Viernes, 19 de abril de 2024

¿Cuáles son las restricciones durante el estado de excepción?

Autor:

Adriana Noboa

Actualizada:

17 Mar 2020 - 15:00

transito coronavirus

Autor: Adriana Noboa

Actualizada:

17 Mar 2020 - 15:00

Desde las 23:59 de este 17 de marzo queda prohibida la circulación de buses inteprovinciales. - Foto: ANT

El principal objetivo del estado de excepción es que la mayoría de la población se quede en casa. Sin embargo, hay casos en los que sí está permitido movilizarse. PRIMICIAS le explica cómo funciona la restricción.

Hasta las 14:00, el transporte público en Quito estaba suspendido. Pero las autoridades nacionales rechazaron la medida porque impide el desarrollo de las actividades indispensables para la ciudad.

El Ejecutivo declaró anoche el estado de excepción en el territorio nacional y limitó la libertad de movilidad de todos los ciudadanos, con determinadas excepciones. Pero, además, cada municipio tiene la potestad de tomar medidas adicionales, según consideren necesario.

Es por eso que el presidente Lenín Moreno advirtió que todas las autoridades, nacionales y locales, deben garantizar que la población cuente con los insumos y servicios para cubrir sus necesidades básicas. Incluso si esto implica llegar hasta cada hogar con víveres.

Restricciones nacionales de movilidad

Según el Decreto 1017, todas las personas que se encuentran en el país tienen limitada su libertad de circulación por las vías y espacios públicos. Esto aplica para ecuatorianos, extranjeros residentes, migrantes, turistas. Todos.

Además, a partir de hoy, martes 17 de marzo, rige un toque de queda entre las 21:00 y 05:00.

Para cumplir con esta medida, el presidente Lenín Moreno suspendió la jornada presencial de trabajo, en el sector público y privado, desde esta medianoche hasta el 24 de marzo. En lo posible, las personas deberán acogerse al teletrabajo.

Desde la medianoche del martes 17 de marzo la jornada presencial de trabajo no esencial, pública y privada, queda suspendida en todo el país.

Sin embargo, sí hay excepciones para movilizarse. Estos son los trabajadores para los que no aplica el Decreto:

  • Personal de salud, seguridad, bomberos, aeropuertos, terminales aéreos, terrestres, marítimos, fluviales, bancarios, provisión de víveres y otros servicios necesarios.
  • Miembros de la Policía Nacional y Fuerzas Armadas. Comunicadores sociales acreditados.
  • Miembros de misiones diplomáticas.
  • Personal médico, sanitario o de socorro, transporte público de entidades estatales, sectores estratégicos, transporte de las entidades de salud, riesgos, emergencias y similares, seguridad y transporte policial y militar.
  • Personal de las industrias, cadenas y actividades comerciales de las áreas de alimentación, salud, encargados de servicios básicos, de toda la cadena de exportaciones, industria agrícola, ganadera y de cuidado de animales.
  • Personal de supermercados, tiendas, bodegas y centros de almacenamiento y expendio de víveres y medicinas.
  • Personal de plataformas digitales de entregas a domicilio y otros medios relacionados a telecomunicaciones.

En el caso de las demás personas, podrán salir de sus hogares solo para las siguientes actividades:

  • Si por salud deben trasladarse a un centro médico.
  • Para abastecerse de víveres, medicamentos y combustibles.

Los vehículos particulares solo podrán circular de acuerdo con el número de sus placas. Los lunes, miércoles, viernes y domingo los automóviles con placas que terminen en número impar. Y los martes, jueves y sábado los que tengan placas que terminen en números pares y cero.

Desde la medianoche de este martes 17 de marzo queda suspendido el transporte interprovincial y los vuelos domésticos.

La terminal terrestre de Quitumbe, el primer día de restricción de circulación en Quito, el 17 de marzo de 2020.

La terminal terrestre de Quitumbe, el primer día de restricción de circulación en Quito, el 17 de marzo de 2020. API

Restricciones de movilidad en Quito

El alcalde de la capital, Jorge Yunda, emitió la resolución A-022 para limitar la movilidad específicamente dentro de la ciudad. Y radicalizó las medidas, después de que lamentó la falta de comprensión de la ciudadanía.

Entre el 17 y 31 de marzo, en la capital está restringido el uso de:

  • Plazas, parques y demás espacios destinados a la recreación u ornato público y promoción turística.
  • Aceras de las calles, plazas y demás espacios públicos.
  • Casas comunales, canchas, escenarios deportivos, conchas acústicas y otros de servicio comunitario.
  • Los demás bienes que cumplan funciones semejantes.

La medida 'Hoy no circula', para los vehículos y motos particulares, se extienden para todo el día. El calendario de restricción, que incluirá a los taxis, funcionará de la misma manera que en la restricción nacional.

Además de las excepciones dictadas por el Comité Nacional de Emergencias (COE) y el Decreto Ejecutivo, el Alcalde especificó que podrán movilizarse quienes:

  • Trabajen en establecimientos hoteleros.
  • Personal de servicios funerarios.

Hasta el 31 de marzo quedan suspendidas todas las licencias metropolitanas únicas de funcionamiento para el ejercicio de actividades económicas y los permisos únicos de comercio autónomo.

Pero también especificó solo podrán realizar actividades aquellos que se enmarquen en las siguientes actividades:

  • Distribución, abastecimiento y venta al por mayor y menor de artículos de primera necesidad, preparación de alimentos y medicinas.
  • Actividades del sistema financiero.
  • Actividades de en salud y asistencia social.
  • Actividades de desinfección.
  • Servicios exequiales.
  • Industrias agrícolas, ganadera y de cuidado de animales, así como cadena de exportación.
  • Plataformas digitales de entrega a domicilio y medios relacionados a comunicación social y telecomunicaciones.
  • Y los demás detallados en el Decreto Presidencial.

Del 17 al 31 de marzo está suspendido el transporte comercial en todas sus modalidades, excepto taxis convencionales y ejecutivos.

Sin embargo, la suspensión del transporte urbano durante dos semanas no fue bien recibida por las autoridades nacionales.

Tanto el vicepresidente Otto Sonnenholzner y la ministra de Gobierno, María Paula Romo, advirtieron que no puede haber una suspensión absoluta ya que hay ciudadanos que necesitan movilizarse a sus trabajos, como el personal de salud.

Los negocios permanecieron cerrados en la avenida de La Prensa el primer día de restricción de circulación por el coronavirus en Quito, el 17 de marzo de 2020.

Los negocios permanecieron cerrados en la avenida de La Prensa el primer día de restricción de circulación por el coronavirus en Quito, el 17 de marzo de 2020. PRIMICIAS

Sanciones y multas

Hay algo en que todas las autoridades coinciden: quien no se acoja a las disposiciones será sancionado.

La ministra Romo y el vicepresidetne Sonnenholzner advirtieron que el incumplimiento de las órdenes legítimas de las autoridades competentes es penado con 1 a 3 años de privación de libertad, de acuerdo a lo establecido por el Código Integral Penal.

Además, las personas pueden denunciar ante el Ministerio de Trabajo a las empresas o instituciones que obliguen a sus trabajadores a acudir a sus oficinas innecesariamente.

El ECU-911 y las Unidades de Policía Comunitaria también recibirán denuncias de violaciones de la restricción de asociación, es decir de aglomeraciones no permitidas de personas.

El control de las restricciones de circulación estará a cargo de las autoridades competentes en cada nivel y la sanción, a escala nacional, por incumplimiento será del 50% de un salario básico (USD 200) y la pérdida de nueve puntos de la licencia de conducir.

Según la resolución del Alcalde, en Quito esto implicaría una multa de USD 100.

Además, los negocios o actividades económicas que operen en la capital pese a las restricciones podrían ser multados hasta por USD 6.000.

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