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Política

Daniel Noboa decreta nuevo conflicto armado interno en Ecuador, ofrece inmunidad a personal extranjero e indultos a uniformados y civiles

El presidente Daniel Noboa firmó un decreto ejecutivo para reconocer nuevamente la existencia de un conflicto armado interno en Ecuador y anuncia cooperación internacional para luchar contra el crimen organizado.

El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, en la entrega de helicópteros al Ejército ecuatoriano, Santa Elena, el 18 de junio de 2026.

El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, en la entrega de helicópteros al Ejército ecuatoriano, Santa Elena, el 18 de junio de 2026.

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Presidencia

Autor:

redacción Primicias

Actualizada:

18 jun 2026 - 12:01

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El presidente Daniel Noboa decretó un nuevo conflicto armado interno en Ecuador este 18 de junio de 2026 y anticipa que el Estado recibirá cooperación internacional para temas de seguridad. La medida se da en medio de un estado de excepción declarado en 10 provincias y tres cantones.

A través del Decreto Ejecutivo 424, el Gobierno señala que el Estado recibirá cooperación internacional y y otorga facultades especiales para neutralizar amenazas de grupos delictivos que atentan contra la seguridad ciudadana.

  • Estado de excepción: estos son los cantones con nivel de riesgo alto y medio, según el decreto oficial

Poco antes de firmar el decreto, el presidente Daniel Noboa, durante un evento en Santa Elena, ya anticipó que su Gobierno va a trabajar "en cooperación con varias naciones, para acabar con una amenaza que no es solo una amenaza al Ecuador, sino una amenaza a la región”.

El documento detalla que el presidente Daniel Noboa "concederá indultos, rebajará o conmutará penas a favor de personal militar, policial y civiles que participen en las acciones destinadas a enfrentar el conflicto armado interno" en Ecuador.

Además, el personal extranjero de los Estados cooperantes que participe en estas acciones gozará de inmunidad, según los acuerdos internacionales suscritos por Ecuador para el efecto, detalla el decreto ejecutivo, que puede revisar en este enlace.

Minutos después del anuncio, Noboa difundió un video en sus redes sociales junto a los ministros de Defensa, Gian Carlo Loffredo, y del Interior, John Reimberg, acompañados por militares y policías.

En el mensaje, el mandatario aseguró que el nuevo decreto permitirá que fuerzas de países aliados se desplieguen en las provincias más afectadas por la violencia en Ecuador.

Además, señaló que este respaldo es resultado de varias acciones de cooperación bilateral, entre ellas la reunión que mantuvo recientemente en el Pentágono con Pete Hegseth, secretario de Defensa de Estados Unidos.

"Desde hoy, los narcoterroristas enfrentarán a un Ecuador más fuerte, más preparado y que ya no pelea solo", afirmó Noboa.

Conflicto armado interno en Ecuador

En enero de 2024, el presidente Daniel Noboa decretó por primera vez la existencia de un conflicto armado interno en el territorio nacional, luego de la toma de las instalaciones del canal TC Televisión, en Guayaquil. 

En el pasado, la Corte Constitucional de Ecuador declaró como inconstitucional la causal de conflicto armado interno que el Gobierno argumentaba en anteriores estados de excepción, incluso llamó la atención el presidente Noboa por insistir en esa causal.

Ecuador mantiene niveles altos de inseguridad y una lucha contra el crimen organizado. Una muestra de ello es que en 2025, el país registró una tasa récord de 50,9 homicidios por cada 100.000 habitantes, siendo el año más violento desde que hay registros.

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Policías motorizados recorren calles de Quito, el 29 de noviembre de 2025.Ministerio del Interior

Esto dice el Decreto 424 que declara conflicto armado interno en Ecuador

  1. Artículo 1

    • En ejercicio del principio de soberanía y de las competencias constitucionales del Estado para preservar la seguridad integral, soberanía e integridad territorial, la protección interna y el mantenimiento del orden público, se reconoce la existencia de un conflicto armado interno en el territorio nacional, configurado por circunstancias fácticas complejas que amenazan gravemente la soberanía nacional, la seguridad integral del Estado, el orden público, la paz social, la seguridad ciudadana y la protección de la población.
  2. Artículo 2

    • El Estado recibirá cooperación internacional para fortalecer las acciones de neutralización de las amenazas que generan, agudizan y sostienen el conflicto armado interno. Esta cooperación podrá implementarse a través de los mecanismos, actividades y acciones que resulten idóneos para el cumplimiento de los fines previstos en el presente Decreto Ejecutivo.
  3. Artículo 3 

    • Las acciones adoptadas por el Estado en el marco del conflicto armado interno tendrán como finalidad neutralizar todas las estructuras que constituyan una amenaza para la soberanía nacional, la seguridad integral del Estado, el orden público, la paz social, la seguridad ciudadana y la protección de la población.
    • En tal virtud, las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y los Estados cooperantes deberán ejecutar acciones destinadas a recuperar, preservar y garantizar la soberanía, la independencia y la integridad territorial del Estado, protegiéndolo frente a las amenazas generadas por las estructuras referidas en el presente artículo.
  4. Artículo 4

    • Las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y los Estados cooperantes coordinarán en todos los niveles, la ejecución de las acciones orientadas al cumplimiento de los objetivos establecidos en el presente Decreto Ejecutivo.

Disposiciones 

  1. Indultos

    • En ejercicio de la atribución prevista en el numeral 18 del artículo 147 de la Constitución, el Presidente de la República concederá indultos, rebajará o conmutará penas a favor del personal militar, policial y de los civiles que participen en las acciones destinadas a enfrentar el conflicto armado interno en defensa del Estado, de conformidad con la Constitución, la ley y el ordenamiento jurídico vigente.
    • Así también, se reconoce la atribución prevista en el numeral 13 del artículo 120 de la Constitución de la República y se exhorta a la Asamblea Nacional para que conceda amnistías en favor del personal militar, policial y de los civiles que hubieren actuado en defensa del Estado.
  2. Sobre el personal extranjero

    • El personal extranjero de los Estados cooperantes que participe en las acciones ejecutadas en el marco del conflicto armado interno gozará de inmunidad conforme a los instrumentos y acuerdos internacionales aplicables suscritos por la República del Ecuador para el efecto.
  3. Ejecución del decreto

    • De la ejecución del presente Decreto Ejecutivo encárguese al Ministerio del Interior, al Ministerio de Defensa Nacional, a las Fuerzas Armadas y a la Policía Nacional.

Además, el Gobierno deroga tres decretos ejecutivos: 

  • Decreto Ejecutivo No. 111 del 9 de enero de 2024. Este reconocía la existencia de un conflicto armado interno en el país.
  • Decreto Ejecutivo No. 218 del 7 de abril de 2024. Reconocía la persistencia de un conflicto armado interno a cargo de grupos armados organizados.
  • Decreto Ejecutivo No. 55 del 16 de julio de 2025. Reconocía la persistencia de un conflicto armado interno a cargo de grupos armados organizados.
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