Viernes, 19 de abril de 2024

La nueva Asamblea funcionará con 15 comisiones permanentes

Autor:

Estefanía Celi

Actualizada:

29 Abr 2021 - 0:03

Las reformas a la Ley de la Función Legislativa introdujeron cambios en la Asamblea que entrarán en vigencia este 14 de mayo. La redistribución de las comisiones hará que tengan menos integrantes.

Fachada de la Asamblea Nacional.

Autor: Estefanía Celi

Actualizada:

29 Abr 2021 - 0:03

Fachada de la Asamblea Nacional. - Foto: AN

Las reformas a la Ley de la Función Legislativa introdujeron cambios en la Asamblea que entrarán en vigencia este 14 de mayo. La redistribución de las comisiones hará que tengan menos integrantes.

El funcionamiento de la nueva Asamblea no será igual al de la saliente. Los nuevos legisladores, que se posesionan en dos semanas, deberán comenzar a trabajar con la vigencia de las reformas a la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

La actual Asamblea aprobó las reformas en octubre de 2020. Una serie de modificaciones, sin embargo, constan en las transitorias para que entren en vigencia con la posesión del nuevo Legislativo.

Esto incluye cambios en la distribución de las comisiones especializadas permanentes que la conforman.

Actualmente, el Legislativo tiene 12 comisiones permanentes. Aparte funciona la Comisión de Fiscalización, cuyos miembros pueden pertenecer a esta y a otra mesa legislativa.

Con los cambios, habrá 15 comisiones permanentes, que incluyen a la de fiscalización. Eso quiere decir que sus integrantes solo podrán pertenecer a esta mesa y, por lo tanto, habrá menos miembros en cada una de ellas.

En la sesión siguiente a la de instalación de la nueva Asamblea, los legisladores deberán votar por la integración de las comisiones. La elección se aprueba con mayoría absoluta (70 votos).

Las 15 comisiones

El nuevo período de la Asamblea se posesionará este 14 de mayo con 137 asambleístas. La reformada Ley Orgánica de la Función Legislativa establece que ellos se repartan en 15 comisiones, lo que quiere decir que cada una tendrá al menos nueve miembros.

Todos los asambleístas pertenecerán a una comisión especializada permanente, a excepción del presidente de la Asamblea.

Estas serán las 15 comisiones permanentes:

  • Justicia y estructura del Estado.
  • Derecho al trabajo y a la seguridad social.
  • Régimen económico y tributario.
  • Desarrollo económico, productivo y la microempresa.
  • Relaciones internacionales y movilidad humana.
  • Biodiversidad y recursos no renovables.
  • Soberanía alimentaria y desarrollo del sector agropecuario y pesquero.
  • Gobiernos autónomos, descentralización, competencias y organización del territorio.
  • Educación, cultura, ciencia, tecnología, innovación y saberes ancestrales.
  • Derecho a la salud y deporte.
  • Transparencia, participación ciudadana y control social.
  • Garantías constitucionales, derechos humanos, derechos colectivos y la interculturalidad.
  • Soberanía, integración y seguridad integral.
  • Protección integral a niños, niñas y adolescentes.
  • Fiscalización y control político.

Las nuevas mesas legislativas son cinco; unas salen de la división de comisiones ya existentes, y otras fueron creadas.

Por ejemplo, la actual Comisión de relaciones internacionales y seguridad integral fue separada en dos, mientras que la de derechos colectivos pasará a ser también de derechos humanos.

Según la reformada Ley, deberá existir paridad de género entre los integrantes de la mesa, y también entre quienes la dirijan.

Un nuevo Comité de Ética

Los miembros de la nueva Asamblea también deberán escoger a los cinco miembros del Comité de Ética. Este organismo se encarga de conocer y sustanciar las denuncias sancionadas con destitución en contra de legisladores.

Sus miembros se deben renovar cada dos años. El actual Comité está presidido por Fernando Callejas (Creo), pero no ha tenido mayor funcionamiento desde que se instaló en diciembre.

Este comité reemplazó a las comisiones multipartidistas que se creaban ante una denuncia contra un asambleísta para buscar su destitución, como pasó en el caso del exasambleísta Daniel Mendoza (AP).

Los miembros de la Comisión de Fiscalización, los presidentes y vicepresidentes de las comisiones especializadas y los miembros del Consejo de la Administración Legislativa (CAL) no pueden ser miembros del Comité.

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