Oficialismo da un paso atrás en el pago de compensación por retiro voluntario en informe para segundo debate de Áreas Protegidas
El informe para segundo debate fue aprobado por ADN y sus aliados en la Asamblea: incluye reformas tributarias, a la aviación civil o de movilidad humana. Sectores sociales advierten que nuevamente se estaría violando la unidad de materia.

Imagen de la sesión virtual de Comisión de Desarrollo Económico del 8 de julio de 2025
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Asamblea Nacional.
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El informe para segundo debate del proyecto para el Fortalecimiento de Áreas Protegidas fue aprobado este 8 de julio y, como sucedió con los otros dos económicos urgentes enviados por el presidente, en este también se 'aprovechó' para reformar otras leyes vigentes.
En el papel, esta vez los cambios no parecen tan dramáticos como los que se hicieron en la Ley de Solidaridad Nacional o la Ley de Integridad Pública, en la que se reformaron cerca de 20 cuerpos legales.
Sin embargo, organizaciones de la sociedad civil, como la Coordinadora Ecuatoriana de Organizaciones para la Defensa de la Naturaleza y el Medio Ambiente (Cedenma), advierten que esta propuesta también estaría rompiendo la unidad de materia que requieren las leyes urgentes para su trámite.
No es la única crítica de esta organización que considera que la propuesta de ley sigue teniendo vacíos que dejan puertas abiertas para la privatización de las áreas protegidas y no deja claro el mecanismo de consulta previa a pueblos y nacionalidades.
Resta esperar el debate del informe en el Pleno de la Asamblea, que se prevé sea el jueves 10 de julio, en donde podrían haber aún más reformas como ya sucedió con la Ley de Integridad Pública, el 24 de junio.
Por ahora, en el documento aprobado en la Comisión de Desarrollo Económico con ocho votos de legisladores de Acción Democrática Nacional (ADN) y sus aliados propone los siguientes cambios:
Reformas sobre impuestos
El proyecto propone eliminar la frase "sin superar en cada año 12 días en total”, del artículo de la Ley de Régimen Tributario Interno, que permite al presidente reducir el IVA del 15% al 8% para determinados servicios turísticos en feriados.
En la comisión consideran insuficiente el número de días que el gobierno puede decretar el beneficio. Por ejemplo, ya no se pudo aplicar en el feriado del 1 de mayo ni se podría aplicar en lo que queda de 2025, porque ya se consumieron en Año Nuevo, Carnaval y Semana Santa.
En tanto que, en la Ley de Reforma Tributaria se propone liberar del pago del impuesto anual sobre la propiedad de los vehículos motorizados a los eléctricos para uso particular.
Esto, siempre que cumplan algunos requisitos:
- Que sean propulsados únicamente por fuentes de energía eléctrica y cuya carga de batería emplee exclusivamente este tipo de fuente de energía.
- Que produzcan cero emisiones contaminantes directas
- La motos eléctricas quedan fuera de la exención.

Cambios en Ley de Movilidad Humana
En el informe de segundo debate se mantiene la propuesta de que el Ecuador podrá aceptar para el ingreso de extranjeros la visa de turista o residencia terceros países que determine la autoridad rectora de movilidad humana.
Por ejemplo, si una persona de determinada nacionalidad requiere visa para ingresar al país y tiene el documento emitido por Estados Unidos, podría entrar si el ente rector señala que esa visa es válida en Ecuador.
Modificaciones en las operaciones aéreas
Dos cambios que no fue parte del informe para primer debate y se incluyeron sorpresivamente en el documento final son al Código Aeronáutico y a la Ley de Aviación Civil.
En el primero se elimina la norma que señala que los servicios aéreos comerciales a realizarse exclusivamente en el Ecuador, solo podrán explotarse por personas naturales de nacionalidad ecuatoriana o por personas jurídicas nacionales constituidas bajo las leyes ecuatorianas.
Además, que la Dirección General de Aviación Civil, deberá reconocer automáticamente el Certificado de Operación (AOC) que los operadores aéreos internacionales obtengan en sus respectivos países.
En la Ley de Aviación Civil actual se establece que una aeronave para operar en actividades comerciales en Ecuador debe ser operada por una persona natural o jurídica ecuatoriana, debidamente certificada, que disponga de autorización del Consejo Nacional de Aviación Civil o su director.
El informe que debatirá el Pleno el 10 de julio plantea que será operada, en general, por personas jurídicas, debidamente certificadas, que cuenten con la autorización otorgada por el Consejo Nacional de Aviación Civil.
Sobre la compensación en el sector público
La presidenta de la Comisión de Desarrollo Económico, Valentina Centeno, de ADN, rechazó la "malintencionada" información difundida por varios actores en el sentido que la edad de jubilación en el sector público había aumentado.
Aseguró que esa mesa legislativa no hizo ningún cambio al respecto en la Ley de Integridad Pública y que los servidores públicos pueden jubilarse a partir de los 60 años recibiendo una compensación, si cumple los requisitos de ley.
Sin embargo, para zanjar el tema, Centeno propone el siguiente cambio: "Sustitúyase en el segundo inciso del artículo 81 de la Ley Orgánica del Servicio Público, la frase "a partir de los sesenta y cinco (65) años" por la siguiente frase "a partir de los sesenta (60) años ".
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