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Política

Por qué es necesaria una ley para gestionar la pandemia

Ante el aumento de contagios de Covid-19, el gobierno implementa nuevas medidas de restricción para los ciudadanos sin decretar un nuevo estado de excepción.

Ciudadanos circulan en el centro de Guayaquil, este 22 de diciembre de 2021.

Ciudadanos circulan en el centro de Guayaquil, este 22 de diciembre de 2021.

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Autor:

Estefanía Celi

Actualizada:

29 dic 2021 - 00:03

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El control de la ciudadanía para evitar un aumento drástico en los contagios en medio de la pandemia de Covid-19 se torna más complicado para el Gobierno. El número de nuevos casos ha comenzado a subir en las últimas semanas, frente a lo que las autoridades resolvieron dos acciones:

  • Declarar la obligatoriedad de la vacuna, y
  • Pedir a los negocios privados la exigencia del carné de vacunación para sus clientes.

Las dos medidas fueron la salida escogida por el Gobierno para enfrentar esta nueva ola por fuera de un nuevo estado de excepción. Después de las sostenidas críticas de la Corte Constitucional a estas declaratorias (no solo por la pandemia), el Ejecutivo prefirió actuar dentro del régimen ordinario.

Pero, su margen de acción fuera del estado de excepción en cuanto a medidas de restricción para la ciudadanía es restringido. Es por eso que la Corte Constitucional pidió al Ejecutivo y a la Asamblea que trabajen en una Ley de gestión de la pandemia, que ayude a regular estas medidas.

El expresidente Lenín Moreno entregó este proyecto en abril de 2021. Pero Guillermo Lasso lo retiró meses después, en agosto, y no ha enviado uno nuevo ni se ha pronunciado al respecto.

Mientras tanto, la Comisión de Salud de la Asamblea preparó un texto que tiene ya informe para primer debate. Este se tratará al retorno de la vacancia legislativa, en enero de 2022.

La necesidad de una ley para la pandemia

La Corte Constitucional viene, desde junio de 2020, insistiendo en la necesidad de tener una ley que, "bajo criterios técnicos, regule la libertad de tránsito a efectos de controlar la propagación" del Covid-19.

La idea de la Corte es que esta ley permita una "limitación técnica y razonable del derecho a la libertad de tránsito de forma temporal y únicamente para afrontar la pandemia".

Además, esta ley serviría para coordinar de mejor manera las medidas que pueden ser adoptadas por los gobiernos autónomos. Según la Corte, no se puede desconocer las competencias descentralizadas que tienen municipios y prefecturas.

Esta ley, entonces, podría incluir los lineamientos para la exigencia de carnés de vacunación, directivas para los municipios y posibles limitaciones en la circulación ciudadana. Además de establecer multas para los ciudadanos que no cumplan con las restricciones, y una manera efectiva de cobrarlas (las establecidas al inicio de la pandemia fueron incobrables).

Esto, siempre que esté enmarcado dentro de la Constitución, pues la misma Corte ya advirtió que esta nueva ley "no es un mecanismo para poder restringir derechos sin necesidad del control de constitucionalidad de un estado de excepción".

Además, la ley debería también delimitar claramente las atribuciones del COE, también cuestionadas por la Corte por ser muy amplias. Algo que no ha cambiado, pues el actual Gobierno ha mantenido la configuración del anterior, con sus "recomendaciones". Incluso el presidente del COE, Juan Zapata, se mantuvo a pesar de la transición en el Ejecutivo.

Lo que propone la Asamblea

La Comisión de Salud entregó un proyecto de Ley de Gestión de la Pandemia en agosto de 2021, a pocos días del retiro del proyecto de Moreno. El 9 de diciembre, esta mesa legislativa aprobó el informe para primer debate.

La propuesta consta de 32 artículos, dos disposiciones generales, dos transitorias y dos reformatorias.

La propuesta es muy similar a la planteada por Moreno y sus vacíos. El proyecto propone la creación de “zonas de alerta sanitaria“, en las que se implementarán restricciones, tal como proponía el documento de Moreno.

Y establece una serie de multas para quienes no cumplan con las medidas de restricción:

  • Mercados, ferias y comercio informal.
  • Centros comerciales, locales, restaurantes, supermercados.
  • Reuniones y aglomeraciones.
  • Peatones y vehículos.
  • Personas diagnosticadas con covid-19.

El proceso de cobro, según el proyecto, es el establecido en el Código Orgánico Administrativo.

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  • #Asamblea Nacional
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  • #Corte Constitucional
  • #Ejecutivo
  • #Guillermo Lasso
  • #Covid-19

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