TCE rechaza apelación y archiva intento de revocatoria contra presidente Daniel Noboa
La mayoría del pleno del TCE rechazó la apelación de Leonidas Iza y Jorge Andrade contra la negativa del CNE a entregar formularios para la revocatoria del presidente Daniel Noboa. Así se archivó la causa.

El abogado Washington Andrade (izq.) y Leonidas Iza, expresidente de la Conaie, acuden al CNE para solicitar formularios de revocatoria de mandato, el 9 de junio de 2026.
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Autor:
Roger Vélez
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El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) rechazó este 18 de agosto de 2026 el recurso de apelación presentado por los promotores de una iniciativa para revocar el mandato del presidente Daniel Noboa y ordenó el archivo definitivo de la causa.
La decisión, adoptada por el pleno del organismo, ratifica la negativa del Consejo Nacional Electoral (CNE) a entregar los formularios necesarios para iniciar la recopilación de firmas de respaldo.
El CNE había rechazado la solicitud el 15 de julio al considerar que los promotores no habían acreditado de manera suficiente el supuesto incumplimiento del plan de trabajo de Noboa.
El recurso fue presentado por Leonidas Iza, expresidente de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie) y por el abogado Jorge Washington Andrade, integrantes de la denominada Plataforma Ciudadana para la Revocatoria del Mandato.
La resolución del tribunal se aprobó por cuatro votos contra uno, cinco días después de que fuera admitida a trámite la apelación. La mayoría concluyó que la sentencia de primera instancia cumplió con la motivación necesaria y descartó que hubiera contradicciones.
Debate sobre plan de trabajo
Uno de los principales puntos de discusión fue el plan de trabajo presentado por Noboa para el período 2025-2029.
Los jueces que respaldaron la decisión sostuvieron que, aunque los planes de gobierno abarcan varios años, quienes solicitan una revocatoria deben identificar de manera concreta los compromisos que consideran incumplidos durante el período en el que legalmente puede plantearse el proceso.
Según el fallo de mayoría, los argumentos de los promotores fueron demasiado generales y no establecieron de manera metódica qué compromisos específicos del mandatario habían sido incumplidos. El tribunal consideró que no correspondía trasladar al CNE la tarea de determinar de oficio cuáles eran esas obligaciones.
"Vaciar de contenido" la revocatoria
El juez Richard González Dávila discrepó de la mayoría. En su voto salvado sostuvo que exigir una identificación precisa de fechas dentro del plan de trabajo podía terminar restringiendo el mecanismo constitucional de revocatoria.
González argumentó que esa interpretación podría permitir que las autoridades formulen planes de gobierno suficientemente generales como para evitar que determinados incumplimientos puedan ser utilizados posteriormente como fundamento de una revocatoria. A su criterio, esto podría "vaciar de contenido" el mecanismo de control ciudadano.
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