Jueves, 25 de abril de 2024

Tribunal niega apelación y ratifica sentencia para Rafael Correa

Autor:

Mario Alexis González

Actualizada:

20 Jul 2020 - 12:24

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Autor: Mario Alexis González

Actualizada:

20 Jul 2020 - 12:24

El Tribunal de apelación del caso Sobornos, durante la lectura de la resolución, el 20 de julio de 2020. - Foto: CNJ

Un Tribunal Penal de la Corte Nacional de Justicia ratificó la sentencia de ocho años de cárcel para el expresidente Rafael Correa en el caso Sobornos 2012-2016.

Nota actualizada a las 16:45 del lunes 20 de julio de 2020, con el detalle del fallo.

Los jueces David Jacho, Dilza Muñoz y Wilman Terán tomaron la resolución. El lunes 20 de julio de 2020, el Tribunal dio a conocer su sentencia de apelación.

Los 18 sentenciados por el caso Sobornos 2012-2016 presentaron recursos de apelación a la sentencia.

A las 10:30 del lunes 20 de julio de 2020, empezó la lectura del fallo. Y concluyó cerca de las 15:00.

En resumen, este es el fallo del Tribunal:

  • Negar las apelaciones y ratificar la sentencia de primera instancia para:
    • Rafael Correa
    • Jorge Glas
    • María de los Ángeles Duarte
    • Vinicio Alvarado
    • Viviana Bonilla
    • Christian Viteri
    • Pamela Martínez
    • Édgar Salas
    • Ramiro Galarza
    • Mateo Choi
    • Rafael Córdova
    • Whilliam Phillips
    • Teodoro Calle
    • Pedro Verduga
    • Víctor Fontana
    • Bolívar Sánchez
  • Aceptar parcialmente los recursos y disminuir el tiempo de la inhabilitación política a ocho años, en los casos de:
    • Alexis Mera
    • Walter Solís
  • Aceptar parcialmente la apelación de Laura Terán, rebajando su sentencia a tres meses y seis días de cárcel.
  • Aceptar parcialmente el recurso de Alberto Hidalgo, declarándolo cómplice del delito y reduciendo su sentencia 32 meses de cárcel.

En el caso de la inhabilitación política, en primera instancia se había establecido que sea de 25 años para todos los sentenciados. Pero, ante la apelación concedida a Mera y Solís, se rebaja a ocho años para todos.

Además, se ordenó que el monto de reparación que deben cancelar los sentenciados es de USD 14,7 millones. La deuda se reparte de la siguiente manera:

  • Autores por instigación, coautores y autores directos: USD 778.224,07, cada uno.
  • Cómplices: USD 368.632, cada uno.

Después de esta diligencia, antes de que se ejecute esta sentencia, los procesados pueden presentar un último recurso: el de casación.

Los sentenciados pueden presentar dicho recurso hasta tres días después de que sean notificados con el fallo por escrito.

El caso

Los funcionarios públicos procesados, instigados por Rafael Correa Delgado y Jorge Glas Espinel, pedían sobornos a los empresarios privados procesados y otros, a cambio de adjudicación de contratos de obra pública.

Esos pagos se hacían en efectivo y mediante el denominado cruce de facturas, dinero que finalmente era usado para proselitismo, campaña política del movimiento Alianza PAIS y beneficio propio.

Y que los sobornos ascienden a USD 7,5 millones, desglosados en en USD 1 millones, en efectivo; y USD 6,5 millones a través del cruce de facturas.

El monto se determinó con base en los peritajes financieros, la materialización de los denominados archivos verdes y de los correos electrónicos de la procesada Laura Terán, exasesora de la Presidencia.

Además, según los jueces, los testimonios y pericias guardan sincronía con la prueba documental proporcionada por el Servicio de Rentas Internas (SRI).