los únicos sectores autorizados para circular son los servicios de salud públicos y privados, seguridad, servicios de emergencias, sectores estratégicos, exportadores, prestación de servicios básicos, provisión de alimentos y medicinas, medios de comunicación, entre otros.

El decreto se sustenta en informes sobre el número de fiestas y reuniones suspendidas por las autoridades, el índice de ocupación de camas UCI en los hospitales del país y la cifra de contagios y muertes por Covid-19.

El COE cantonal de Guayaquil acogió el decreto presidencial y anunció la restricción de la circulación vehicular del 2 al 9 de abril, según el último dígito de la placa de los vehículos particulares.

Los carros con placas pares no circularán los lunes, miércoles y viernes; y los impares, los martes, jueves y sábado.

El domingo 4 de abril no podrán circular los carros con placa par. El transporte público y comercial podrá circular fuera del horario de toque de queda.

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